nueva normativa para los rifles de caza

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Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por jabaliviejo » 11 Feb 2011 13:59

Jajajajajajajaja. El que calla ortega... digooooo otorga

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por el comediante » 11 Feb 2011 13:49

Hola. En otro post le he pedido a Oscar1975, que le preguntase a sus antiguos compañeros del ICAE cuál es la interpretación que hacen de ese artículo, para salir de dudas, y me dice que no sueltan prenda, que hay mucho secretismo... ayayyayyy

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por czzkm17hmr » 10 Feb 2011 22:33

BUENO DESPUES DE VER LO QUE DICE LA NORMATIVA EUROPEA QUE TANTO SE EMPEÑAN EN METERNOS POR EL CULO EN OTROS ASPECTOS , CREO QUE NUESTROS LEGISLADORES NOS LA QUIEREN DAR CON QUESO ........QUE NOS APLIQUEN ESA NORMATIVA EN LO REFERENTE A LAS ARMAS Y SE DEJEN DE MONSERGAS

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por jabaliviejo » 10 Feb 2011 13:00

Puede ser que sí Bang... Eso es excato: la persona que va a delinquir con un arma no la va a tener controlada. Es de cajón por tanto que sólo las personas de bien estamos bajo control.

Fíjate en esta frase de cataxe
cataxe escribió: A VER SI EL TIO QUE PONGA LE GUSTAN LAS ARMAS Y DEJAN DE METERSE TANTO CON NOSOTROS

Si es que el problema no es que no le gusten las armas. Dicen que el redactor del borrador era un coronel y como comprenderás a un coronel las armas no le dan alergia precisamente.

El problema es que hay un estúpido sentido del control de la población y que se empeñan en que el empleo de armas esté superconstreñido fuera del ámbito militar. Creo que es una herencia de otros tiempos y en el caso de España coincide con lo que ocurre, por ejemplo, en países sudamericanos que han tenido una tradición absolutista en sus gobiernos y donde el uso de armas por parte de civiles está limitado a armas de pequeño calibre.

Yo no abogo por una liberalización para que todo pichipata sin un exámen psicológico serio tenga un arma (bueno, :roll: igual que aquí), pero sí prefiero el sistema norteamericano que viene a resumirse así: usted es libre de tener armas e incluso de usarlas fuera del ámbito urbano; pero es usted igualmente responsable de los daños que produzca con ellas.

En España no se puede ir por el campo con el rifle en el coche, no se puede practicar el tiro fuera de las galerías homologadas, no se pueden tener armas automáticas, no se pueden tener más de tantas o cuantas, no se pueden emplear determinados calibres, no se puede... En cambio si te cargas a 25 personas deliberadamente, estás en la calle en 20 años (ni un año por persona).

Allí es al revés: se te permite tener armas y usarlas porque eres mayor de edad y se te supone responsable. Pero si faltas a esa responsabilidad y cometes un homicidio (involuntario) no pagas la indemnización ni con los riñones; y si cometes asesinato con ese arma, ya sabes lo que te espera, majo.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por Bangdos » 10 Feb 2011 09:57

No echemos la culpa al mensajero. El que maneja el BOE es el Gobierno y la que mintío a la cara al presidente de la Federación y otros representantes de la caza y del tiro fue una política del Gobierno , no la ICAE. Estos Sres. que nos desgobiernan están empeñados en quitar todas las armas a los que las tenemos en regla y que solo las tengan los delincuentes.Es su filosofía política.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por gumersindo » 10 Feb 2011 09:42

cataxe escribió:GRACIAS A TODOS ESTE FORO FUNCIONA MUY BIEN ME HABEIS ACLARADO UN MONTON DE COSAS UN SALUDO


Las minusculas se leen mejor, escribir en mayuscula equivale a hablar a gritos o a levantar la voz.

Reserva las mayúsculas para aquellos momentos del discurso en que debas hablar en voz más alta.

ENTENDIDO!!!! :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por cataxe » 10 Feb 2011 00:27

GRACIAS A TODOS ESTE FORO FUNCIONA MUY BIEN ME HABEIS ACLARADO UN MONTON DE COSAS UN SALUDO

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por cataxe » 10 Feb 2011 00:16

Sergi escribió:No hay nada resuelto, ni nada que esté en vigor excepto el reglamento que todos conocemos y que data del año 1993. Pásate por Reglamentos, en el foro, y podrás estar al día de todo lo que concierne al nuevo reglamento de armas. De momento te adelanto que parece que lo han aparcado y que el genio y figura que lo ha redactado ha sido relevado del mando en el ICAE.

Un saludo.

GACIAS ME DEJAS UN POCO MAS TRANQUILO HABER SI EL TIO QUE PONGA LE GUSTAN LAS ARMAS Y DEJAN DE METERSE TANTO CON NOSOTROS

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por Josua » 09 Feb 2011 22:49

En catalunya tenemos un adjetivo calificativo que hace un tiempo, no me lo saco de la cabeza ¡¡ SAPASTRE !! ,Que traducido al Castellano, viene a ser, mal trabajador, bobo, atontado.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por Josua » 09 Feb 2011 22:39

A tener en cuenta...El peligrosisimo calibre 22 long, que el inteligente legislador lo quiere poner en la licencia F (Tiro olimpico)en casi todos los paises de Europa, es de venta libre y su munición puede adquirirse, como es el caso de Francia, en cualquier supermercado. Para gente inteligente a la que resulta dificil imaginar, como se ha visto, valdria la pena que se dedicaran a la simple, positiva y eficiente Cooopia, ya que otros con verdaderos conocimientos ya lo han redactado. Seguro que NO hace falta, una versión española y menos para ser peor.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por gumersindo » 09 Feb 2011 09:03

el comediante escribió:Por cierto, que ya he encontrado de dónde se sacan ese enrevesado artículo, de la directiva europea:

Categoría B — Armas de fuego sujetas a autorización
1. Las armas de fuego cortas semiautomáticas o de repetición.
2. Las armas de fuego cortas de un solo tiro, de percusión central.
3. Las armas de fuego cortas de un solo tiro, de percusión anular, cuya
longitud total sea inferior a 28 cm.
4. Las armas de fuego largas semiautomáticas, cuyo depósito de munición
y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos.
►C1 5. Las armas de fuego largas semiautomáticas cuyo depósito de
munición y cuya recámara no puedan contener más de ◄ tres cartuchos,
cuyo cargador no sea inamovible o en relación con las cuales
no se garantice que no puedan ser transformadas, mediante herramientas
corrientes, en armas cuyo depósito de munición y cuya
recámara puedan contener más de tres cartuchos.
6. Las armas de fuego largas de repetición y semiautomáticas de ánima
lisa, cuyo cañón no exceda de 60 cm.
7. Las armas de fuego semiautomáticas de uso civil con apariencia de
armas de fuego automáticas.
Categoría C — Armas de fuego sujetas a declaración
1. Las armas de fuego largas de repetición, salvo las incluidas en el
punto 6 de la categoría B.
2. Las armas de fuego largas de un solo tiro, de ánima rayada.
3. Las armas de fuego largas semiautomáticas, salvo las incluidas en
los puntos 4 a 7 de la categoría B.
El mecanismo de cierre, la recámara y el cañón de las armas de fuego,
que considerados como objetos separados, quedarán incluidos en la categoría
en que se haya clasificado el arma de fuego en la que se monten
o vayan a ser montados.
O sea, lo que para la directiva europea son armas sujetas a autorización (las que puedan disparar más de tres tiros o tengan cargador separable o puedan modificarse para más de tres tiros), para estos mamones son armas prohibidas.


Os habeis fijado acaso en este enunciado???

¿¿Puedo deducir que los rifles y escopetas de repeticion manual, los rifles expres y monotiro y rifles y escopetas saut con cargadores no removibles limitados a 2 + 1 tiros de capacidad son de venta libre sometida a declaracion y las escopetas de un tiro por cañon son de venta libre??

¿¿¿Entonces segun la normativa europea los españoles poseedores de cualquier licencia de armas estamos habilitados para tener toda clase de armas de fuego, con cargadores separables aspecto de ameralladora, cortas, largas y mediopensionistas ??? :D

Pues vaya con los legisladores españoles. :twisted: el conato de nuevo reglamento ha sido uno de sus últimos estertores :) :mrgreen:

Para cuando se supone que deberemos regirnos por la normativa europea. :D :D :D

En apariencia la aplicacion de la normativa europea dejará casi sin trabajo y sin objeto a las IA's. :)

Puedes poner el resto de la normativa o cuando menos el enlace???

gracias

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por perrotriste » 08 Feb 2011 22:52

Estimados compañeros, creo que esto tendríamos que mirarlo desde el lado profesional, a ver, cada vez las administraciones nos ahogan un poco más; todo son restricciones,dentro de poco, para ir un día de caza vamos a tener que hechar solicitud a la Moncloa; todo son problemas y cada día se nos apreta un poco más. No sé por donde cazaís vosotros, pero por donde cazo yo, cada día de caza que hacemos, siempre hay un pueblo que te agradece que mates algún jabalí por los daños que hacen, sin embargo cara al mundo somos unos pequeños terroristas, cada vez se nos reduce más; pongámonos todos de acuerdo de una vez y paremos de cazar 3 o 4 años, que los jabalies hagan los destrozos que tengan que hacer y a ver si así de una vez se nos reconoce una labor que a parte de ser un deporte, creo sinceramente que es de reconocer.
Amigos cazadores, creo que este es el mensaje que debe llegar a nuestras administraciones a ver si espabilan.
Saludos.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por Josua » 08 Feb 2011 22:36

JV:
Tus dos últimas líneas, son las que tienen la virtud en todo este sarao, de sacarme de casillas. A las personas que tenemos armas legales que toda la administración sabe cuales son. Que nos las hacen enseñar (revista)para que no las comvirtamos en bazokas y puedan ser peligrosas...peligrosas para quién !!. Los estados que temen como primer enemigo, al pueblo,ya sabemos cuales son. Los SUIZOS, escribo con mayusculas, no para gritar, si no porque se lo merecen, es un pueblo del que tomar referencia, son una piña para defender su casa y su estado. Como se ha dicho en multitud de ocasiones guardan el rifle con el que han hecho el servicio militar y ojo, los Sig no son semiautomaticos, son automáticos, con los cuales llegado el caso defenderan su pais. Es otra visión y no más atrasada. Además tienen poca delincuencia a la que vigilar. Aquí vigilamos a los que ya sabemos que tienen armas. Vale la pena?

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por jabaliviejo » 08 Feb 2011 20:35

Mira por dónde Josua, coincido contigo y venía pensando lo mismo: la forma de escribir enrevesada puede estar detrás de un intento de parecer sofisticado a nuestros ojos, pobres mortales. Soberbia y vanidad.

Por otra parte, pienso que las autoridades y gobernantes que según dicen han destituido al redactor no están en absoluto preocupados por las dificultades que los funcionarios van a encontrar al interpretar la norma, sino por la montaña de "afectuosos recuerdos" que se les venimos dedicando en medios de comunicación, redes sociales, webs, etc.
Con lo que les está cayendo, es lo que les faltaba... Y les está bien empleado por ponerse a hacer más restrictiva una normativa que, en comparación con las de otros países de la UE (exceptuando los de última incorporación), resulta ya asfixiante para quienes queremos poseer y emplear armas con intereses pacíficos.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por Josua » 08 Feb 2011 20:02

A ver, si os reeleis estas últimas interpretaciones aportadas, daros cuenta de lo extenso de lo escrito para llegar a:
Las armas semiautomáticas, rifles ó escopetas para caza, no pueden contener más de tres cartuchos, cargador y recámara
Es de ley que hayan echado a tamaño individuo. Os imaginais con esta pésima redacción, la papeleta que les queda a los agentes de la autoridad ? Cuando un tema ha de poder entenderse a la primera, cuanto más simple , llano y escueto mejor.
Pensemos que la mayoria de Agentes, Forestales, GC. no son licenciados en derecho. Parece ser que esta redacción queria dejar clara la superioridad de su redactor y sus conocimientos, con los que ha montado una alarma (Lógica) en bastantes sectores,gratuitamente. Tiene un calificativo exacto, que no escribo para no entrar en el insulto.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por jabaliviejo » 08 Feb 2011 17:55

Entiendo tu justificada desconfianza. Pero...

el comediante escribió:...y las que disparando menos de tres tiros puedan modificarse para disparar más de tres.


Creo que cometes un pequeño error de re-redacción. En realidad sería: "las que disparando un máximo de tres tiros puedan modificarse para disparar más de tres".

Tú mismo lo habrías dicho.
Pregunto: ¿Cómo podemos hacer que el semiautomático dispare más de tres cartuchos?
Respondo: ampliando la capacidad del cargador.

Ahora pregunto: los cargadores de capacidad modificable ¿están actualmente permitidos para armas semiautomáticas de caza?
Respondo: no.

Pregunta final: entonces, ¿en qué cambiaría la actual legislación que rige para las armas semiautomáticas de caza?
Respuesta final: en nada.

Por otra parte, has hecho un buen hallazgo.
el comediante escribió:...►C1 5. Las armas de fuego largas semiautomáticas cuyo depósito de
munición y cuya recámara
no puedan contener más de ◄ tres cartuchos...


Esta sí es una redacción más comprensible, pues se refiere a la capacidad del semiautomático responsabilizando CONJUNTAMENTE de esa capacidad tanto a la RECÁMARA (el propio arma) como al DEPÓSITO DE MUNICIÓN.

Más. Si el cargador no es considerado parte fundamental del arma, se puede afirmar con mucha más razón que la capacidad de un rifle semiautomático es de un sólo cartucho (el de la recámara). Otra cosa serán las capacidades de los cargadores.

Yo voy a la IA y me dice el guardia de turno: este rifle tiene una capacidad de más de tres cartuchos y se lo tengo que retirar.
Y yo le digo:
– Perdón; ¿cómo dice?
– Que tiene capacidad para más de tres cartuchos.
– No señor. La capacidad de este rifle es de un cartucho.
– Claro, qué majo... ¿y el cargador?
– Tome... Aquí lo tiene usted. El rifle (lo que es estrictamente el rifle) sigue teniendo capacidad para un cartucho... Aún así, con este cargador, intente usted que el rifle contenga más de tres cartuchos.
– Pues no le entran más de tres... Pero, bueno el rifle sigue teniendo capacidad para más de tres cartuchos.
– Pues demuéstreme cómo con un cargador de dos cartuchos puede meterle al rifle más de tres [eso tiene que ser para alucinar, vamos]
– ¡Ya... Pero puede usted ponerle un cargador de más capacidad!
– Claro y cuando eso ocurra este rifle será ilegal; pero sólo cuando sea así y en ningún otro caso.
– ¿Me puede decir qué capacidad tiene este rifle, así, tal como está? No qué capacidad PODRÍA tener SI tal o SI cual. Yo le pregunto por la capacidad de este rifle ahora, con este cargador.

Eso es lo que vale. Este rifle ahora, con este cargador; lo demás es hacerse chochos mentales.

En cualquier caso, para evitar estos diálogos socráticos con autoridades a menudo sordas (el guardia que te quiere complicar la vida) o sin conocimientos del tema (el juez de turno que tiene que sentenciar sobre algo que ni entiende ni le interesa) LO MÁS SANO Y PRUDENTE es que esa redacción se cambie y que como en el ejemplo de la normativa europea, se haga sujeto de la prohibición al depósito o cargador diciendo algo tan sencillo como que "estará prohibido el uso de armas largas semiautomáticas con cargadores de capacidad superior a dos cartuchos, siendo la capacidad máxima del arma con su cargador de tres cartuchos en total"

Aparte se puede especificar que "los depósitos o cargadores que se empleen en estas armas deberán tener una capacidad máxima permanente sin que esta pueda ser modificada al alza mediante manipulación simple".

¿PERO ES QUE ES TAN DIFÍCIL ESCRIBIR LAS COSAS DE MANERA COMPRENSIBLE?

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por el comediante » 08 Feb 2011 15:31

Por cierto, que ya he encontrado de dónde se sacan ese enrevesado artículo, de la directiva europea:

Categoría B — Armas de fuego sujetas a autorización
1. Las armas de fuego cortas semiautomáticas o de repetición.
2. Las armas de fuego cortas de un solo tiro, de percusión central.
3. Las armas de fuego cortas de un solo tiro, de percusión anular, cuya
longitud total sea inferior a 28 cm.
4. Las armas de fuego largas semiautomáticas, cuyo depósito de munición
y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos.
►C1 5. Las armas de fuego largas semiautomáticas cuyo depósito de
munición y cuya recámara no puedan contener más de ◄ tres cartuchos,
cuyo cargador no sea inamovible o en relación con las cuales
no se garantice que no puedan ser transformadas, mediante herramientas
corrientes, en armas cuyo depósito de munición y cuya
recámara puedan contener más de tres cartuchos.
6. Las armas de fuego largas de repetición y semiautomáticas de ánima
lisa, cuyo cañón no exceda de 60 cm.
7. Las armas de fuego semiautomáticas de uso civil con apariencia de
armas de fuego automáticas.
Categoría C — Armas de fuego sujetas a declaración
1. Las armas de fuego largas de repetición, salvo las incluidas en el
punto 6 de la categoría B.
2. Las armas de fuego largas de un solo tiro, de ánima rayada.
3. Las armas de fuego largas semiautomáticas, salvo las incluidas en
los puntos 4 a 7 de la categoría B.
El mecanismo de cierre, la recámara y el cañón de las armas de fuego,
que considerados como objetos separados, quedarán incluidos en la categoría
en que se haya clasificado el arma de fuego en la que se monten
o vayan a ser montados.
O sea, lo que para la directiva europea son armas sujetas a autorización (las que puedan disparar más de tres tiros o tengan cargador separable o puedan modificarse para más de tres tiros), para estos mamones son armas prohibidas.

Re: nueva normativa para los rifles de caza

Mensaje por el comediante » 08 Feb 2011 14:59

Solo decirte que el cargador no se considera una pieza fundamental del arma, siguen siendo de venta libre (aunque en las inutilizaciones sí que exija su inutilización, otra de las incongruencias del reglamento), así que me da a mí que tu interpretación es errónea.
Yo cuanto más lo leo más claro lo tengo: prohibe las armas semiautomáticas que tengan una capacidad de más de tres tiros, y las que disparando menos de tres tiros puedan modificarse para disparar más de tres. Según tú un rifle de cargador separable no puede modificarse poniendo un cargador de más capacidad, que siguen siendo de venta libre.Bueno, veríamos lo que opina el interventor de armas de aprobarse este reglamento (que esperemos por el bien de todos que no)

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