Hola, estoy buscando legislacion, caracteristicas, normativas, etc sobre la homilogacion, construccion de campos para la practica de IPSC.
Lo que busco son las leyes, decretos, normativas, etc actualmente en vigor.
gracias
BUSCO NORMATIVA SEGURIDAD Y MAS DE LOS CAMPOS DE RECORRIDO
Re: BUSCO NORMATIVA SEGURIDAD Y MAS DE LOS CAMPOS DE RECORRIDO
Creo que no existen, ese es el problema.
Re: BUSCO NORMATIVA SEGURIDAD Y MAS DE LOS CAMPOS DE RECORRIDO
tuareg escribió:Hola, estoy buscando legislacion, caracteristicas, normativas, etc sobre la homilogacion, construccion de campos para la practica de IPSC.
Lo que busco son las leyes, decretos, normativas, etc actualmente en vigor.
gracias
Buenos días tuareg
Si no estoy confundido, en su día fue publicado por la RFEdTO en la normativa de algún año.
Las actuales NORMAS TÉCNICAS PARA LA PRÁCTICA DE RECORRIDOS DE TIRO, en su apartado 6 especifica:
-"6.- CAMPOS Y GALERÍAS DE TIRO.
6.1.- GENERALIDADES.
6.1.1.- Todos aquellos Clubes que deseen practicar la actividad de Recorridos de Tiro
deberán contar en sus instalaciones, y como mínima condición de seguridad, con
al menos un módulo de las características que se definen en el croquis que se
adjuntaba como "Anexo A" a estas Normas en años anteriores."-
Lo malo es que no he conseguido encontrar, en Internet, el mencionado "Anexo A".
Cómo solo era curiosidad, no me he preocupado de preguntar a la Federación. Tal vez ese hubiese sido el camino más fácil.
Prueba tú, y si te haces con él, ya lo publicarás
Saludos
Re: BUSCO NORMATIVA SEGURIDAD Y MAS DE LOS CAMPOS DE RECORRIDO
si, estoy buscando el anexo A tambien......
si lo enuentro lo pongo en el foro
si lo enuentro lo pongo en el foro
Re: BUSCO NORMATIVA SEGURIDAD Y MAS DE LOS CAMPOS DE RECORRIDO
Hola Tuareg
La única normativa específica que se comtempló en este país, constaba en el proyecto de nuevo reglamento de armas, que perpetró la Administración, y que afortunadamente se rechazó. La única autoridad (actualmente) con capacidad de decisión sobre la práctica de IPSC, es el Jefe de la Intervención de Armas de tu provincia, que delega, parcialmente, en el interventor de armas de tu localidad.
Lo mejor es empezar por ahí, pues finalmente son ellos los que te darán el visto bueno al campo, los elementos de seguridad, lo stages, etc.
Te deseo mucha suerte, y que contéis con un nuevo campo de Recorridos.
Saludos
La única normativa específica que se comtempló en este país, constaba en el proyecto de nuevo reglamento de armas, que perpetró la Administración, y que afortunadamente se rechazó. La única autoridad (actualmente) con capacidad de decisión sobre la práctica de IPSC, es el Jefe de la Intervención de Armas de tu provincia, que delega, parcialmente, en el interventor de armas de tu localidad.
Lo mejor es empezar por ahí, pues finalmente son ellos los que te darán el visto bueno al campo, los elementos de seguridad, lo stages, etc.
Te deseo mucha suerte, y que contéis con un nuevo campo de Recorridos.
Saludos
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