Mensaje por Chinchu » 02 Abr 2024 15:15
Nada como inventarse las normas, y las peores las que nacen de la falsa ética, la moralina de siempre, y que realmente nada tienen que ver con la realidad o la historia de la caza.
La "caza al salto del jabalí" es una modalidad de caza muchísimo más antigua que cualquiera de los que asistimos a este foro, y ese tipo de caza legal, ancestral y ética, pese a quien pese, siempre se ha practicado en compatibilidad con otras formas de caza menor.
¿Conoce alguien las armas denominadas mixtas, combinadas, o Drilling? ¿Acaso nacieron ayer? Armas con cañones de escopeta y de rifle combinados. Existen desde antes que cualquiera de nosotros y se inventaron precisamente para eso, para cazar animales de mayor y menor en una misma jornada cinegética.
Hay leyes de caza autonómicas que no la permiten, no por motivos éticos, no por motivos cinegéticos, tan sólo por los motivos que asisten en legislar a los cuenta cuentos de siempre.
Pero no tergiversemos la caza y mucho menos pretendamos deformarla a la medida de como cada uno entiende su ética personal, para luego dar clases al resto de lo que es o no correcto.
Esta caza, que viene de antiguo, está regulada en muchas CC.AA. y en esas regulaciones tan sólo se ha recogido lo ya existente de siempre, la tradición, tradición a la que se ha dado forma y limitación.
Se nos llena la boca decidiendo lo que los demás deben hacer y no tenemos ningún problema en inventar y deformar a nuestra conveniencia lo que otros inventaron y nunca se atrevieron a sugerir.
Demos todas las opiniones que queramos, es nuestro derecho, pero dejemos en paz la historia y mucho más lejos aun las clases de moralidad y ética, que para eso ya nos sobran políticos.
Y por poner un ejemplo, la de Extremadura:
CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente orden tiene por objeto regular la caza de jabalí en la modalidad de jabalí al salto en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Así mismo, es objeto de la presente orden la regulación de las singularidades que la práctica tradicional de la caza de jabalí al salto presenta en las zonas clasificadas como VC3 en el Plan General de caza de Extremadura CAPÍTULO II Caza de jabalí al salto Artículo 2. Caza de jabalí al salto.
1. La modalidad de caza de jabalí al salto es aquella en la que los cazadores y cazadoras, de forma individual o agrupados en cuadrillas, baten el terreno, con o sin ayuda de perros, intentando abatir las piezas de jabalí que se levantan a su paso.
2. Esta modalidad podrá practicarse en el ejercicio de la caza menor al salto o en mano, perros en madriguera y cacería de zorros.
Nada como inventarse las normas, y las peores las que nacen de la falsa ética, la moralina de siempre, y que realmente nada tienen que ver con la realidad o la historia de la caza.
La[b] "caza al salto del jabalí" [/b]es una modalidad de caza muchísimo más antigua que cualquiera de los que asistimos a este foro, y ese tipo de caza legal, ancestral y ética, pese a quien pese, siempre se ha practicado en compatibilidad con otras formas de caza menor.
¿Conoce alguien las armas denominadas mixtas, combinadas, o Drilling? ¿Acaso nacieron ayer? Armas con cañones de escopeta y de rifle combinados. Existen desde antes que cualquiera de nosotros y se inventaron precisamente para eso, para cazar animales de mayor y menor en una misma jornada cinegética.
Hay leyes de caza autonómicas que no la permiten, no por motivos éticos, no por motivos cinegéticos, tan sólo por los motivos que asisten en legislar a los cuenta cuentos de siempre.
Pero no tergiversemos la caza y mucho menos pretendamos deformarla a la medida de como cada uno entiende su ética personal, para luego dar clases al resto de lo que es o no correcto.
Esta caza, que viene de antiguo, está regulada en muchas CC.AA. y en esas regulaciones tan sólo se ha recogido lo ya existente de siempre, la tradición, tradición a la que se ha dado forma y limitación.
Se nos llena la boca decidiendo lo que los demás deben hacer y no tenemos ningún problema en inventar y deformar a nuestra conveniencia lo que otros inventaron y nunca se atrevieron a sugerir.
Demos todas las opiniones que queramos, es nuestro derecho, pero dejemos en paz la historia y mucho más lejos aun las clases de moralidad y ética, que para eso ya nos sobran políticos.
Y por poner un ejemplo, la de Extremadura:
[i][b]CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.[/b]
1. La presente orden tiene por objeto regular la caza de jabalí en la modalidad de jabalí al salto en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Así mismo, es objeto de la presente orden la regulación de las singularidades que [b][size=150] la práctica tradicional de la caza de jabalí al salto[/size][/b] presenta en las zonas clasificadas como VC3 en el Plan General de caza de Extremadura CAPÍTULO II Caza de jabalí al salto Artículo 2. Caza de jabalí al salto.
1. La modalidad de caza de jabalí al salto es aquella en la que los cazadores y cazadoras, de forma individual o agrupados en cuadrillas, baten el terreno, con o sin ayuda de perros, intentando abatir las piezas de jabalí que se levantan a su paso.
[b][size=150]2. Esta modalidad podrá practicarse en el ejercicio de la caza menor al salto o en mano, perros en madriguera y cacería de zorros.[/size][/b]
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