Mensaje por jabaliviejo » 25 Ene 2011 20:04
Jo! Pues esa sí que es una interpretación rara rara rara... Porque eso sí que no aparece en ningún sitio.
Mira extirador, imprime esto y se lo llevas a tus amigos
Artículo 5. Armas prohibidas a particulares.
1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:
a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2.a y 3.a, 2 [escopetas y rifles semiautomáticos excepto del calibre 22] y cuya culata sea plegable o eliminable.
También comprenderá esta prohibición a las armas semiautomáticas de dichas categorías que teniendo una capacidad SUPERIOR a TRES cartuchos, INCLUIDO EL ALOJADO EN LA RECÁMARA, su cargador sea extraíble o movible o, aún siendo inamovible, no se pueda garantizar que con herramientas normales pueda ser transformada a una capacidad superior.
Lo que está en negrita es una frase excluyente y por tanto si tu rifle o escopeta semiautomática no tiene una capacidad superior a tres cartuchos –porque está equipado con cargador de dos cartuchos (+ el de la recámara)– el resto del texto no le afecta; o sea, que es perfectamente legal.
Un rifle o escopeta con cargador de dos cartuchos tiene una capacidad de tres cartuchos... Y si si tiene capacidad para más, que me muestren cómo (bueno, yo sé cómo pero no lo debo contar).
Si algún miembro del Seprona, de la Guardería Forestal o de la corte papal no sabe o no puede comprender lo escrito es otro problema. Volver al cole no le iría mal.
Cierto es que se podría expresar de manera más comprensible, pues la gente interpreta que todas las armas semiautomáticas (por el hecho de serlo) tienen capacidad para albergar más de tres cartuchos. Interpretación errónea pues como sabemos la capacidad de las armas semiautomáticas viene definida por su/sus cargadores y por tanto un cargador con capacidad para dos cartuchos convierte el arma en legal.
Abundando en el tema:
Pregunta: ¿qué capacidad tiene un semiautomático sin cargador?
Respuesta: un cartucho
Pregunta: ¿qué capacidad tiene un semautomático con cargador de dos cartuchos?
Respuesta: tres cartuchos (2+1 en la recámara).
Pregunta: un semiautomático con cargador de dos cartuchos ¿tiene una capacidad superior a tres cartuchos?
Respuesta: no
Pregunta: ateniéndose al borrador, ¿cómo puede ser legal un semiautomático?
Respuesta: teniendo un cargador fijo, movible o extraible cuya capacidad no se pueda modificar con herramientas normales y sea como máximo de dos cartuchos.
Pregunta: ¿podrían sancionarme por llevar un semiautomático?
Respuesta: no mientras ese semiautomático no pueda cargar más de tres cartuchos, cosa que resultaría imposible con un cargador de dos cartuchos. Mientras el cargador sea de dos cartuchos no hay forma de que el arma tenga una capacidad para más de tres cartuchos y en consecuencia es completamente legal.
Jo! Pues esa sí que es una interpretación rara rara rara... Porque eso sí que no aparece en ningún sitio.
Mira extirador, imprime esto y se lo llevas a tus amigos
Artículo 5. Armas prohibidas a particulares.
1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:
a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2.a y 3.a, 2 [escopetas y rifles semiautomáticos excepto del calibre 22] y cuya culata sea plegable o eliminable.
También comprenderá esta prohibición a las armas semiautomáticas de dichas categorías [b]que teniendo una capacidad SUPERIOR a TRES cartuchos, INCLUIDO EL ALOJADO EN LA RECÁMARA[/b], su cargador sea extraíble o movible o, aún siendo inamovible, no se pueda garantizar que con herramientas normales pueda ser transformada a una capacidad superior.
Lo que está en negrita es una frase excluyente y por tanto si tu rifle o escopeta semiautomática no tiene una capacidad superior a tres cartuchos –porque está equipado con cargador de dos cartuchos (+ el de la recámara)– el resto del texto no le afecta; o sea, que es perfectamente legal.
Un rifle o escopeta con cargador de dos cartuchos tiene una capacidad de tres cartuchos... Y si si tiene capacidad para más, que me muestren cómo (bueno, yo sé cómo pero no lo debo contar).
Si algún miembro del Seprona, de la Guardería Forestal o de la corte papal no sabe o no puede comprender lo escrito es otro problema. Volver al cole no le iría mal.
Cierto es que se podría expresar de manera más comprensible, pues la gente interpreta que todas las armas semiautomáticas (por el hecho de serlo) tienen capacidad para albergar más de tres cartuchos. Interpretación errónea pues como sabemos la capacidad de las armas semiautomáticas viene definida por su/sus cargadores y por tanto un cargador con capacidad para dos cartuchos convierte el arma en legal.
Abundando en el tema:
Pregunta: ¿qué capacidad tiene un semiautomático sin cargador?
Respuesta: un cartucho
Pregunta: ¿qué capacidad tiene un semautomático con cargador de dos cartuchos?
Respuesta: tres cartuchos (2+1 en la recámara).
Pregunta: un semiautomático con cargador de dos cartuchos ¿tiene una capacidad superior a tres cartuchos?
Respuesta: no
Pregunta: ateniéndose al borrador, ¿cómo puede ser legal un semiautomático?
Respuesta: teniendo un cargador fijo, movible o extraible cuya capacidad no se pueda modificar con herramientas normales y sea como máximo de dos cartuchos.
Pregunta: ¿podrían sancionarme por llevar un semiautomático?
Respuesta: no mientras ese semiautomático no pueda cargar más de tres cartuchos, cosa que resultaría imposible con un cargador de dos cartuchos. Mientras el cargador sea de dos cartuchos no hay forma de que el arma tenga una capacidad para más de tres cartuchos y en consecuencia es completamente legal.