Venta cargador segunda mano y legislacion

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Hwarang
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Venta cargador segunda mano y legislacion

Mensajepor Hwarang » 15 Ago 2020 19:27

Buenas tardes.

Soy nuevo por aquí y lo primero es saludos a todos l@ forer@s.

Tengo una duda y una carabina del 22 semiautomática de la cual vendi el cargador que tenía hace una pila de años, allá por el 2011. Ahora con la modificación del reglamento de armas y la obligatoria entrega de los cargadores de más de 11 cartuchos no se como proceder.

Tenía que haber notificado a la IA de la Guardia Civil la venta del mismo?. Es obligatorio comunicar la venta de un cargador?. Ahora, a la vista de la obligación, que tendría que hacer?.

Gracias y un saludo.

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Re: Venta cargador segunda mano y legislacion

Mensajepor jrdc1 » 17 Ago 2020 15:08

Buenas!

No te preocupes: la modiciación afecta a armas y cargadores de fuego central. Las y los de fuego anular siguen sin limitaciones.

Y la enajenación de cargadores es y seguirá siendo libre, mientras se respeten las disposiciones reglamentarias sobre capacidad máxima.

Saludos


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