Buen día!
Dudas acerca de las licencias (permisos) "F" y "E".
He oído que la diferencia estriba sólo en el número de armas que puedes tener. Es cierto?
Una licencia "F" permite poseer solo una carabina o una pistola? Cierto o falso?
En caso postivo para el arma larga: pueden ser solo de cal .22 o pueden ser de cualquier calibre (.223.,243.,300, .308 )
En el caso positivo para la pistola: puede ser ésta de cualquier calibre?
Puede solicitarse un licencia "E" inmediatamente después de recibir la "F" o se necesita esperar algún tiempo?
Gracias por vuestra atención
Armas permitidas acorde al tipo de licencia
Armas permitidas acorde al tipo de licencia
     Â
RE: Armas permitidas acorde al tipo de licencia
[citando a: Aldoloz]
Buen día!
Dudas acerca de las licencias (permisos) "F" y "E".
He oído que la diferencia estriba sólo en el número de armas que puedes tener. Es cierto?
Una licencia "F" permite poseer solo una carabina o una pistola? Cierto o falso?
En caso postivo para el arma larga: pueden ser solo de cal .22 o pueden ser de cualquier calibre (.223.,243.,300, .308 )
En el caso positivo para la pistola: puede ser ésta de cualquier calibre?
Puede solicitarse un licencia "E" inmediatamente después de recibir la "F" o se necesita esperar algún tiempo?
Gracias por vuestra atención
Efectivamente con la 3 categoría sólo puedes tener un arma (corta o larga). No tiene por qué ser del 22. Creo recordar que para arma larga el límite son 8 mm. de calibre, o sea que los calibres que pones ahí serían válidos en principio. Otra cosa es que puedas competir con ellos en tu club.
La licencia E la puedes solicitar al mismo tiempo que solicitas la F al adjuntar tu licencia federativa. Está muy bien si quieres tirar (y a veces romper.. jeje) algunos platillos en el campo de tiro al plato de tu ciudad como es mi caso. :-)
Socio nº402
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RE: Armas permitidas acorde al tipo de licencia
Cuidado con los calibres mencionados.
El 223 esta prohibido en España para civiles, pues se considera munición de guerra, puedes guiar el 222.
El 308 (7,62 x 51 NATO) esta prohibido en armas semiautomáticas, es guiable en armas de repetición (cerrojo, palanca, trombon, monotiro.....etc). Pudes guiar el 307.
Las licencias F y E son independientes, puedes tener las dos o las cuatro E, D, F y AE solicitandolas en tu IA.
El 223 esta prohibido en España para civiles, pues se considera munición de guerra, puedes guiar el 222.
El 308 (7,62 x 51 NATO) esta prohibido en armas semiautomáticas, es guiable en armas de repetición (cerrojo, palanca, trombon, monotiro.....etc). Pudes guiar el 307.
Las licencias F y E son independientes, puedes tener las dos o las cuatro E, D, F y AE solicitandolas en tu IA.
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RE: Armas permitidas acorde al tipo de licencia
[citando a: Edu60]
Cuidado con los calibres mencionados.
El 223 esta prohibido en España para civiles, pues se considera munición de guerra, puedes guiar el 222.
El 308 (7,62 x 51 NATO) esta prohibido en armas semiautomáticas, es guiable en armas de repetición (cerrojo, palanca, trombon, monotiro.....etc). Pudes guiar el 307.
Las licencias F y E son independientes, puedes tener las dos o las cuatro E, D, F y AE solicitandolas en tu IA.
Muchas gracias por tu puntualización Edu. Se me ha pasado poner lo de los calibres militares. A estas horas uno está un poco sopa todavía.
Saludos
Socio nº402
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