Registro pistola co2

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BAC
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Re: Registro pistola co2

Mensajepor BAC » 12 Jul 2019 17:39

JJWinchester escribió:El reglamento dice lo que dice, pero hay una situación que creo no se contempla: tú tienes un arma en domicilio para su uso en el mismo. Luego no necesitas registrarla. El arma tiene una avería: la llevas al armero y llevándola te para un control. ¿No es lógico que puedas estar llevándola a reparar? Eso no es ni usar, ni siquiera portar (es transportar).

Lo que sucede es que el Reglamento de armas como pieza legislativa es una basura. ¿Cómo se puede usar la expresión "llevar" (art. 105) en un texto legal? ¿Eso es portar, transportar, o las dos? Evidentemente el que lo redactó pensaba en que no portes un arma por ahí sin documentar ni un fin claro, pero si te multan por llevarla al armero, es un abuso de autoridad y una interpretación excesivamente rigurosa del Real Decreto. Habría que recurrir.

Y entonces, el siguiente párrafo, que dice claramente que la tarjeta sólo es válida en el municipio (literalmente "Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales"), ese, ¿no lo aplicamos porque hasta la ICAE se dio cuenta de su absurdo? ¿Unas cosas sí, las otras no? ¿Está en vigor, o no?

Lo que nunca podrás decir al agente es que vas a tirar con ella a algún lado, ahí sí les estás obligando a sancionarte. Tampoco desde luego deberás llevar a deshoras, un sábado de madrugada, etc., momentos difíciles de justificar y en los que, además, más fácil es que te pidan abrir un maletero. Sentido común.

Otra cosa muy tonta que a más de uno le ha costado un disgusto: regla general cuando transportéis cualquier tipo de arma, por muy legal y documentada que esté: no llevéis pintas raras. Suena carca, pero no reacciona igual la autoridad según la apariencia que lleves. Ropa normal, nada de camisetas reivindicativas, aspecto paramilitar, pintas batasunas, melenas heavies :twisted: , etc. Llamadme paranoico, pero es sólo un consejo.



Tienes toda la razón. Yo personalmente prefiero tener con tarjeta las armas de AC que tengo. Hace unos años, cambié mi domicilio de Madrid a Colmenar Viejo, e hice los trámites para sacar nuevas tarjetas. Tenía una carabina que compré en 1992, y despues tanto tiempo (y cambios anteriores de domicilio, entonces vivía en Coslada), no conservaba la factura de compra, y la armería donde la compré había cerrado y no podía pedir un duplicado; en ese caso, al explicarlo a la policía local, me admitieron sin problemas una declaración jurada.

Lo chusco del caso es que me pidieron que, para poder emitir ellos las nuevas tarjetas, tenía que tramitar la baja de las que tenía emitidas en Madrid. Lo hice por vía telemática, y mi sorpresa es que me llamó la policía local de Madrid, pidiendo explicaciones de porqué solicitaba la baja de las tarjetas, e intentaron convencerme de que no las anulara, que la tarjeta de Madrid era muy prestigiosa, que nadie las anulaba, y con ellas no tendría ningún problema en ningún sitio.

Las anulé, porque sino no me daban las nuevas, pero desde entonces tengo la duda de como interpretan las distintas policías locales nuestro ínclito reglamento de armas (¿cobran incentivos por las tarjetas que mantengan vigentes?).

Un cordial saludo.
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Re: Registro pistola co2

Mensajepor Sergio1981 » 12 Jul 2019 17:48

Creo que está claro que esto es puto negocio...


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