Este debate tiene su miga, ya que la Ley de la primera sangre proviene previamente a esa famosa ley de 1834 de la tradición y tratados de Montería de los siglos XVII y siglos XVIII escritos por nobles de la época en sus propias fincas y propiedades.
Si hay algo claro es saber qué es "primera sangre"; es aquella herida producida por la acción de un montero con cualquiera de sus armas de fuego (también incluímos el cuchillo, las lechas y la lanza o pica) antes que nadie en la jornada de caza y que produce al animal una herida que le merma en sus facultades de huida o escape. (NO hay sangre).
Más adelante en tratados de Montería del siglo XIX se incluyó que dicha herida debía de manar sangre.
Hasta mediados de los años 70 se seguía este criterio, porque la montería era un tipo de caza para las clases altas en que el honor y la caballerosidad estaba por encima y siempre alguno de los litigantes cedía. Aunque hay varios casos famosos de los años 60 entre nobles, en que el litigio de la propiedad de la pieza llegó inclusive hasta los Tribunales ordinarios de Justicia y por ahí andan circulando las sentencias de entonces.
Con el auge de las monterías comerciales a principios de los años 80 y con el aumento por ende de animales abatidos y por tanto de los litigios se estableció sin saber ni quiénes, ni cuándo, ni cómo, ni con qué autoridad, como norma que el orgánico o propietario de la finca expusiera en la charla inicial o por escrito las razones básicas para fundamentar la propiedad de un animal abatido en primera sangre. Predominando las bases de la tradición de cada zona se expuso como norma general más o menos lo siguiente:
1.-El animal abatido pertenecía en primer lugar a quien lo tuviese en su cazadero (aunque no hubiese tan siquiera disparado).
2.-Las reclamaciones de primera sangre entre monteros (las rehalas o litigios con las rehalas es otro cantar) se debían realizar en el propio monte sin mover el animal abatido.
3.-Se debía litigar en primer lugar entre los monteros (dos o más) y si no se llegaba a un acuerdo podría intervenir el Postor que inclusive podía ya conceder el animal a uno u otro montero. Si había serias dudas inclusive por parte del Postor, éste avisaba al Capitán que podia acudir al campo u ordenar el traslado del animal abatido a la Junta de Carnes, inclusive para ser abierto para determinar trayectorias y restos de munición.
4.-La decisión final del Capitán de montería es decisoria e inapelable.
Ya dependiendo de cada zona la tradición puede marcar si esa primera herida de sangre mermante del animal en su huida debe estar tan solo en el animal, o también y como es lo más habitual que aparezca esa sangre decisivamente en el suelo, dejando un rastro que conduzca sin ninguna duda desde el lugar del primer impacto hasa el lugar de abatimiento final, con el fin de evitar suspicacias de monteros despabilados que puedan reclamar una animal sin tan siquiera haber disparado, ya que el animal en una montería puede provenir inclusive herido desde diferentes lugares o posturas. De aquí que un montero pueda ser propietario de un animal abatido sin tan siquiera disparar por haber llegado "muerto" a su cazadero por enemil disparos hipotéticos o por uno solo o porque algún montero próximo desde su postura pueda haber realizado un disparo ILEGAL y MUY PELIGROSO para abatir al animal en el cazadero de otro montero despistado o que simplemente estaba permitiendo al animal cumplir a su puesto (lo más habitual).
También en estas normas y dependiendo de la zona y su tradición se establecía que los disparos en las pezuñas, rabos y cartílagos NO eran heridas de primera sangre, tampoco los rasponazos.
Lo habitual era dar estas normas por escrito o se explicaban bien antes del comienzo del sorteo pertinente.
No se sabe muy bien porqué, aunque hay algunas orgánicas tanto comerciales como de coto sociales que siguen entregando estas normas por escrito, la mayoría por vaguería o por desconocimiento no las suelen entregar y no hacerlo puede ser una fuente a posteriori de conflictos.
Toda esta información no es mía, proviene del antiguo y ya desaparecido foro de internet
http://www.decaza.com
Este debate tiene su miga, ya que la Ley de la primera sangre proviene previamente a esa famosa ley de 1834 de la tradición y tratados de Montería de los siglos XVII y siglos XVIII escritos por nobles de la época en sus propias fincas y propiedades.
Si hay algo claro es saber qué es "primera sangre"; es aquella herida producida por la acción de un montero con cualquiera de sus armas de fuego (también incluímos el cuchillo, las lechas y la lanza o pica) antes que nadie en la jornada de caza y que produce al animal una herida que le merma en sus facultades de huida o escape. (NO hay sangre).
Más adelante en tratados de Montería del siglo XIX se incluyó que dicha herida debía de manar sangre.
Hasta mediados de los años 70 se seguía este criterio, porque la montería era un tipo de caza para las clases altas en que el honor y la caballerosidad estaba por encima y siempre alguno de los litigantes cedía. Aunque hay varios casos famosos de los años 60 entre nobles, en que el litigio de la propiedad de la pieza llegó inclusive hasta los Tribunales ordinarios de Justicia y por ahí andan circulando las sentencias de entonces.
Con el auge de las monterías comerciales a principios de los años 80 y con el aumento por ende de animales abatidos y por tanto de los litigios se estableció sin saber ni quiénes, ni cuándo, ni cómo, ni con qué autoridad, como norma que el orgánico o propietario de la finca expusiera en la charla inicial o por escrito las razones básicas para fundamentar la propiedad de un animal abatido en primera sangre. Predominando las bases de la tradición de cada zona se expuso como norma general más o menos lo siguiente:
1.-El animal abatido pertenecía en primer lugar a quien lo tuviese en su cazadero (aunque no hubiese tan siquiera disparado).
2.-Las reclamaciones de primera sangre entre monteros (las rehalas o litigios con las rehalas es otro cantar) se debían realizar en el propio monte sin mover el animal abatido.
3.-Se debía litigar en primer lugar entre los monteros (dos o más) y si no se llegaba a un acuerdo podría intervenir el Postor que inclusive podía ya conceder el animal a uno u otro montero. Si había serias dudas inclusive por parte del Postor, éste avisaba al Capitán que podia acudir al campo u ordenar el traslado del animal abatido a la Junta de Carnes, inclusive para ser abierto para determinar trayectorias y restos de munición.
4.-La decisión final del Capitán de montería es decisoria e inapelable.
Ya dependiendo de cada zona la tradición puede marcar si esa primera herida de sangre mermante del animal en su huida debe estar tan solo en el animal, o también y como es lo más habitual que aparezca esa sangre decisivamente en el suelo, dejando un rastro que conduzca sin ninguna duda desde el lugar del primer impacto hasa el lugar de abatimiento final, con el fin de evitar suspicacias de monteros despabilados que puedan reclamar una animal sin tan siquiera haber disparado, ya que el animal en una montería puede provenir inclusive herido desde diferentes lugares o posturas. De aquí que un montero pueda ser propietario de un animal abatido sin tan siquiera disparar por haber llegado "muerto" a su cazadero por enemil disparos hipotéticos o por uno solo o porque algún montero próximo desde su postura pueda haber realizado un disparo ILEGAL y MUY PELIGROSO para abatir al animal en el cazadero de otro montero despistado o que simplemente estaba permitiendo al animal cumplir a su puesto (lo más habitual).
También en estas normas y dependiendo de la zona y su tradición se establecía que los disparos en las pezuñas, rabos y cartílagos NO eran heridas de primera sangre, tampoco los rasponazos.
Lo habitual era dar estas normas por escrito o se explicaban bien antes del comienzo del sorteo pertinente.
No se sabe muy bien porqué, aunque hay algunas orgánicas tanto comerciales como de coto sociales que siguen entregando estas normas por escrito, la mayoría por vaguería o por desconocimiento no las suelen entregar y no hacerlo puede ser una fuente a posteriori de conflictos.
Toda esta información no es mía, proviene del antiguo y ya desaparecido foro de internet http://www.decaza.com