PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

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Re: PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por p-3240-n » 16 May 2010 01:25

Gracias a tí Caballero. :apla:

Re: PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por CaballeroDiez » 16 May 2010 00:18

Me ha quedado todo claro, muchas gracias por vuestras respuestas.

Re: PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por Oscar1975 » 16 May 2010 00:04

Me remito a lo que te he contestado en el otro hilo:

armas-cortas/portar-armas-de-fuego-por-la-calle-t894541.html

Re: PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por p-3240-n » 16 May 2010 00:01

Ya que estoy todavía por aquí te amplío la información.

CLASES DE LICENCIAS.

Licencia de armas "A".

Personal: Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Servicio de Vigilancia Aduanera (artículo 114 R.A.).
Autoridad concesión: La que expide la tarjeta de identidad profesional.
Vigencia: Durante servicio activo o disponible (artículo 114 R.A.).
Armas que ampara: Categorías 1ª, 2ª.2, 3ª, 6ª y 7ª.2,3 y 4.
Otras consideraciones: Esta licencia tiene la eficacia de las licencia B, D, E, F y la Autorización Especial (AE).

Como ves por ningún sitio dice que sea Licencia de "tiro" clase "A". No te confundas.Es una Licencia clase A y punto. La de "tiro" por así definirla sería la "F", otras de caza (D y E), Vigilantes de Seguridad (C)...
La Licencia A es solo para los profesionales que arriba te expongo. Aún así con tu TIP, sabes que puedes tener varias armas particulares, además de otras de las clases anteriormente descritas.

Re: PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por p-3240-n » 15 May 2010 23:43

Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
TÍTULO I.
DE LOS CUERPOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD.

CAPÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 5.4
Dedicación profesional;
deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana.

Más claro, el agua.

Re: PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por pistacho2 » 15 May 2010 22:40

buena pregunta .

Re: PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por CaballeroDiez » 15 May 2010 22:19

Perdón por repetir el post, si me lo pueden quitar lo agradezo.

PORTAR UN ARMA CORTA POR LA CALLE

Mensaje por CaballeroDiez » 15 May 2010 22:18

Buenas. Mi pregunta es si aquellos militares que posean la licencia A de tiro pueden portar un arma de fuego corta por la calle, no estando de servicio obviamente. Quiero recordar que los guardias civiles también son militares. Gracias por adelantado.

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