Nueva ley de armarios armeros.

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victorjimenez
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Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor victorjimenez » 28 Abr 2015 15:49

Tengo desde hace mas de 10 años la licencia de tiro olimpico, me compre un
armario armero con ( Grado de seguridad " C " ( E-1 y T- 30 ) ). Siempre
que he renovado la licencia de armas no me han puesto ninguna pega, pero
ahora que tengo que renovarlas me dicen que mi armero no es valido que
tengo que cambiarlo por uno de ( Grado de seguridad 3 ). Alguien me puede
decir si puedo seguir con el que tengo o por lo contrario tengo que
comprarme uno nuevo.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor garruli » 28 Abr 2015 17:04

Hola tengo entendido por compañeros que tienen ese mismo armero y si le sirve , si tiene usted la documentación y la factura de compra para acreditar que cuando lo compro esa era la normativa debe de valerle . creo que la norma nueva es solo para las licencias concedidas desde la fecha de aplicación de la norma 1143-1 grado 3 , de todas forma si alguien sabe algo seguro que lo dira . Un saludo
Si vis pacem para bellun (si quieres la paz preparate para la guerra)

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor jrdc1 » 28 Abr 2015 21:49

Buenas!

La semana pasada comenté el tema con un suboficial de mi IA, y me dijo que en la norma UNE 1143-1, que determina la resistencia de los armeros, etc, se menciona que la clase I se corresponde con y substituye al grado A, y la clase III se corresponde con y substituye al grado C. Si tenías registrado en la IA un grado C hasta ahora, no te pueden obligar a substituirlo por un clase III. Si no lo tienes registrado, no te van a querer aceptar el grado C. Derecho tienes, pero casi seguro que tendrías que ir al contencioso-administrativo.

De entrada, si insisten en el clase III que te lo pongan por escrito, motivando el por qué de la obligación de cambio.

Desde luego, en mi intervención respetan la antigüedad del venerable armero de grado C.

Saludos

victorjimenez
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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor victorjimenez » 28 Abr 2015 22:32

Gracias a todos por vuestras respuestas pero según el Guardia Civil que me atendio o cambio de armero o le tengo que entregar las armas. Quisiera que alguien me de una respuesta para no tener que entregar las armas.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor jmerchan » 29 Abr 2015 00:16

Buenas noches:

Voy a informaros de lo que a mi me pasó hace dos años cuando fui a renovar la licencia F.

Me piden la factura de la caja fuerte y les indico que la tengo de Marzo de 1997 (estamos en 2013) y me dicen que ya no sirve, que ahora tengo que tener una de grado III y que si antes no me la habían pedido era porque me lo habían consentido, que esto ya viene de atrás. Digo que no y me dicen que las armas no las puedo sacar ya de la Intervención. En ese momento el asunto ya no tiene solución, o me compro una caja grado III o las armas se quedan allí. No hubo forma humana de hacerles entender que no era así, que era un atropello, eran tres GC con los que hablaba, y nada, ninguno lo quiso entender.

Mi armero alto es de grado de seguridad A (E-1 y T-15), válido para todo según ellos desde el primer día, y un mal dia, deciden que ya no vale y se retrotae la Ley 16 años, porque eran ellos los que tenían la sartén por el mango. Esto, Señores, no es seguridad jurídica de una democracia plena, como a algunos se les llena la boca al decirlo, esto es una nación peor que bananera y así nos crece el pelo. La GC, puede hacer con nosotros lo que les salga de ahí. Por el mundo se descojonan de nosotros, y la consideración que nos tienen va en consonancia con esto que nos hacen porque quieren y que nosotros nos dejamos hacer "por no complicarnos la vida".

Me gasté un pastón en una cajón pesadísimo, horroroso, incómodo y porque tiene una certificación, que si no, yo no me lo hubiera comprado por mi gusto. No creo que aguante ni cinco minutos la famosa llave mágica o unos buenos sopletes de Autógena. De las amenazas de los intrusos entrando en tu casa contigo dentro, ya ni hablamos.

Total, que tragué y callé y ahora ya no sirve de nada quejarse.

Buenas noches.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor victorjimenez » 29 Abr 2015 12:46

Hola de nuevo me he estado informando y la ley de ( Grado de seguridad III ) es de 1998. Cuando yo presente mi factura del armero ( Grado de seguridad C ) fue en el 2002 ya había pasado ( 4 Años ) y en ese momento es cuando me tenían que haber pedido un armero de ( Grado de seguridad III ), entonces hubiera ido a la tienda y la hubiera cambiado por una de ( Grado de seguridad III ) ahora ya es tarde para cambiarla. Si me la aceptaron en ese momento y todos estos años, no deberían de seguir aceptando. Tiene que haber una ley que así lo diga. Yo creo que si todos los afectados lo lleváramos ha un abogado al final nos darían la razón. Espero que alguien me ayude si no tendré que dejar este mundillo de las armas ya que no puedo permitirme el tener que comprar otro armero. Un saludo fuerte y GRACIAS POR TODO.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor jrdc1 » 29 Abr 2015 21:06

Buenas!

Yo aporté la documentación en 2007 o 2008, y tengo guiadas seis armas cortas con un armero grado C, sin problemas. Imprime y llévale la RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1998-28108

Y le preguntas cuando la han modificado, eliminando las cajas fuertes homologadas por la UNE 108-110-87.

Si dice que no, haz un escrito a la ICAE exponiendo el caso y citando la resolución.

Saludos

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor victorjimenez » 30 Abr 2015 21:46

Hola de nuevo, hoy día 30-4-2015 he estado en la intervención de armas para pasar la renovación de la licencia de armas, como ya os indique con anterioridad me han vuelto a poner pegas con el Armario armero me dice que no me vale, que me lea la UNE 1143-1. le digo que según la UNE 1143-1. La categoría de (grado de seguridad III es igual a la C ). Me dice que donde pone eso, se lo explico y me dice que si no quiero depositar las armas que allá tu yo le respondo que al igual que el día anterior es decir el 23-4-2015 no tengo ningún problema en entregarle las armas. Me dice que está cansado de que la gente le venga con la norma de la UNE 1143-1, me contesta que él no tiene ningún problema que es tan fácil como hacerme un trámite de mejora que el no va a depositar las armas porque yo no quiera yo le vuelvo a repetir que no tengo ningún problema en depositarlas el las rechaza. Cuando ve que la licencia se me caduco el día 23-4-2015 que fue el día que me presente me dice que no me lo puede hacer porque la licencia esta caducada y dice que no me lo hace porque si no se pilla los dedos, lo le respondo que por qué no lo hico en su día. Su respuesta es que yo quiero que le pille el toro. Se pone en plan chulesco y me dice que me relaje que nos vamos ha relajar los dos juntos, me dice que le estoy dando una lección y que está aprendiendo mucho de mi yo le digo que no he venido a darle lecciones. El me lo agradece que está aprendiendo con migo más que en 35 años que lleva en el cuerpo. Me dice que acabe de rellenar un documento que ya tenía yo rellenado al poner la fecha la pongo la fecha de hoy 30-4-2015 y me dice que le ponga la del 23-4-2015. Con todo esto le firmo la ( revisión de las armas ). Me dice que tengo 10 días hábiles para entregarle las armas yo le respondo que se las quede ya que estoy allí el se niega y me responde que 10 días. Así que aquí estoy con las armas en mi casa y tengo que volver para entregarlas. Espero vuestras respuestas. A ver si hubiera algún abogado que me diga que debo hacer para solucionar esto en caso de tener que mandar un informe a la ICAE como hacerlo. Gracias a todos de ante mano por vuestra ayuda.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor jrdc1 » 30 Abr 2015 22:00

Buenas!

Pídele amablemente que te proporcione una copia de la norma UNE 1143-1. Hace 8 años que la busco sin tener que aflojar los 58 EUR (creo que más IVA). MIentras tanto, el puede leer la "RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares."

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1998-28108

Llévasela impresa para que no gaste papel que pagamos todos, y pregúntale en qué momento se ha derogado, sobre todo el punto segundo, que hace mención a

Segundo.-Las cajas fuertes a que se refiere el artículo 133.2.b) del citado Reglamento de Armas para guardar los cierres o las piezas esenciales de las armas amparadas por licencia F, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad clase III establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.

Es cierto que existe una circular del ICAE - yo no la he visto, como las meigas, pero existe - que niega la posibilidad de usar una caja grado C desde el momento de la recepción de la circular. Pero si ya la tienes y tu IA le consta, no pueden obligarte a cambiarla.

Cuando vayas a depositar las armas, haz un escrito dirigido a la ICAE mencionando la resolución y que llevas X años de licencia F con la caja cuya documentación adjuntas, y pregunta en que momento se derogó la resolución, y cual la sustituye. La respuesta es clara: ninguna.

Saludos

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor victorjimenez » 30 Abr 2015 23:47

Hola jrdc1. Ya le pedí la copia de la norma UNE 1143-1 no sé si será la de hace 8 años. COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE ALMERIA
INTERVENCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS EL EJIDO
23 DE ABRIL DEL 2015.
Muy señor mío:
Examinado su expediente personal de armas, NO le consta que posee una caja tuerte,
armario o armero autorizado para guardar en su domicilio, las armas de su propiedad
amparadas por la licencia de armas tipo D (largas rayadas para caza mayor) o, en su caso, los
cierres o piezas esenciales de las armas amparadas por la licencia tipo F (armas de concurso),
con arreglo a lo indicado en los artículos 100.5.a) y 133.2.b) respectivamente, del Real
Decreto 137/1193, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE 55
de 05-03-1993).
El grado de seguridad que deben de reunir la caja fuerte, armario o armero, se
establece en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la
Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir
las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE
291 de 05-12-1998), y es el siguiente:
- PARA LAS ARMAS LARGAS RAYADAS Y CAÑONES amparados por licencia
D (caza mayor): Grado de seguridad I, establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-
1, o el grado de seguridad A que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
- PARA LOS CIERRES O PIEZAS ESENCIALES DE LAS ARMAS amparados por
licencia F (tiro olímpico): Grado de seguridad III, establecido en la tabla 1 de la norma
UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE
108-110-87.
Asimismo, en su disposición transitoria, se establece que todas las empresas que
hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad
autorizada por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus
productos, relacionados con lo especificado en esa Resolución, dispondrán del plazo de un
año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado n° 96, de fecha 22-04-1998, de la
norma UNE EN 1143-1, sobre medidas de seguridad en cajas fuertes, puertas y cámaras
acorazadas, quedó anulada, entre otras, las normas españolas UNE 108-110-87 y 108-112-87,
por lo que sólo puede exigirse el grado de seguridad correspondiente a la Norma UNE EN
1143-1.
En su caso, al haber legalizado arma/s amparada por alguna o ambas licencias
citadas, estando en vigor la NORMA UNE EN 1143-1 y habiendo finalizado el plazo de
adecuación de la certificación concedido a las empresas (05 de diciembre de 1999), y no
existir documentación en su expediente personal que acredite que dispone en su domicilio de
caja fuerte y armario o armero que reúna el grado de seguridad correspondiente a la NORMA
UNE EN 11431-1, es por lo que se le concede un PLAZO DE DIEZ DÍAS, a partir del
recibo de la presente notificación, para DEPOSITAR en la Intervención de Armas y
Explosivos de la Guardia Civil de El Ejido (Almería), las armas de su propiedad, junto
con sus guías de pertenencia, amparadas por la/s licencia/s citada/s.
i
De NO efectuar el depósito de su/s arma/s amparada/s por la/s licencia/s citada/s,
en el plazo indicado, se procederá a formular la correspondiente propuesta de sanción
ante la Subdelegación del Gobierno en Almería, por infracción GRAVE al artículo 23.b)
de la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE 46 de 22-02-1992), por
omisión o insuficiencia en la adopción o eficacia de las medidas o precauciones obligatorias
para garantizar la seguridad de las armas.

Esto es lo que me ha dado. Pero el no se baja de la burra diciéndome que no soy el primero que lo ha intentado y luego a tenido que recular y comprar el armero. Por eso quiero que lo que me esta pasando sirva para que no nos dejemos pisar por algo en lo que no tienen razón. Si mi armero era bueno cuando lo compre en el 2002 después de haber pasado 4 años de cuando salió la norma UNE de 1998 y tras haber pasado ya por varias renovaciones de armas por que ahora no me vale. En su momento cuando la compre si me lo hubieran dicho habría ido a la tienda ha cambiarla por una de grado de seguridad III como mando la ley.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor jrdc1 » 01 May 2015 00:12

Buenas!

Esta es la madre del cordero:

victorjimenez escribió:Examinado su expediente personal de armas, NO le consta que posee una caja fuerte,
armario o armero
autorizado para guardar en su domicilio, las armas de su propiedad
amparadas por la licencia de armas tipo D (largas rayadas para caza mayor) o, en su caso, los
cierres o piezas esenciales de las armas amparadas por la licencia tipo F (armas de concurso),
con arreglo a lo indicado en los artículos 100.5.a) y 133.2.b) respectivamente, del Real
Decreto 137/1193, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE 55
de 05-03-1993).


Si no les consta, es como si debieras adquirir uno nuevo, y en la famosa circular privada hacen hincapié en las cajas según UNE 1143-1. La famosa transitoria de anulación de la UNE 108-110-87 dice que los fabricantes deberán adaptar sus productos a la UNE 1143-1, y que tienen un año de plazo para hacerlo, no que las cajas fabricadas y homologadas por la norma derogada se hayan convertido en cajas de zapatos. Pero como nadie lo ha llevado al contencioso-administrativo, estás al albur de la decisión de tu interventor.

Si hubieras aportado la documentación de la caja cuando guiaste la primera arma corta, ahora no te saldrían con estas peteneras. Si dispones de ello, puedes intentar aportar una declaración responsable conforme desde 2002 dispones de una caja fuerte que cumple la Resolución citada, que has custodiado tus armas cumpliendo escrupulosamente en los últimos 13 años el Art. 100.5.1 y/o el 133.2.b, aplicando la reglamentación vigente desde 1998, adjuntando la factura de compra y el certificado de homologación, por escrito y con acuse de recibo. Si quieres jugar con fuego, puedes mencionar que en las últimas 4 renovaciones se han aceptado las medidas de seguridad en la custodia de las armas de que disponías, dando como válidos los puntos 2 y 3 de la súper resolución. Si la respuesta no es satisfactoria, inténtalo con la ICAE; quizás sean más receptivos a la argumentación. Pero no tienes garantía de nada. Lo siento. Si el Interventor no quiere, no hay galletas.

Si tienes dinero y sitio, compra el clase III. Si no, dales un besito de buenas noches a tus niñas, porque no las verás en una buena temporada.

Saludos

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor victorjimenez » 01 May 2015 01:02

Yo desde el primer momento presente la documentación de la caja fuerte si no no podia tener las armas en casa. Tengo delante mio dicho papel que certifica:que según el expediente número 84.0148.0 del CENTRO TECNOLOGICO DE MATERIALES "INASMET". Las cajas automatizadas para la custodia de armas que se comercializan con la marca INFAC modelo AC elaboradas en su totalidad por esta sociedad, cumplen las normas que exigen los artículos 100-5 y 133-b del reglamento de armas aprobado por el Real decreto 137/1993 de 29 de enero, publicado en el B.O.E. 55 de fecha 5 de marzo de 1993.

Anexo
Armario armero de seguridad para 3 armas cortas, modelo AC, de dimensiones de 270 m/m de alto, 370 m/m de ancho y 250 m/m de fondo.
Grado de seguridad "C" ( E-1 y T-30 )
Este documento tiene por detrás con la aprobación de la ( INTERNINTERVENCIÓN CENTRAL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS ) De La DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL. Y es el que he presentado siempre que he renovado la licencia.
Mi móvil es el 661560286.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor rosa romero » 01 May 2015 18:00

Y digo yo.. Por que no viene una patrulla de guardia civil a casa y que comprueben en que condiciones se guardan las armas.. Todo esto es muy comodo mandarlo desde el despacho pero a la hora de la verdad y despues de tanto marearte si te roban las armas en casa el ultimo responsable eres tu y no la intervencion.. :police-smiley:
Mi nombre de perfil son mis apellidos.. Soy un señor al que los administradores han cambiado de sexo y no hay forma de modificarlo... :police-smiley:

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor Urbano » 01 May 2015 19:06

Hola, yo en tu caso me pondría en contacto con ANARMA y de paso te puedes asociar que seguro que te lo resuelven o te asesoran de como hacerlo, mientras más socios seamos más fuerza tendremos.
Saludos.


SOCIO Nº 121 DE ANARMA

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor afar21011 » 01 May 2015 19:27

Hola, esto de los armeros será como dices, perooo... con todos los paseos que estas dando si hubieras mirado en mil anuncios verás que tienes armeros por 300 o 350 eur. y seguro que te los hubieras ahorrado en paseos, gasolina,desgastes de motor, aspirinas etc. etc.
También puedes sguir el consejo del compañero hazte socio de ANARMA y que te defienda, pero creo que no merece la pena seguir con ese enfrentamiento.
No se si puedes intentarlo en otra Intervención.
Suerte si sigues peleando
Saludos

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor jrdc1 » 02 May 2015 01:17

Buenas!

victorjimenez escribió:Yo desde el primer momento presente la documentación de la caja fuerte si no no podia tener las armas en casa. Tengo delante mio dicho papel que certifica:que según el expediente número 84.0148.0 del CENTRO TECNOLOGICO DE MATERIALES "INASMET". Las cajas automatizadas para la custodia de armas que se comercializan con la marca INFAC modelo AC elaboradas en su totalidad por esta sociedad, cumplen las normas que exigen los artículos 100-5 y 133-b del reglamento de armas aprobado por el Real decreto 137/1993 de 29 de enero, publicado en el B.O.E. 55 de fecha 5 de marzo de 1993.

Anexo
Armario armero de seguridad para 3 armas cortas, modelo AC, de dimensiones de 270 m/m de alto, 370 m/m de ancho y 250 m/m de fondo.
Grado de seguridad "C" ( E-1 y T-30 )
Este documento tiene por detrás con la aprobación de la ( INTERNINTERVENCIÓN CENTRAL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS ) De La DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL. Y es el que he presentado siempre que he renovado la licencia.
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Entonces no entiendo que no conste en tu expediente. El interventor con el que hablas es el jefe de la dependencia, o hay alguien por encima suyo? Si lo es, pide hablar con el. Si no, puedes intentarlo con la IA de la comandancia de zona. Y haz la consulta con la ICAE.

Saludos

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor victorjimenez » 02 May 2015 16:53

Hola jrdc1. El día 30-4-2015 como ya comente anterior mente fui con la documentación y las armas al cuartel para renovar la licencia o en su lugar entregar las armas. Después de un buen rato intentando llegar a un acuerdo me dice que no quiere problemas que eso es tan fácil como hacer un escrito de un ( tramite de mejora y ya está ). Pero todo se le complica cuando ve que la licencia caduco el día 23-4-2015 que fue cuando él me rechazo y me dio unos días para comprar el armero o depositar las armas. Yo le digo que por qué no lo hizo en su día. Bueno ahora está la otra cuestión ( Tengo la licencia ya caducada por culpa suya, así que ahora tendré que solicitar la LICENCIA COMO SI FUERA LA PRIMERA VEZ, corregirme si no fuese así. Ya el pasa la pelota a mi tajado y no me queda más remedio que empezar de cero con los tramites seguro que él se agarrara a que según la norma UNE 1143-1 no me queda más remedio que comprar el armero nuevo. Lo que él no sabe es que en el 2012 tuve que renovar todo porque se me caduco la licencia eso fue un fallo mío y lo asumí pero esta vez ha sido por su culpa. Aun así en 2012 entregue los mismos documentos que ahora, incluido el papel de la caja fuerte que él se niega a aceptar. No sé yo pero no sé si del 2012 al 2015 ha salido alguna nueva norma sobre armario armeros en el cual diga que esa caja fuerte no es válida. Si alguien tiene conocimiento de alguna norma nueva le agradecería que me lo hiciera saber. Muchas gracias a todos de nuevo por la información que me hacéis llegar en vuestros comunicados.

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Re: Nueva ley de armarios armeros.

Mensajepor jrdc1 » 03 May 2015 02:05

Buenas!

Hasta donde yo sé del 2012 hasta hoy no ha cambiado nada, en lo que atañe a la custodia de armas de fuego amparadas en D y/o F. En todo caso, la interpretación de la misma que hace el Interventor de tu IA. Fué un error no entrar la documentación - la que fuera - el 23; ahora tienen a dónde agarrarse. De todos modos, si todavía no has presentado la solicitud hazlo ya, y en todo caso registra un escrito dirigido a la ICAE explicando el caso, haciendo hincapié en tu intento de presentar la documentación el mismo 23/04, y los motivos que adujo el agente para no aceptarla. No lo tienes fácil, pero la alternativa es ir buscando una caja clase III.

También sigo sin entender que no tengan registrado el certificado de homologación de la caja. Podrías pedir, siempre por escrito, copia certificada de los documentos que constan en tu expediente; debería constar la factura y el certificado, entre otras cosas. Si no, puedes preguntar como es que te guiaron armas en F sin que acreditaras las medidas de seguridad pertinentes, etc. Es empezar una guerra, pero como la anterior la tienes teóricamente perdida...

Saludos


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