Sobre campos de tiro eventuales

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Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor caja_pandora » 27 Nov 2008 15:34

Creo que los campos de tiro eventuales son concedidos por la delegacion de gobierno, previo informe de la Guardia Civil, amparandose en el articulo 149 del vigente reglamento de armas y explosivos.

El articulo 149 dice textualmente:

ARTICULO 149.
- 1. Solamente se podrán llevar armas reglamentarias por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen
las actividades de utilización debidamente autorizadas.
- 2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
- 3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3., 3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Gobernador civil de la provincia en que
tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.
- 4. Previo informe del Alcalde del municipio y de la unidad correspondiente de la Guardia Civil, el Gobernador civil podrá prohibir tales actividades o autorizarlas disponiendo la adopción de las medidas de seguridad y comodidad complementarias que estime pertinentes.
- 5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4.


Amparandose en este articulo se autorizan tanto tiradas de recorridos como tiradas de arma larga en sitios que normalmente no se pueden usar para ese fin ,en este caso concreto solo estan autorizadas unas galerias de precision de 25 metros, la pregunta que yo tengo es: ¿como se puede autorizar para un fin de semana, pero luego no permitir esas mismas actividades alli, argumentando que no reune las medidas de seguridad y carecen del debido permiso? yo entiendo que si reune las medidas de seguriad las reune siempre, y sino no.

Tambien preguntar, en caso de un accidente en esa tirada, que no reune las medidas de seguridad que marca el reglamento, ¿de quien es la responsabilidad?(de la guardia Civil, Delegacion de Gobiernoo de ambos)

A ver si alguien mas versado en estos temas me puede aclarar.
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor pacopi » 27 Nov 2008 22:17

Hola!
Se llaman campos de tiro EVENTUALES por que no son los autorizados habitualmente (parece una perogrullada, pero es así).
En cuanto a las medidas de seguridad, la Guardia Civil, después de hacer una inspección sobre el terreno, comprobar que tienes todos los permisos de los propietarios del mismo, que reune las caracteristicas adecuadas, etc, te dice cuales son las medidas de seguridad que debes aplicar (por ejemplo, solo se permiten los accesos por la parte posterior del terreno, en relación a los tiradores, si hay algún camino cercano hay que cortar el trafico mientras se desarrolle la tirada, delimitar al menos con cintas y carteles la zona de seguridad, etc) y despues de esto emite el informe correspondiente a la Subdelegación del Gobierno, que es quien finalmente autoriza o deniega la actividad (normalmente la suelen autorizar si el informe es favorable).
Respecto a porque no se pueden usar SIEMPRE los mismos sitios, se contesta con el primer parrafo,................. dejarian de ser eventuales y pasarian a ser fijos, con todo lo que conlleva.
Espero que esto te aclare algo el tema.
  

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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor caja_pandora1 » 27 Nov 2008 22:41

Ya siento haber tenido que registrarme de nuevo, pero no se mucha informatica, gracias a mi hijo, que yo soy de los que creen que dentro del ordenador hay un enanito que hace las cosas, y he olvidado la clave.

Gracias pacopi por la contestacion, pero sigo sin comprender como puede ser que para un evento de un fin de seman si que se autorice por aprte de la guardia civil y crean que no es peligroso, pero no lo autorizan permanentemente.
Le fue entregada una caja por los Dioses una caja que nunca debió abrir, de ella brotaron locuras y mil males que no pudieron destruir.

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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor Sirio » 27 Nov 2008 23:36

Mira en este enlace de mi web, hay informacion muy util al respecto


http://malaga-shooting.com/Malagashooting_archivos/page0022.htm

Y recuerda: La responsabilidad puede ser compartida por el organizador y por los participantes, para ello te exigen un seguro de responsabilidad civil acorde con la actividad a realizar...

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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor subo26 » 28 Nov 2008 08:32

vamos a ver si me explico;

Lo primero una autorizacion fija, se tarda en conseguir pongamos 18 meses.

Una eventual 2 semanas.

la instalacion fija, se considera permanente y ha de cumplir perfectamente con las medidas de seguridad marcada, para ello se le han de pasar por los equipos de inspeccion de las IAE las correspondientes inspecciones.

para una eventual, por su caracter se levanta mucho la mano(en vallados, situacion de espectadores, terreno, ect), de echo este concepto se creo en el Reglamento para que los pueblos en sus fiestas pudieran realizar las tiradas tipicas en escombreras y/o otros sitios.

si bien inicalmente son las medidas de seguridad son las misma, el responsable de valorar las de los denominados eventuales es la IAE ordinaria, con esto lo que te quiero decir es que su criterio puede ser mas basico en atencion a que es una tirada concreta.
para una fija entran en juego (equipo inspeccion de IAE ZONA, ICAE (Echate a temblar), Mdefensa (DGAM), Subdelegacion del Gobierno (Area de industria y Energia).


Respecto a los recorridos de tiro IPSC, que creo que es por donde vas no se aprueban como instalaciones fijas dado que tal y como esta establecido en el reglamento de armas el concepto de galeria de tiro es imposible que esta modalidad pueda cumplir con los requerimientos del anexo A del citado reglamento, no obstante creo que en unos años este va a cambiar para corregir esto.

Cualquier duda sobre estos temas puede preguntarmelas en un post que tengo abierto en este mismo foro. ( normativa de armas.)
 UN SALUDO DE SUBO26 .....................TU ESPECIALISTA EN DOCUMENTACION Y TRAMITES DE APERTURA DE CAMPOS/GALERIAS DE TIRO, SI TIENES DUDAS ...............TE LAS ACLARO ..............................................................................................................

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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor caja_pandora1 » 28 Nov 2008 13:21

Vamos pasar al caso practico:

El club de tiro de Mediana (Recorridos de Tiro Agustina de Aragon) cuenta con unas galerias de precision homologadas y autorizadas por la Guardia Civil, asi como unas canchas de recorridos y una galeria de rifle que la Guardia Civil dice que no reune los requisitos para poder utilizarse, no obstante, se autorizan previo pago de taas correspondientes tiradas eventuales en esos sitios.

Yo rpegunto, ¿como es que un fin de semana si se peuden usar y al otro no? si las instalaciones son las mismas.
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor Sirio » 28 Nov 2008 14:31

Muy sencillo::

Que el Club de Tiro presente un escrito ante el Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil (Intervencion de Armas de Plana Mayor) y plantee la cuestion en particular, a ver que respuesta obtiene, que por preguntar no pasa nada, pero eso si preguntar de maneral oficial, que las palabras se las lleva el aire.

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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor subo26 » 28 Nov 2008 17:41

planteame exactamente lo que quereis y os lo contesto sin problema.

que para algo estoy aqui.

el tema que me planteas necesito para contestarte toda la informacion, no la que os cuenten sino la realidad, o al menos dime el lugar y el club y yo te cuento la realidad pero eso tardo mas dias en averiguarlo.

como siempre a vuestra disposicion.

De momento te digo sin saber exactamente por donde van los tiro que una galeria autorizada, se autoriza para unos usos concretos no para todo lo que uno quiera. Otra cosa es lo que se haga que yo en eso no me meto yo hablo desde el punto legal o de la normativa.
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor pacopi » 29 Nov 2008 00:04

[citando a: caja_pandora1]
Vamos pasar al caso practico:

El club de tiro de Mediana (Recorridos de Tiro Agustina de Aragon) cuenta con unas galerias de precision homologadas y autorizadas por la Guardia Civil, asi como unas canchas de recorridos y una galeria de rifle que la Guardia Civil dice que no reune los requisitos para poder utilizarse, no obstante, se autorizan previo pago de taas correspondientes tiradas eventuales en esos sitios.

Yo rpegunto, ¿como es que un fin de semana si se peuden usar y al otro no? si las instalaciones son las mismas.


Como te dice sirio en el post siguiente: Presenta un escrito................... etc.

De esta forma, casi con seguridad te habrás quedado sin tiradas todos los fines de semana, ademas de que habrás comprometido al interventor que te ha autorizado las que has hecho. Capisci?

Un saludete
  

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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor subo26 » 01 Dic 2008 15:18

[citando a: caja_pandora1]
Vamos pasar al caso practico:

El club de tiro de Mediana (Recorridos de Tiro Agustina de Aragon) cuenta con unas galerias de precision homologadas y autorizadas por la Guardia Civil, asi como unas canchas de recorridos y una galeria de rifle que la Guardia Civil dice que no reune los requisitos para poder utilizarse, no obstante, se autorizan previo pago de taas correspondientes tiradas eventuales en esos sitios.

Yo rpegunto, ¿como es que un fin de semana si se peuden usar y al otro no? si las instalaciones son las mismas.


1- como bien dices el citado club lo que tiene autorizado son dos galerias de tiro de precision para arma corta.
2- las cancha de recorridos de tiro IPSC como podras ver en el post que tengo abierto, en la actualidad no se aprueban como instalaciones permanente, toda vez que no se pueden acoger a los margenes que el R. de Armas marca para una galeria de tiro en su anexo A., por eso su unica posibilidad es que se aprueben para tiradas eventuales (Aprobadas por Subd. gobierno y IAE ordinaria)
3- Respecto a la cancha de rifle me gustaria verla a mi, para ver si cumple con el Reglamento, ya que si fuera así los primeros interesados en tenerla legalizada sería el Club, pero me temo que bien no da las medidas establecidas, las protecciones no son las adecuadas o el terreno no es de su titularidad o se encuentra en un lugar no apto, es por lo que lo hacen así.
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor caja_pandora1 » 02 Dic 2008 12:55

[citando a: subo26]
1- como bien dices el citado club lo que tiene autorizado son dos galerias de tiro de precision para arma corta.
2- las cancha de recorridos de tiro IPSC como podras ver en el post que tengo abierto, en la actualidad no se aprueban como instalaciones permanente, toda vez que no se pueden acoger a los margenes que el R. de Armas marca para una galeria de tiro en su anexo A., por eso su unica posibilidad es que se aprueben para tiradas eventuales (Aprobadas por Subd. gobierno y IAE ordinaria)
3- Respecto a la cancha de rifle me gustaria verla a mi, para ver si cumple con el Reglamento, ya que si fuera así los primeros interesados en tenerla legalizada sería el Club, pero me temo que bien no da las medidas establecidas, las protecciones no son las adecuadas o el terreno no es de su titularidad o se encuentra en un lugar no apto, es por lo que lo hacen así.


Muchas gracias Subo26 por ser tan rapido.

1- Gracias por confirmarmelo.
2- Yo sigo con la pregunta, ¿como puede ser que una tirada o campeonato se realice alli, se de ese permiso (de campo de tiro eventual) y luego cualquiera que vaya al dia siguiente a entrenar este haciendo algo antirreglamentario?
3- ¿Que medidas y protecicones tiene que tener segun el reglamento? insito en lo expuesto en el punto 2, si alli se han hecho tiradas CON EL CONSENTIMIENTO DE LA GUARDIA CIVIL se deberia poder usar de diario, de lo contrario ahi hay algo que a mi me parece que no es normal.

Entonces , yo entiendo, que si yo a nivel personal pido permiso para hacer una tirada con los amigotes en un terreno de mi propiedad que reuna las mismas medidas de seguridad que las que tienen esos "campos eventuales" se me deberia conceder, ¿o no porque hay alguna otra razon para que se concedan esos y ami no?
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor subo26 » 03 Dic 2008 21:34

De verdad no te cierres en banda que te veo muy radical, je je.

al art. 149.3 viene a decir que la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3., 3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Gobernador civil de la provincia en que
tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

Por otro lado las medidas de seguridad tanto para un campo de tiro ya sea permanente o eventual, inicialmente son las mismas, .........osea las reflejadas en el anexo B del R. de Armas.

Respecto a las galerias de tiro idem pero en este caso las medidas de seguridad vienen recogidas en el anexo A del citado R. de Armas.

Ahora bien como ya dije antes cuando es algo eventual (una celebracion concreta, exporadica) siempre se levanta algo la mano en las medidas de seguridad, ahora bien eso es el que firma el que decide.

Por otro lado decirte que las instalaciones o mejor dicho las autorizaciones eventuales solo pueden pedirse un numero maximo de veces al año, para que no haya abuso, no recuerdo cuantas pero esta estipulado. Esto esta echo para que no haya un abuso.

Ahh y por ultimo repetirte que no son los mismos los que aprueban una instalacion eventual que una permanente.

Por ejemplo la gc que entra en juego en el eventual es la IAE ordinaria de la localidad, sin enbargo para una permanente entra en juego esa IAE ordinaria, la IAE Zona (mucho mas especializada que la ordinaria en esos temas, al menos apriori) y la ICAE (Ponte a temblar, lo nunca visto ellos lo ven)
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor Oscar1975 » 03 Dic 2008 21:47

[citando a: subo26]
De verdad no te cierres en banda que te veo muy radical, je je.

al art. 149.3 viene a decir que la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3., 3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Gobernador civil de la provincia en que
tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

Por otro lado las medidas de seguridad tanto para un campo de tiro ya sea permanente o eventual, inicialmente son las mismas, .........osea las reflejadas en el anexo B del R. de Armas.

Respecto a las galerias de tiro idem pero en este caso las medidas de seguridad vienen recogidas en el anexo A del citado R. de Armas.

Ahora bien como ya dije antes cuando es algo eventual (una celebracion concreta, exporadica) siempre se levanta algo la mano en las medidas de seguridad, ahora bien eso es el que firma el que decide.

Por otro lado decirte que las instalaciones o mejor dicho las autorizaciones eventuales solo pueden pedirse un numero maximo de veces al año, para que no haya abuso, no recuerdo cuantas pero esta estipulado. Esto esta echo para que no haya un abuso.

Ahh y por ultimo repetirte que no son los mismos los que aprueban una instalacion eventual que una permanente.

Por ejemplo la gc que entra en juego en el eventual es la IAE ordinaria de la localidad, sin enbargo para una permanente entra en juego esa IAE ordinaria, la IAE Zona (mucho mas especializada que la ordinaria en esos temas, al menos apriori) y la ICAE (Ponte a temblar, lo nunca visto ellos lo ven)


Aquí si que me quito el sombrero yo;):plas:plas



Oscar.
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor caja_pandora1 » 04 Dic 2008 17:08

Que yo sepa las armas cortas no son de la categoria 3ª.

Si como tu dices inicialmente las medidas se seguridad tanto si el campo de tiro es eventual como permante son lasmismas... no lo entiendo, me da a mi la impresion que eso no es del todo legal por parte del que lo conceda.

En caso de accidente, por ejemplo que una bala rebote, o se vaya para otro sitio ay que no hay parabalas, ¿la responsabilidad seria del firmante del campo, de la intervencion o de quien?

Ya que se levanta la mano con las medidas seguridad reitero mi pregunta: ¿puedo yo organizar una tirada en un campo de mi propiedad con mis amigos pidiendo el permiso siguiendo las mimas medidas que reunen estos "campos eventuales?(que vienen a ser NINGUNA)
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor subo26 » 04 Dic 2008 20:51

[citando a: caja_pandora1]
Que yo sepa las armas cortas no son de la categoria 3ª.

Si como tu dices inicialmente las medidas se seguridad tanto si el campo de tiro es eventual como permante son lasmismas... no lo entiendo, me da a mi la impresion que eso no es del todo legal por parte del que lo conceda.

En caso de accidente, por ejemplo que una bala rebote, o se vaya para otro sitio ay que no hay parabalas, ¿la responsabilidad seria del firmante del campo, de la intervencion o de quien?

Ya que se levanta la mano con las medidas seguridad reitero mi pregunta: ¿puedo yo organizar una tirada en un campo de mi propiedad con mis amigos pidiendo el permiso siguiendo las mimas medidas que reunen estos "campos eventuales?(que vienen a ser NINGUNA)


no las armas cortas no son de la categoria 3 pero son armas de fuego nooo.

Como te dije antes este articulo se creo para aprobar las fiestas de los pueblos.

Respecto a lo que me dices de accidentes me remito a lo que dice el Reglamento como criterios de evaluacion para aprobar un campo o una galeria de tiro;
CAMPO DE TIRO

Un campo de tiro reúne condiciones de seguridad cuando, examinados cada uno de los puntos anteriores y todos en conjunto:

Ninguna persona que ha cumplido con las señalizaciones de seguridad impuestas durante la tirada puede ser alcanzada entre los puestos de tirador y el límite del campo.

Las señalizaciones son claras, bien visibles y no ofrecen ninguna duda.

GALERIA DE TIRO
Una vez analizados todos los puntos anteriormente expresados (anexo A) y evaluados conjuntamente, la galería reúne las debidas condiciones de seguridad cuando:

Existe la certeza de que ninguna bala pueda salirse de los límites de la galería.

Las protecciones son las adecuadas al máximo calibre a usar.

Ninguna persona puede ser alcanzada durante las tiradas por un disparo entre los puestos de tirador y el espaldón.


Despues de esto...................................vamos a dejar de dar rodeos y vamos a lo que quieres para ver si en mi opinion se puede aprobar eventualmente, vale,

por cierto podiamos pasar este post al que tengo yo abierto de asesoramiento.
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor caja_pandora1 » 07 Dic 2008 16:27

Lo que pretendo es que se aplique el reglamento y la legalidad vigente para campos de tiro y concesiones de licencias (esto va por lo leido en otros hilos.)

Todabia no he conseguido que alguien me de una respuesta realmente a lo que he preguntado, salvo que soy muy cerrado.

Pregunto: porque se concede el permidod e tiro eventual de forma fraudulenta y el ICAE lo consiente, ya que segun la constitucion la ley es la misma para todos, la Guardia Civl no esta ni para interpretar ni para legislar, solo para cumplir las leyes y reglamentos (debidamente aprobados por ley, nada de directrices internas ni chorradas).

Siempre se dice que cada IA es un mundo, no veo porque, ya que en el momento que un funcionario no cumple la ley esta incurriendo en delito de prevaricacion, que le podria salir caro.

Los recorridos de tiro no existen el el vigente reglamento, con lo que segun derecho lo que no esta legislado no existe, por lo que donde se practique esta modalidad es un campo ilegal, y la GC es conniviente con esta ilegalidad.
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor subo26 » 07 Dic 2008 18:10

[citando a: caja_pandora1]
Lo que pretendo es que se aplique el reglamento y la legalidad vigente para campos de tiro y concesiones de licencias (esto va por lo leido en otros hilos.)

Todabia no he conseguido que alguien me de una respuesta realmente a lo que he preguntado, salvo que soy muy cerrado.

Pregunto: porque se concede el permidod e tiro eventual de forma fraudulenta y el ICAE lo consiente, ya que segun la constitucion la ley es la misma para todos, la Guardia Civl no esta ni para interpretar ni para legislar, solo para cumplir las leyes y reglamentos (debidamente aprobados por ley, nada de directrices internas ni chorradas).

Siempre se dice que cada IA es un mundo, no veo porque, ya que en el momento que un funcionario no cumple la ley esta incurriendo en delito de prevaricacion, que le podria salir caro.

Los recorridos de tiro no existen el el vigente reglamento, con lo que segun derecho lo que no esta legislado no existe, por lo que donde se practique esta modalidad es un campo ilegal, y la GC es conniviente con esta ilegalidad.


Mira amigo creo que ya te estas pasando y que no atiendes a razones así que directamente paso ya de contestarte pues no te enteras de nada.

No se que carajo te pasa pero todo es legal, lo que me da es que tu no tienes ni idea y ahi esta el problema.

Te vuelvo a decir que la ICAE (DGGC) no tiene nada que ver con los campos eventuales que es el Subdelegado del Gobierno previo informe de la IAE territorial.

No tiene nada que ver que los recorridos no vengan en el reglamento, sino lo que pasa es que dada la peculiaridad de estos no se ajustan a lo que el reglamento de armas llama galerias de tiro.

Y por ultimo no se de donde te sacas que se esta incumpliendo la ley, precisamente lo que mas se cumple es la ley, por eso surgen tantos problemas.:(1

Con esto acabo ya no creo que merezca la pena escribir mas en este post.
:(2
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RE: Sobre campos de tiro eventuales

Mensajepor caja_pandora1 » 15 Dic 2008 11:11

[citando a: subo26]
Mira amigo creo que ya te estas pasando y que no atiendes a razones así que directamente paso ya de contestarte pues no te enteras de nada.

No se que carajo te pasa pero todo es legal, lo que me da es que tu no tienes ni idea y ahi esta el problema.

Te vuelvo a decir que la ICAE (DGGC) no tiene nada que ver con los campos eventuales que es el Subdelegado del Gobierno previo informe de la IAE territorial.

No tiene nada que ver que los recorridos no vengan en el reglamento, sino lo que pasa es que dada la peculiaridad de estos no se ajustan a lo que el reglamento de armas llama galerias de tiro.

Y por ultimo no se de donde te sacas que se esta incumpliendo la ley, precisamente lo que mas se cumple es la ley, por eso surgen tantos problemas.:(1

Con esto acabo ya no creo que merezca la pena escribir mas en este post.
:(2


Yo creo que me entero de demasiado.

Tu me dices que se dan porque si y punto, y porque hay alguien que cree que eun momento dado se peuden usar para el tiro, pero a la mañana siguiente no.

Por lo demas escribe en los hilos que creas necesario.
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