buenas tardes a todos
soy nuevo en el foro y el motivo de mi registro no es otro que haceros la siguiente consulta:
un familiar ha comprado estos días un estuche con dos pistolas de avancarga de la marca Arsa, son los modelos económicos de las que hacen, y resulta que este estuche es de los primeros que fabricó Arsa y de cuando no se requería más que el DNI para tenerlas en posesión
querría saber cuáles son los trámites más sencillos y rápidos para incluirlas en el libro del coleccionista, creo que es la mejor opción ya que este estuche y su contenido solo se van a utilizar como decoración y van a estar expuestas en casa, nunca en tiro, como han estado desde que las fabricaron.
muchísimas gracias a todos, un saludo
legalizar avancargas
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- Cabo_Tito
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Re: legalizar avancargas
Me parece que si no vas a tirar con ellas, no vas a comprar pólvora o munición ... se pueden guiar con solo el DNI como "adorno" ... de todos modos si la armería no os ha exigido pasar por la IA lo mismo es que son solo de adorno.
"LOS DELINCUENTES Y LOS TIRANOS PREFIEREN UNA SOCIEDAD DESARMADA. ASI SON LOS UNICOS ARMADOS."
Mis opiniones son mias y en nada relacionadas con ANARMA ni con alguna otra asociación.
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- mariuscat
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Re: legalizar avancargas
Muy buenas
Como te ha dicho el Cabo Tito
https://www.guardiacivil.es/ca/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/Libro_coleccionista.html
Otras autorizaciones
Se considera autorizada la posesión en el propio domicilio de:
Un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, con acreditación de su especial valor histórico o artístico.
Dos armas de avancarga, documentadas con las correspondientes guías de pertenencia, previa aportación del informe de aptitudes psicofísica.
En ambos casos se deberán adoptar las medidas de seguridad necesarias para su custodia y no pueden utilizarse o enajenarse, salvo que se cumplan los preceptos específicos del Reglamento de Armas.
Vamos, que si las quiere utilizar, tendrías que sacarte la licencia AE. En mi modesta opinión por 10€ ( creo que es la tasa ) más me la sacaría. Ya que lo que vale más es el certificado de aptitudes. Y si te diera el gusanillo, podrías usarla en sitios habilitados.
https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/autorizaci_especial/index.html
Concesión y vigencia
La autorización especial (AE) será concedida por los Delegados o Subdelegados del Gobierno y tienen una vigencia de 5 años, tras los cuales deberá solicitar una nueva autorización especial.
La vigencia de las autorizaciones estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes de autorización especial se presentarán en las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondientes al domicilio del interesado. Se ajustará al modelo establecido para este trámite pulse aquí para descargarla.
Con la solicitud el interesado aportará los siguientes documentos:
Certificado de aptitudes psicofísicas
Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género)
Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia)
Justificante de haber pagado la tasa correspondiente, modelo 790, pulse aquí para descargarla.
Saludos
Como te ha dicho el Cabo Tito
https://www.guardiacivil.es/ca/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/Libro_coleccionista.html
Otras autorizaciones
Se considera autorizada la posesión en el propio domicilio de:
Un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, con acreditación de su especial valor histórico o artístico.
Dos armas de avancarga, documentadas con las correspondientes guías de pertenencia, previa aportación del informe de aptitudes psicofísica.
En ambos casos se deberán adoptar las medidas de seguridad necesarias para su custodia y no pueden utilizarse o enajenarse, salvo que se cumplan los preceptos específicos del Reglamento de Armas.
Vamos, que si las quiere utilizar, tendrías que sacarte la licencia AE. En mi modesta opinión por 10€ ( creo que es la tasa ) más me la sacaría. Ya que lo que vale más es el certificado de aptitudes. Y si te diera el gusanillo, podrías usarla en sitios habilitados.
https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/autorizaci_especial/index.html
Concesión y vigencia
La autorización especial (AE) será concedida por los Delegados o Subdelegados del Gobierno y tienen una vigencia de 5 años, tras los cuales deberá solicitar una nueva autorización especial.
La vigencia de las autorizaciones estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes de autorización especial se presentarán en las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondientes al domicilio del interesado. Se ajustará al modelo establecido para este trámite pulse aquí para descargarla.
Con la solicitud el interesado aportará los siguientes documentos:
Certificado de aptitudes psicofísicas
Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género)
Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia)
Justificante de haber pagado la tasa correspondiente, modelo 790, pulse aquí para descargarla.
Saludos
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La guerra es la continuación de la política por otros medios " Von Clausewitz"
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Re: legalizar avancargas
el problema es que esas armas no tienen ninguna documentación, porque en aquella época no se exigía, todo lo que te han dicho sirve para armas con la documentación en regla, ademas llevaran los cuños del banco de pruebas, pero en eibar tampoco guardan registro de estas armas porque en aquella época no era obligatorio, por lo que no existe ningun indicio de que hayan existido nunca.
primero tendrás que justificar de donde han salido, si dices que las has comprado lo mas seguro es que te denuncien a ti y al vendedor por trafico de armas en situación ilegal, si dices que las tenias por casa te exigirán el porque no las documentaste cuando cambio la normativa (y seguramente también te denuncien), lo mas practico es decir que han aparecido entre las pertenencias de algún fallecido, o haciendo reformas en una casa vieja.
la guardia civil abrirá un expediente por hallazgo, comprobara el historial del arma para ver si tienen algún problema a nivel administrativo, (hace años aquí se acababa la cosa y las metían a tu nombre, hoy sigue y sigue), luego la envían a los juzgados en donde solicitaran que la policía forense compruebe si han estado involucradas en algún delito, si sale todo correcto el juez autoriza que te la puedes quedar, entonces hay que enviarla a eibar para que reconozcan los cuños y la documenten para inscribirla en el registro de armas, por ultimo se guían a tu nombre, ya sea con la AE o con el DNI.
todo el proceso te puede durar alrededor de un año.
Solo en portes y tasas puedes triplicar el valor de esas armas, normalmente solo sale a cuenta con armas de alto valor histórico o económico, con las replicas viejas suele salir más a cuenta comprar otras nuevas en la armería.
primero tendrás que justificar de donde han salido, si dices que las has comprado lo mas seguro es que te denuncien a ti y al vendedor por trafico de armas en situación ilegal, si dices que las tenias por casa te exigirán el porque no las documentaste cuando cambio la normativa (y seguramente también te denuncien), lo mas practico es decir que han aparecido entre las pertenencias de algún fallecido, o haciendo reformas en una casa vieja.
la guardia civil abrirá un expediente por hallazgo, comprobara el historial del arma para ver si tienen algún problema a nivel administrativo, (hace años aquí se acababa la cosa y las metían a tu nombre, hoy sigue y sigue), luego la envían a los juzgados en donde solicitaran que la policía forense compruebe si han estado involucradas en algún delito, si sale todo correcto el juez autoriza que te la puedes quedar, entonces hay que enviarla a eibar para que reconozcan los cuños y la documenten para inscribirla en el registro de armas, por ultimo se guían a tu nombre, ya sea con la AE o con el DNI.
todo el proceso te puede durar alrededor de un año.
Solo en portes y tasas puedes triplicar el valor de esas armas, normalmente solo sale a cuenta con armas de alto valor histórico o económico, con las replicas viejas suele salir más a cuenta comprar otras nuevas en la armería.
 El arca de noe fue construido por aficionados, titanic por profesionales. No le temas al bricolage
Re: legalizar avancargas
Otra coña adicional es que me parece que ahora hace falta que las armas hayan pasado por el BOPE (hasta hace poco, esto no era necesario...).
Re: legalizar avancargas
Con las armas de avancarga es mas facil , contacta con un fabricante en este caso Arsa , le cuentas el problema y si quieren ellos mismos telas legalizan , las mandan al BOPE ,y a tu IA , antes sacate la AE y se acabo , yo legalice un trabuco de los de moros y cristianos asi , legalizarlo no llego a los100€
Re: legalizar avancargas
Si no va a tirar con ellas, no hace falta ni la AE... es posible tener hasta dos armas de avancarga sin licencia, siempre que no se vayan a sacar del domicilio ni a disparar con ellas. Eso sí, hay que presentar un certificado médico para solicitar la guía de dichas armas.
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