PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor 45Colt » 06 Nov 2009 08:48

Compañeros,con todo respeto,no pidamos cosas irreales,o no conseguiremos nada.
Por ejemplo,yo soy el primero que pide que la GC deje de administrar este tema.
Pero seamos realistas,con la que está cayendo ¿que administración va a dedicar funcionarios y recursos nuevos para crear este cuerpo?
La administración no tiene un duro,otra tema es en que lo malgasta.Así que propuesta realistas y tengamos en cuenta el clima de crisis y como nos ven.
Se trata de no perder derechos e incluso ganar alguno,sobretodo racionalizarlo(esto le puede gustar a la ICAE,que también van de cabeza por ello).
Si mi jefe me explota y me paga 700 € al mes,y no hay otro trabajo,y voy y le pido aumento a 2000 se va a descojonar y puede que hasta me despida ¿Se entiende no?
Con todo respeto,es mi opinión.

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Jracing » 06 Nov 2009 09:23

Según ese presunto borrador dado a conocer por gorgorito por lo que yo entiendo, un tirador de tercera podría tener por ejemplo:

- Pistola de competición del 22 lr
- Pistola 9mm / Revolver 357
- Carabina 22 lr
- Uno de esos "AR15" del 22lr
- Uno de esos "AK" del 22lr

No? 2 Armas cortas y 3 de 2ª categoría (largas rayadas) del 22lr es lo que entiendo.

Eso estaría pero que muy bien... Solo faltaría aumentar cupos de munición para no verse obligado a comprar en el club...

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Brubaker » 06 Nov 2009 10:29

Veo mucho optimismo, no esta mal tener ilusiones, otra cosa es ser un iluso.
No vamos a ponernos a nivel de Finlandia, olvidaros, es una directrid marco y cada pais aplica su reglamento. Seguiremos con el chanchullo, la pandereta y las revistas del corazon y de las armas.
La reglamentacion de la recarga es penosa y de verguenza ajena, cuando se lo cuentas a un aleman o un Frances, se descojona.
Los cupos solo deberian existir en preescolar, que es eso de limitar el numero de armas, ya hemos visto lo que se puede hacer con un simple cuchillo.
No saldremos de la miserable legislacion, somo un pais tercermundista socialmente y nos consideran menores molestos, tenemos todo en contra, tambien los massmedia.

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor asw19 » 06 Nov 2009 12:34

Las propuestas que podamos hacer desde esta pagina podría hacerse llegar a la Federación, incluso podría respaldarse con una encuesta que reflejase el apoyo de las peticiones. Si el tema es negocio para los diferentes estados, ¿porqué limitar en vez de dar manga ancha?.

El tema de la cartuchería es primordial. Y creo que muy sencillo: es cuestión de introducir una modificación puntual, o una asimilación a munición de caza. Y ya está. No hay que hacer ni leyes ni reglamentos nuevos. Es cuestión de ganas (como todo).

Repito la idea lanzada en otro hilo. Si las federaciones tuviesen una responsabilidad real, podrían descargar de trabajo a las intervenciones. Eso no es nuevo. En otras ocasiones la Administración ha delegado una serie de gestiones (por ejemplo, cuando pagamos las tasas en cajas en lugar de en las intervenciones).

Y yo tengo la impresión de que hay que pedir mucho para que te den poco. Pero ese mucho debe ser razonable. Por ejemplo, cupo ilimitado de munición. Es más sencillo que tener que mantener un control cartucho a cartucho para las licencias F. Y no es nada que no se esté haciendo en otros paises. Otro tema es el aumento del límite de armas. Es absurda la limitación actual. Si a un federado de atletismo le dijesen que solamente puede comprar unas zapatillas si no hace según que tiempos, y además en según que competiciones, lo más probable es que el responsable del disparate estuviese al día siguiente en la P..a calle. Y ese es el problema real. Que nadie paga por los disparates.

Si un tirador va a un campeonato nacional a participar en tres modalidades, está una semana, y quiere entrenar, ¿cuánta munición necesita?. ¿Y si no venden en el lugar de la competición?. Dudo que el que hizo la norma pensase un poco en los problemas que podía llegar a ocasionar. Es aquello de Cuando me de la gana te pillaré por donde quiera...

Son tantas las cosas...

Saludos al foro

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Gorgorito » 07 Nov 2009 03:22

Para los que siguen dejando sus opiniones sobre cartuchería y recarga, permitirme recordar que en agosto pasado terminó el plazo para presentar alegaciones al nuevo reglamento de pirotecnia y cartuchería, así que es un tema cerrado respecto de hipotéticas alegaciones y ya solo queda esperar a ver que se haya podido presentar y aceptar, …y mientras tanto lo que constaba en el último borrador de reglamento era esto:

Artículo 104. Carga y recarga de cartuchería por particulares.
Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones. Para su almacenamientos se adoptaran las medidas de seguridad que se establecen en la Instrucción Técnica Complementaria 15, las cuales también serán de obligado cumplimiento para la recarga de cartuchería no metálica, a pesar de no necesitar autorización alguna.
En cuanto al almacenamiento de cartuchos, la suma de los cargados o recargados por los particulares y los adquiridos a comerciantes no pueden superar los límites establecidos en el artículo 137.

Artículo 137. Adquisición de cartuchería.
1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta inmediata de la compra a la Intervención de Armas y Explosivos territorial. En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.
2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, en la cual la armería efectuará las operaciones que se aluden en el apartado anterior. [i]El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150
.
3. ………………….
El personal en posesión de licencia F podrá adquirir para su consumo un número ilimitado de cartuchos siempre que lo haga en las propias instalaciones de las Federaciones y sin que pueda sacarlos del recinto de las mismas. Las Federaciones adoptarán las medidas de control adecuadas para evitar que dichos cartuchos puedan salir al exterior. La autorización tendrá una validez de un año y será expedida a los Clubes o Federaciones por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil. Requisito previo para la obtención del citado permiso será tener las medidas de seguridad para el almacenamiento de la cartuchería debidamente aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos.

Si el particular en posesión de licencias A, B, D o F, deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.

• El número máximo de cartuchos que se puede conceder a un particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de 10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres.
[/i]

Lo mas relevante, a mi juicio, de cara a comentarios que he leído en el foro es remarcar para el que no lo sabía que quién es titular de licencia F (y otras) puede pedir un permiso especial para poder adquirir en la armería que quieras hasta 10000 calibre 22 y 5000 en total, del resto de calibres. Ya figuraba en el actual Rgto Explosivos, pero ahora se establece que quién concederá este permiso será el Jefe Zona GC (a nivel comunidad autónoma y no ICAE de Madrid como estaba, así que estará más próximo y eso debe reflejarse en menos tiempo de respuesta)

En conclusión: que, por ejemplo, el que tenga historial deportivo para justificar la petición, podrá presentar y obtener una autorización personal para poder con ella ir comprando los cartuchos autorizados donde quiera y durante un año, pero la pega es que si no se reforma volveremos a algo similar a lo que vivimos hoy: no podremos comprar más de 100 cada día…y habrá que andar con componendas, con lo fácil que tendría que ser demostrarles que con esa cantidad no se puede entrenar ni competir.

Saludos.
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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor asw19 » 07 Nov 2009 05:34

Gorgorito escribió:... quién es titular de licencia F (y otras) puede pedir un permiso especial para poder adquirir en la armería que quieras hasta 10000 calibre 22 y 5000 en total, del resto de calibres.


Todo eso no está mal, a no ser que no esté claramente definido el criterio por el que se concede. ¿Está escrito en algún sitio?. ¿Es a criterio de una persona?.

Otro tema que tiene guasa es que, una vez concedido el aumento de cupo para dicha adquisición, se sigue aplicando el apartado anterior, es decir, comprar de 100 en 100 (diarios), y en casa máximo 150 (que me corrija si esto último está mal). Entiendo que eso es el caso general, antes de aumentos de cupo. Con una sencilla circular aclarando que la limitación es para los casos generales se podría solucionar. ¿Quién tiene que pedir esta aclaración?. Yo creo que la Federación, que es quien debe representar a sus federados. Pero me temo que están por otras cosas...
Cuando las cosas hay que pedirlas por instancia, sin conocer los requisitos (participar en competiciones territoriales, nacionales, o solamente sociales, o simplemente porque los clubs no tienen la que se desea), a mi me retrotrae a la Edad
Media, cuando el señor feudal repartía justicia según su criterio.

Saludos al foro.

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Jracing » 07 Nov 2009 10:07

Pues vaya puta mierda hablando caro...
Y encima el cupo caduca al año. Seguro que hay que pagar tasas para pedir el cupo.
Y si necesitas más de los 100 al dia, pues toca gastar gasolina cada dia para ir a comprarlos. Pero eso solo si los gastas el mismo día, porque sino solo puedes ir "un dia y medio" a comprar los 100 diarios, porque sino el stock de la "despensa" se volvería ilegal...
Es facil caer en la delincuencia si no estás al loro de las entradas y salidas de munición en tu "arsenal"...

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Gorgorito » 07 Nov 2009 14:59

asw19 escribió:
Gorgorito escribió:... quién es titular de licencia F (y otras) puede pedir un permiso especial para poder adquirir en la armería que quieras hasta 10000 calibre 22 y 5000 en total, del resto de calibres.
Cuando las cosas hay que pedirlas por instancia, sin conocer los requisitos (participar en competiciones territoriales, nacionales, o solamente sociales, o simplemente porque los clubs no tienen la que se desea), a mi me retrotrae a la Edad Media, cuando el señor feudal repartía justicia según su criterio.


Creo sinceramente que en este caso más beneficia que perjudica el hecho de que no se concrete, porque tu mismo has citado posibles casos para pedirlo y habrá otros, que lo que no será lógico es que el que no concursa ni se le ve nunca por la galería encima pretenda que le den autorización "especial" para que compre por toda España cartucheria, hasta 5000 de 9para, por ejemplo, que no se los venden ni a un miembro de las FSE con arma particular (con razón o sin ella, que esa es otra historia)...y luego puede pasar que alguno intente hacer negocio, lo pillen y despues se extienda la duda sobre todo el colectivo. En este caso yo prefiero que quede como está el borrador, por lo que respecta solo a como efectuar la petición, que no en los cupos que me parecen mal e incumplibles y nada hay peor que una norma si nace así porque ella misma se desprestigía porque si esto no se puede cumplir ni lo otro tampoco al final en vez de un reglamento volverá a ser un florero, con avispas dentro que a la minima te podran picar.

Pienso yo que el que reciba la solicitud necesitará que le expongamos cada uno el caso particular que nos impulsa y de una forma u otra se lo justifiquemos, bien diciendolo simplemente que vives en un pueblo sin armeria algo que pueden comprobar sin más papeles, o la razón que sea. Yo conozco el caso de un socio que solicitó esa autorización con el aún vigente reglamento, porque iba a unos campeonatos y no quería ir sin algo que amparara la cartuchería del maletero. Mando el justificante de inscripción y el calendario, sumó los cartuchos de todos los entrenamientos posibles, pidío permiso para comprarlos y transportarlos y se lo concedieron, solo que tardando casí un mes, que es lo que ahora supongo mejorará porque ya no tendrá que viajar esa instancia que mencionas a Madrid sino que se quedará en la intervención de zona de tu comunidad.

Saludos

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Jracing » 07 Nov 2009 19:40

Entonces al que le gusta tirar de forma amateur en el club sin ganas de competir con otros no tiene derecho a aumento de cupo? Hay gente que le gusta ir a tirar a menudo y en cantidad y sin embargo no le "llena" el hecho de competir asiduamente contra otros tiradores. Buenos tiradores que no tienen el afán de la competición, salvo las mínimas tiradas para mantener licencia.
Es un despropósito verse obligado a comprar lo que tengan en el club y al precio que dicten...

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Gorgorito » 07 Nov 2009 21:37

Jracing escribió:Entonces al que le gusta tirar de forma amateur en el club sin ganas de competir con otros no tiene derecho a aumento de cupo? Hay gente que le gusta ir a tirar a menudo y en cantidad y sin embargo no le "llena" el hecho de competir asiduamente contra otros tiradores. Buenos tiradores que no tienen el afán de la competición, salvo las mínimas tiradas para mantener licencia.
Es un despropósito verse obligado a comprar lo que tengan en el club y al precio que dicten...


Si pides un cupo anual simplemente alegando que en tu club es mas cara que en tu armería no creo que te lo nieguen, pero si tiras de forma amateur pero continuada veras que siempre son las mismas caras por el club, así que ¿como van a poder distinguir entre amateur y los "otros"? El art. 130.2 del RA dice que para darte la licencia debes exponer tu "historial deportivo".

Saludos.

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor asw19 » 07 Nov 2009 22:13

Bien, creo que ya está todo dicho sobre la munición. Regimen feudal para todos (los clubes son los señores feudales), y si alguien quiere excepción, pues vía instancia. Manda huevos... (Trillo dixit).

¿Cual es el miedo?. Acabamos de ver que en los EEUU un militar se ha liado a tiros, matando a compañeros, y a nadie se le ocurre decir que se prohiban las armas para los militares (entre otras cosas, porque sería una gilipollez).

Conclusión: el .22 no debería estar limitado. Quien compra es porque la va a gastar. Y dejémonos de mercados paralelos, que podríamos llevarnos sorpresas sobre el perfil de los vendedores. Cualquier tirador es tan respetable como cualquier otra persona poseedora de cualquier otra licencia, o más.

Y el tema es solucionable. Faltan las ganas.

Saludos

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Gorgorito » 07 Nov 2009 22:22

OPINIÓN SOBRE LEGISLACIÓN DE ARMEROS OBLIGATORIOS PARA GUARDAR ARMAS

En la Web de la federación riojana: https://www.tiroriojano.com/modificacion ... amento.htm tienen colgado lo que llaman “avance de modificación del RA” , así que si entráis y vais por la izquierda y la derecha podréis ver que dicen los art. 100 y 133, que es donde figura lo de cajas y armeros homologados, impuestos a partir de 1993 solo a licencias D y F, que tiene guasa.

Analizando el proyecto para armas largas rayadas no se observan cambios y sobre armas de concurso observareis dos cambios: donde decía que había que guardar las armas en el domicilio “desactivadas” en el futuro figura “desmontadas” y que las condiciones de seguridad serán aprobadas por Orden Ministerial. No me gustan ninguna de las dos posibles “novedades” ni la discriminación que continúa y que ha sido expuesta en anteriores post por otros en el foro respecto de los que tienen las mismas armas sin caja solo por tener licencia A.


Si tengo ocasión y me entero a tiempo de que haya una fase de alegaciones, como la que parece que dieron este verano para el nuevo reglamento cartuchería, comparto con aquel que le pueda interesar que la mía ira por esta línea:

Artículo 133. 2. Las armas completas deberán ser guardadas:

En los domicilios de los titulares, siempre que los cierres o las piezas esenciales para su funcionamiento se guarden en cajas fuertes que se acredite cumplen al menos el menor grado de homologación de la Norma UNE relativa a Cajas fuertes anti-robo en vigor en el momento en que obtengan la primera licencia que las ampare, o en locales de las correspondientes federaciones deportivas, armerías y empresas de seguridad o especializadas en custodia de armas que ofrezcan las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Intervención de Armas de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento

Cuando la citada Norma UNE sea anulada por otra, esta afectará a los titulares de nuevas licencias a partir de los dos años de su entrada en vigor; tiempo del que dispondrán fabricantes y comerciantes para liquidar su stock y validar la adecuación de las homologaciones afectadas, que transcurrido ese plazo serán nulas.


El articulo 100, similar, y en cuanto a mis fundamentos para la propuesta, ahí van, solicitando disculpas anticipadas por el rollo:

“En cuanto al fondo:

La Constitución consagra el derecho a la igualdad y obliga a velar por ella a todos los poderes Públicos, lo que se considera no se ha tenido en cuanta al redactar este proyecto la comisión interministerial designada al efecto, ya que en idénticas circunstancias y con idéntico tipo de armas se pretende continuar obligando a unos ciudadanos, aficionados al tiro deportivo o a la caza mayor, a tener que efectuar un desembolso económico significativo, se supone que en pro de la seguridad ciudadana, mientras que el mismo no se exige a un significativo numero de personas, a los que por ser militares o miembros de las fuerzas de seguridad, con licencia tipo A, se les autoriza la tenencia de exactamente los mismos tipos de armas de caza, tiro deportivo o defensa personal pero sin la obligación de depositarlas en cajas fuertes y armeros cuando las guardan en sus domicilios, pese a que existe exactamente el mismo riesgo para la seguridad ciudadana si los delincuentes perpetran un robo en su domicilio que en el resto de ciudadanos que por ser particulares la ley ya desde 1993 sitúa en un plano de manifiesto agravio comparativo, pues las condiciones objetivas son exactamente las mismas.

Continúa la comisión interministerial pretendiendo que el legislador establezca otra discriminación por razón del tipo de licencia que no de riesgo objetivo puesto que las armas de caza menor continúan siendo eximidas de la adopción de similar medias de seguridad a la hora de guardar sus armas en el domicilio, discriminación establecida en el RA de 1993 y que ahora se mantiene, cuando es del dominio publico la cantidad de atracos que se cometen con escopetas de cañones recortados.

La Administración no fundamenta su discriminación basándose en la cantidad de armas sustraídas o extraviadas, por razón de su categoría y licencia del titular, porque las de tiro deportivo y las de caza mayor son las menos del total que se publican en las requisitorias de las propias publicaciones oficiales de suscripción publica.

Los aficionados al tiro deportivo y a la caza mayor llevan 16 años soportando una situación discriminatoria que ahora se pretende perpetuar, mientras vemos que las reformas proyectadas para el próximo RA eliminan las pruebas de selección para obtención de licencia tipo E, en la reglamentación de cartuchería de armas tipo E se les exime también de acreditar su aptitud para la recarga pese a que el peligro es mayor por emplear los mismos componentes en mayor cantidad (pólvora), se les permiten cupos muchísimo mas razonables de cartuchería y un extensivo etcétera que no se pone de manifiesto en absoluto como animadversión hacia ese colectivo sino como prueba de que hay una discriminación por activa y por pasiva respecto de otros más minoritarios (D y F), que puede ser debido a un mayor conocimiento de la realidad de la caza menor por parte de la administración, una mejor actuación de sus representantes ante la administración o, lo que sería peor, a que la administración cede a la presión de asociaciones e intereses económicos por encima de la igualdad consagrada por la Constitución y las razones de seguridad ciudadana.

En cuanto a la forma:

La reglamentación de explosivos y la inminente de pirotecnia y cartuchería se vale de Instrucciones Técnicas Complementarias para que en anexo al reglamento se detallen aspectos que el legislador considera oportuno, mientras que en el caso de los armeros homologados remite a una futura Orden Ministerial, cuando la experiencia de las Resoluciones de la DGGC de 16/06/1995 y 26/11/1998 han dejado en evidencia la normativa que queda fuera del texto reglamentario solo contribuye a la confusión, así que se considera que en el caso presente es totalmente innecesaria y resultará contraproducente la publicación de una ulterior O.M. para regular la homologación cuando con el sencillo enunciado que se propone queda perfectamente contemplada la casuística, tanto para los titulares de las licencias, como a comerciantes y fabricantes de cajas y armeros antirrobo homologados según la Normas UNE de aplicación, así como su validez perpetua en caso de cambio de la UNE.

Respecto al grado de la homologación antirrobo, la Resolución de DGGC de 1998, exigiendo grado I y III en sustitución de los anteriores grado A y C pudo ser pensando que existía alguna equivalencia entre el primero y el tercero de la lista de entonces y de ahora, cuando no es así sino que resulta un producto desfasado economicamente y no por ello se puede considerar exista mayor seguridad porque en caso de robo simplemente con un pico de obra, poca o nula resistencia ofrecerá ni el grado I ni el III pensados para quién entra en un domicilio al descuido, los propios menores que lo habitan, que no pueda hacer ruido para no despertar a los moradores o vecinos, etc., pero no un delincuente que con tiempo y medios decida entrar y llevarse el contenido de la vivienda y, mucho menos si lo hace por medio de atraco. Es excesivo el pedir más del grado mínimo como medida antirrobo de alcance limitado y máxime cuando a otros titulares de las mismas armas u otras mas utilizadas posteriormente en atracos no se les exige nada. Con el enunciado que se propone también hay suficiente para identificar la norma UNE de referencia (cajas anti robo) que puede cambiar el numero cuando se actulice pero no de titulo, que se mantiene, así que sobran más complicaciones.

Por ultimo señalar que la novedad que pretende introducirse de las armas cortas de tiro se guarden “desmontadas” se considera que solo aportan confusión ya que el resto del enunciado está claro y en tal sentido quién tenga una caja de menor tamaño, por razón económica o de espacio, podrá guardar en ella piezas esenciales y quién pueda disponer de otra más grande las guardará completas pero desactivadas, como se pide en el actual reglamento y que se considera es mas claro, porque simplemente con no dejar el cargador con el arma ya queda desactivada.

Cuanto mas claras sean las normas y menos Órdenes Ministeriales posteriores se promulguen mejor será su cumplimiento. Todos saldríamos ganando, administración y afectados”


Saludos y espero que ninguno de la A o la E se molesten conmigo, pero el que no llora no mama y esta discriminación clama al cielo. Verás como a ellos no se la impondran y tal vez así se consiga al menos que el agravio sea menos costoso y con el mismo resultado si te entran en casa.
Última edición por Gorgorito el 07 Nov 2009 23:12, editado 3 veces en total.

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Wilcow » 07 Nov 2009 22:49

Esto creo que no esta bien expresado:


Continúa la comisión interministerial pretendiendo que el legislador establezca otra discriminación por razón del tipo de licencia que no de riesgo objetivo puesto que las armas de caza continúan siendo eximidas de la adopción de similar medias de seguridad a la hora de guardar sus armas en el domicilio, discriminación establecida en el RA de 1993 y que ahora se mantiene, cuando es del dominio publico la cantidad de atracos que se cometen con escopetas de cañones recortados.


No son las armas de caza,un rifle tambiés es un arma de caza,es por la clasificación de las armas,escopetas=categoria 3ª me parece...
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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Gorgorito » 07 Nov 2009 23:11

Gracias por la rectificación. Quería decir "caza menor" pero con tanta letra acabas cegato. Lo cambio.

PD: ¿estamos de acuerdo en el fondo y en la forma? Ojala terminemos entendiendonos porque falta nos hace sumar esfuerzos si quieremos conseguir algo, que hoy tal como leia el borrador de RA e iba viendo como a los compas de la E les van quitando examenes y limitaciones me daba pena no tener quién se preocupe igual por los D y F, que parece no tengan padre ni madre.

Buenas noches.

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Wilcow » 07 Nov 2009 23:30

Si,coincidimos,pero no se si es bueno comparar con el tema de cazadores....corremos el riesgo que en lugar de igualar hacia arriba,se haga al revés....
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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Jracing » 07 Nov 2009 23:35

Pero todo esto a través de quién hay que elevarlo? (que sea de fiar).

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor skiner » 07 Nov 2009 23:51

Ojo alguien ha mencionado la siguiente pagina https://www.tiroriojano.com/modificacion ... amento.htm . Solo decir que ese "proyecto" lleva años circulando por internet, casi tantos como el actual reglamento (no se saben sus origenes). Además no parece muy fiable, ya que si van a modificar el reglamento es para adaptarlo a la normativa europea y este texto se pasa por salva sea la parte la clasificación europea de las armas de fuego.

Saludos

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Re: PROXIMO REGLAMENTO ARMAS, nuestras propuestas de cambios

Mensajepor Gorgorito » 08 Nov 2009 00:54

skiner escribió:Ojo alguien ha mencionado la siguiente pagina https://www.tiroriojano.com/modificacion ... amento.htm . Solo decir que ese "proyecto" lleva años circulando por internet, casi tantos como el actual reglamento


Lo encontré antes de anoche y lo pase despues de tu post:

"06 Nov 2009 02:48 Os dejo el link a un presunto borrador del reglamento de armas, cuya veracidad desconozco:
https://www.tiroriojano.com/modificacion ... amento.htm"


Le dí fiabilidad porque verifique está en la pagina web de la federación riojana y como nadie comentó nada me decidí a irlo analizando.

Habrá que esperar que aparezca el borrador o proyecto de nuevo reglamento de armas, que se tiene que aprobar antes del verano y el primero que se entere que haga el favor de dar un toque.

Gracias y buenas noches.
Última edición por Gorgorito el 08 Nov 2009 01:41, editado 1 vez en total.


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