Limitación de armero, necesito otro?
Limitación de armero, necesito otro?
Buenas.
Pues la duda surge porque mi armero de 4 armas largas esta copado con sus correspondientes 4 rifles. Tengo que comprar otro si compro otro fusil? o basta con meter el cerrojo en el armero (pieza fundamental) y dejar el arma en su funda a buen recaudo en casa pero fuera del armero?
Gracias.
Pues la duda surge porque mi armero de 4 armas largas esta copado con sus correspondientes 4 rifles. Tengo que comprar otro si compro otro fusil? o basta con meter el cerrojo en el armero (pieza fundamental) y dejar el arma en su funda a buen recaudo en casa pero fuera del armero?
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Victoriano Sánchez Barcáiztegui.
Fragata Almansa en aguas del callao 1868.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Que licencia tienes?
Cabe el rifle entero aunque en el cupo diga lo contrario???
Un saludo!
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Novato hasta que un maestro diga lo contrario.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Repe
Última edición por Parrish112 el 24 Ago 2015 23:46, editado 1 vez en total.
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Repe
Última edición por Parrish112 el 24 Ago 2015 23:45, editado 1 vez en total.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Estan guidos para la caza. Yo tengo tb la f pero no tengo nada guiado en f. Y si. Entraria el fusil entero.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Primera cuestión: Si están guiados en D, la obligación del propietario, según la literalidad del Reglamento, es guardarlos en él completos. No vale guardar sólo los cierres (como serviría si estuvieran en F).
Segunda cuestión: Si el certificado del armero menciona un número de armas concreto y/o en tu intervención dan el armero por "lleno", tienes dos opciones:
O discutir con ellos y recurrir la (previsible) denegación de la guía en tanto en cuanto físicamente las armas "caben" en tu armero, y la normativa sobre volúmenes en teoría sólo debería afectar a las armas guiadas en "C" (empresas de seguridad),
o ir buscando un armero adicional u otro más grande que sustituya al anterior.
Vamos, lo de siempre, que dependerá de la IA de turno y de las ganas que tengas de pelearte con ellos.
Segunda cuestión: Si el certificado del armero menciona un número de armas concreto y/o en tu intervención dan el armero por "lleno", tienes dos opciones:
O discutir con ellos y recurrir la (previsible) denegación de la guía en tanto en cuanto físicamente las armas "caben" en tu armero, y la normativa sobre volúmenes en teoría sólo debería afectar a las armas guiadas en "C" (empresas de seguridad),
o ir buscando un armero adicional u otro más grande que sustituya al anterior.
Vamos, lo de siempre, que dependerá de la IA de turno y de las ganas que tengas de pelearte con ellos.
Re: Limitación de armero, necesito otro?
Gracias. acabo de pedir un armero. Paso de lios y de dejar un fusil fuera, no sea que pase algo y se lié. Ademas tengo un crió y tampoco me mola que un dia pueda echarle mano y empezar a jugar con algo que no es para jugar. Así que... gracias compañeros.
Salud y tiros.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Depende la intervención normalmente no suelen decir nada pero ellos saben que por ley tienes que tener las armas en el armero, conozco bastante gente que se han pasado del cupo hace tiempo y no les han dicho nada.. por lo siguiente si mañana te roban en casa y se llevan todas las armas que no están en el armero el empapelado eres tu por ley y ellos te aplicaran la ley con todo su peso, por eso no dicen nada en muchas intervenciones.. con lo cual ya sabes. Una opción es meter las piezas fundamentales por separado aunque hoy día con el nuevo reglamento ya todo es fundamental desde el cajón cañón mecanismos y cerrojo y la otra opción si son pocas armas comprimirlas dentro y hacer que entre un armero de cuatro puede coger 5 o 6 armas, y eso lo hacemos muchos.
Yo hace tres meses me hice con armero de nivel 3 para arma corta, según el armero es de 6 pues sorpresa me entran mas de 10 pistolas (hice la prueba con las de airsoft que son escala 1:1) no pensareis que mañana me voy hacer con otro armero, si me lo exigen para coleccionista o la nueva AE.. Si quieren tocar las bowlings pues pueden..
Yo hace tres meses me hice con armero de nivel 3 para arma corta, según el armero es de 6 pues sorpresa me entran mas de 10 pistolas (hice la prueba con las de airsoft que son escala 1:1) no pensareis que mañana me voy hacer con otro armero, si me lo exigen para coleccionista o la nueva AE.. Si quieren tocar las bowlings pues pueden..
- Cansino
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
topp escribió:Depende la intervención normalmente no suelen decir nada pero ellos saben que por ley tienes que tener las armas en el armero, conozco bastante gente que se han pasado del cupo hace tiempo y no les han dicho nada.. por lo siguiente si mañana te roban en casa y se llevan todas las armas que no están en el armero el empapelado eres tu por ley y ellos te aplicaran la ley con todo su peso, por eso no dicen nada en muchas intervenciones.. con lo cual ya sabes. Una opción es meter las piezas fundamentales por separado aunque hoy día con el nuevo reglamento ya todo es fundamental desde el cajón cañón mecanismos y cerrojo y la otra opción si son pocas armas comprimirlas dentro y hacer que entre un armero de cuatro puede coger 5 o 6 armas, y eso lo hacemos muchos.
Yo hace tres meses me hice con armero de nivel 3 para arma corta, según el armero es de 6 pues sorpresa me entran mas de 10 pistolas (hice la prueba con las de airsoft que son escala 1:1) no pensareis que mañana me voy hacer con otro armero, si me lo exigen para coleccionista o la nueva AE.. Si quieren tocar las bowlings pues pueden..
Legalmente, aparte de las propias limitaciones segun el tipo de armas, solo puedes tener guiadas tantas armas como la capacidad homologada de tus armeros. Lo mismo da que quepan 20 armas en una caja si la homologacion es de 3.
Creo que las partes fundamentales de un arma no han cambiado con el reglamento. Sobre el tema de guardar solo el cerrojo de un rifle guiado en F, he oido que lo admiten en alguna intervenccion, lo que no se en base a que
Saludos
Yo pense yo crei son sinonimo de Doña esperanza y de Don tiempo perdido.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Cansino escribió:topp escribió:Depende la intervención normalmente no suelen decir nada pero ellos saben que por ley tienes que tener las armas en el armero, conozco bastante gente que se han pasado del cupo hace tiempo y no les han dicho nada.. por lo siguiente si mañana te roban en casa y se llevan todas las armas que no están en el armero el empapelado eres tu por ley y ellos te aplicaran la ley con todo su peso, por eso no dicen nada en muchas intervenciones.. con lo cual ya sabes. Una opción es meter las piezas fundamentales por separado aunque hoy día con el nuevo reglamento ya todo es fundamental desde el cajón cañón mecanismos y cerrojo y la otra opción si son pocas armas comprimirlas dentro y hacer que entre un armero de cuatro puede coger 5 o 6 armas, y eso lo hacemos muchos.
Yo hace tres meses me hice con armero de nivel 3 para arma corta, según el armero es de 6 pues sorpresa me entran mas de 10 pistolas (hice la prueba con las de airsoft que son escala 1:1) no pensareis que mañana me voy hacer con otro armero, si me lo exigen para coleccionista o la nueva AE.. Si quieren tocar las bowlings pues pueden..
Legalmente, aparte de las propias limitaciones segun el tipo de armas, solo puedes tener guiadas tantas armas como la capacidad homologada de tus armeros. Lo mismo da que quepan 20 armas en una caja si la homologacion es de 3.
Creo que las partes fundamentales de un arma no han cambiado con el reglamento. Sobre el tema de guardar solo el cerrojo de un rifle guiado en F, he oido que lo admiten en alguna intervenccion, lo que no se en base a que
Saludos
Agradecería saber donde viene eso reflejado, a ser posible en el BOE, que la explicación del artículo 33 ya me lo sé de memoria.
Saludos.
Todas las opiniones expresadas corresponden exclusivamente a mi persona, no coincidiendo necesariamente con la opinión de ANARMA.
¡¡¡Asóciate YA, altas aquí!!!
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Buenas!
En la hoja de características/homologación/loquesea de algunos armeros consta el número de armas para el que está previsto. Afortunadamente, en el mio, no. En algunas IAs ponen como límite el volumen por arma que fija el reglamento de Seguridad Privada, que no nos es de aplicación.
En todo caso, cualquier limitación se basa en el Art. 33.
Saludos
annhilator escribió:Cansino escribió:topp escribió:Depende la intervención normalmente no suelen decir nada pero ellos saben que por ley tienes que tener las armas en el armero, conozco bastante gente que se han pasado del cupo hace tiempo y no les han dicho nada.. por lo siguiente si mañana te roban en casa y se llevan todas las armas que no están en el armero el empapelado eres tu por ley y ellos te aplicaran la ley con todo su peso, por eso no dicen nada en muchas intervenciones.. con lo cual ya sabes. Una opción es meter las piezas fundamentales por separado aunque hoy día con el nuevo reglamento ya todo es fundamental desde el cajón cañón mecanismos y cerrojo y la otra opción si son pocas armas comprimirlas dentro y hacer que entre un armero de cuatro puede coger 5 o 6 armas, y eso lo hacemos muchos.
Yo hace tres meses me hice con armero de nivel 3 para arma corta, según el armero es de 6 pues sorpresa me entran mas de 10 pistolas (hice la prueba con las de airsoft que son escala 1:1) no pensareis que mañana me voy hacer con otro armero, si me lo exigen para coleccionista o la nueva AE.. Si quieren tocar las bowlings pues pueden..
Legalmente, aparte de las propias limitaciones segun el tipo de armas, solo puedes tener guiadas tantas armas como la capacidad homologada de tus armeros. Lo mismo da que quepan 20 armas en una caja si la homologacion es de 3.
Creo que las partes fundamentales de un arma no han cambiado con el reglamento. Sobre el tema de guardar solo el cerrojo de un rifle guiado en F, he oido que lo admiten en alguna intervenccion, lo que no se en base a que
Saludos
Agradecería saber donde viene eso reflejado, a ser posible en el BOE, que la explicación del artículo 33 ya me lo sé de memoria.
Saludos.
En la hoja de características/homologación/loquesea de algunos armeros consta el número de armas para el que está previsto. Afortunadamente, en el mio, no. En algunas IAs ponen como límite el volumen por arma que fija el reglamento de Seguridad Privada, que no nos es de aplicación.
En todo caso, cualquier limitación se basa en el Art. 33.
Saludos
Re: Limitación de armero, necesito otro?
A que os referís con el artículo 33? El artículo 33 del reglamento hace referencia a guías de circulación. El reglamento solo especifica que las armas de la categoría 2-2 tiene que estar en armeros homologados. No se mete con la capacidad de los armeros que consta en la homologación. Esto no quiere decir que en alguna intervención no hagan de las suyas como ya sabemos. Pero en base al reglamento no se puede poner ninguna pega a que alguien meta 7 rifles en un armero de cinco si le caben. Otra cosa es que el agente en cuestión tenga que comprobar que caben realmente... Como en tantas cosas con las IA depende del rollo que tengas con ellos y las ganas que tengas de pelearte.
En cualquier caso lo que veo complicado es guardar solo el cerrojo dentro como dicen algunos. Si tienes que guardar las partes fundamentales de un rifle te sale más a cuenta meter el rifle entero.
Un saludo
En cualquier caso lo que veo complicado es guardar solo el cerrojo dentro como dicen algunos. Si tienes que guardar las partes fundamentales de un rifle te sale más a cuenta meter el rifle entero.
Un saludo
Socio nº 129
Re: Limitación de armero, necesito otro?
Por eso paso de rollos y he pedido uno. Fuera complicaciones.
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Victoriano Sánchez Barcáiztegui.
Fragata Almansa en aguas del callao 1868.
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Bien hecho, normativa aparte el espacio en el armero nunca está de más.
Un saludo
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Socio nº 129
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Buenas!
El artículo 33: por mis cxjxnxs, o mejor dicho, los de la autoridad competente.
Saludos
marhabal escribió:A que os referís con el artículo 33? El artículo 33 del reglamento hace referencia a guías de circulación. El reglamento solo especifica que las armas de la categoría 2-2 tiene que estar en armeros homologados. No se mete con la capacidad de los armeros que consta en la homologación. Esto no quiere decir que en alguna intervención no hagan de las suyas como ya sabemos. Pero en base al reglamento no se puede poner ninguna pega a que alguien meta 7 rifles en un armero de cinco si le caben. Otra cosa es que el agente en cuestión tenga que comprobar que caben realmente... Como en tantas cosas con las IA depende del rollo que tengas con ellos y las ganas que tengas de pelearte.
En cualquier caso lo que veo complicado es guardar solo el cerrojo dentro como dicen algunos. Si tienes que guardar las partes fundamentales de un rifle te sale más a cuenta meter el rifle entero.
Un saludo
El artículo 33: por mis cxjxnxs, o mejor dicho, los de la autoridad competente.
Saludos
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Re: Limitación de armero, necesito otro?
Yo tengo mas armas de las que caben en el armero y nunca me han aplicado esa limitacion ya que realmente no existe en el reglamento.. Otra cosa es que quieran joder la marrana y eso si lo he visto hacer... a mi hace diez años me obligaron a llevar el certificado del armero despues de tener guiados mas de diez rifles en una intervencion x no en la mia, simplemente porque el que me vendio el arma estaba de denuncias con los de esa intervencion y pague yo el pato.... (es tan facil mirar en la base de datos y salen los que tengo guiados) por ejemplo. si te hacen firmar que tienes todas las medidas de seguridad cuando guias el arma... El que las cumpla ya depende de cada uno... Y a lo que se expone.
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