Mensaje por AngelCalibre16 » 25 Ene 2021 22:03
rapaz98 escribió:Gracias Sarrio270,
Cuando dice que el cierre perimetral "no se aplica para todas las modalidades de caza practicadas sobre especies cinegéticas causantes de daños: jabalí, ciervo, conejo y corzo, tanto para el ejercicio de la caza en las modalidades aprobadas en el plan cinegético como para la realización de acciones de control poblacional", significa que se puede ir a una monteria a Castilla y Leon desde Madrid?
Gracias a todos!
Según la guía que ha sacado la JCyL, en el apartado de preguntas frecuentes, los puntos 112 y 113 son de caza:
“
CAZA
112. La caza, ¿está exenta del cumplimiento de la limitación del horario nocturno y del cierre perimetral y de territorios de la Comunidad ? ¿Para qué supuestos y especies? No, no está exenta y, por tanto debe sujetarse a la limitación del horario nocturno y del cierre perimetral, salvo para la realización de modalidades de caza de especies cinegéticas cau- santes de daños, cuyas poblaciones han de reducirse, que son el jabalí, el ciervo, el conejo y el corzo, y ello tanto para el ejercicio de la caza en las modalidades aprobadas en el plan cinegético como para la realización de acciones de control poblacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León y en el Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silves- tre. La justificación de la movilidad podrá acreditarse con la autorización del responsable del terreno cinegético.
113. Para desplazarme a cazar en Castilla y León desde fuera de la Comunidad Autónoma, además del documento acredi- tativo firmado por el titular cinegético y/o la tarjeta de afiliación al coto y que la especie a cazar esté en el plan cinegéti- co del coto, ¿es necesario que el coto tenga solicitado control poblacional de la especie? No, no es necesario que el coto tenga solicitado control poblacional de la especie, al ser una modalidad de caza contemplada en el plan general”Fuente:
https://www.jcyl.es/web/jcyl/binarios/349/977/GUÍA%20NIVELES%20VERSIÓN%201.13%2020%20DE%20ENERO-1.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobnocache=trueSaludos.
[quote="rapaz98"]Gracias Sarrio270,
Cuando dice que el cierre perimetral "no se aplica para todas las modalidades de caza practicadas sobre especies cinegéticas causantes de daños: jabalí, ciervo, conejo y corzo, tanto para el ejercicio de la caza en las modalidades aprobadas en el plan cinegético como para la realización de acciones de control poblacional", significa que se puede ir a una monteria a Castilla y Leon desde Madrid?
Gracias a todos![/quote]
Según la guía que ha sacado la JCyL, en el apartado de preguntas frecuentes, los puntos 112 y 113 son de caza:
[i]“
CAZA
112. La caza, ¿está exenta del cumplimiento de la limitación del horario nocturno y del cierre perimetral y de territorios de la Comunidad ? ¿Para qué supuestos y especies? No, no está exenta y, por tanto debe sujetarse a la limitación del horario nocturno y del cierre perimetral, salvo para la realización de modalidades de caza de especies cinegéticas cau- santes de daños, cuyas poblaciones han de reducirse, que son el jabalí, el ciervo, el conejo y el corzo, y ello tanto para el ejercicio de la caza en las modalidades aprobadas en el plan cinegético como para la realización de acciones de control poblacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León y en el Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silves- tre. La justificación de la movilidad podrá acreditarse con la autorización del responsable del terreno cinegético.
113. Para desplazarme a cazar en Castilla y León desde fuera de la Comunidad Autónoma, además del documento acredi- tativo firmado por el titular cinegético y/o la tarjeta de afiliación al coto y que la especie a cazar esté en el plan cinegéti- co del coto, ¿es necesario que el coto tenga solicitado control poblacional de la especie? No, no es necesario que el coto tenga solicitado control poblacional de la especie, al ser una modalidad de caza contemplada en el plan general”[/i]
Fuente: [url]https://www.jcyl.es/web/jcyl/binarios/349/977/GUÍA%20NIVELES%20VERSIÓN%201.13%2020%20DE%20ENERO-1.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobnocache=true[/url]
Saludos.