Mensaje por capijms » 10 May 2024 11:46
Ojo con los revólveres del calibre 22 con tipo de percusión anular. Que aunque hay muchos que están legalizados con la licencia F, NO son armas de concurso.
Si consultas la legislación vigente sobre las armas que son consideradas de concurso (Orden INT/96/2022), veras que sólo se pueden utilizar en tres modalidades de tiro: Pistola de fuego central en la que el revólver tiene que ser de percusión central; Recorridos de tiro en la que el revólver tiene que ser de percusión central y Revólver piñal que tiene que ser usado con pólvora negra.
En ninguna competición seria te van a dejar competir con dichos revólveres. Son armas de defensa personal, únicamente válidas con licencia B.
Dicho esto, su legalización contraviene la legislación vigente, y no entiendo por qué los legalizan.
Ojo con los revólveres del calibre 22 con tipo de percusión anular. Que aunque hay muchos que están legalizados con la licencia F, NO son armas de concurso.
Si consultas la legislación vigente sobre las armas que son consideradas de concurso (Orden INT/96/2022), veras que sólo se pueden utilizar en tres modalidades de tiro: Pistola de fuego central en la que el revólver tiene que ser de percusión central; Recorridos de tiro en la que el revólver tiene que ser de percusión central y Revólver piñal que tiene que ser usado con pólvora negra.
En ninguna competición seria te van a dejar competir con dichos revólveres. Son armas de defensa personal, únicamente válidas con licencia B.
Dicho esto, su legalización contraviene la legislación vigente, y no entiendo por qué los legalizan.