Duda préstamo de armas

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Wyat
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Wyat » 08 Mar 2019 09:54

jrdc1 escribió:De las 6 guías de arma corta amparadas en F que tengo, en dos no hacen mención de "arma de concurso". Significa eso que no puedo sacarlas a pasear?

Eso es rarísimo. Tus guías son de estas modernas, tipo tarjeta o tienes de las antiguas que eran de cartón, así verdosas?

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Chinchu
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 08 Mar 2019 10:07

javikarras escribió:Hola a todos,

Tengo una duda respecto al préstamo de armas.

Mi licencia F es de 2a categoría y tengo guiada una carabina del .22 ya que yo no tengo la licencia E. ¿Puede prestarme un compañero (rellenando y firmando el documento de préstamo) su carabina guiada con la licencia E?

Gracias!

Jorge_deluis escribió:De todas maneras no lo veo nada claro, según tú, puedo prestarle a un amigo mi CETME guiado en F para cazar con él, porque el rifle es guiable también en D, aunque la guía pone "ARMA DE CONCURSO"... Si estuviéramos en otro país me parecería normal, pero en España...

Respecto a lo de la AER no sé a qué viene, hablamos de que el compañero sólo tiene la F y al menos a mi, todas las guías de las armas guiadas en F me ponen "ARMA DE CONCURSO"; sólo las guiadas en F, las que tengo en D,E y AE no especifican nada (como puse en el primer post).

:birra^:


Definitivamente NO SE PUEDE.

Que haya armas con características comunes amparadas por licencias diferentes, no habilita a intercambiar su uso.

La F te habilita a poseer y usar armas de concurso y sólo estas, (nunca armas con características de concurso o que puedan ser guiadas como de concurso), y son de concurso solamente si están certificadas y guiadas como tales y sólo mientras lo estén, no vale que lo estuviesen en la antigüedad o en un momento dado sino que han de estarlo en el momento de su cesión de uso temporal. En cuanto un arma cambia de tipo de guía, cambia automáticamente de condición.

Por tanto, aunque un amigo tuviese por ejemplo un rifle match del .22 l.r. guiado en la E, incluso aunque ese rifle hubiese sido antaño guiado en F, si ahora no lo está, no podrá ser prestado a alguien que sólo tiene la F.

En cuanto a que hay muchas guías de armas de concurso que no llevan el distintivo ARMA DE CONCURSO, esto ha ocurrido mucho por un problema informático de la aplicación de las IA, hace unos años, y durante bastante tiempo salían así.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Jorge_deluis » 08 Mar 2019 12:04

Eso me parecía a mi, pero como el compañero jrdc1 afirmó que sí con tanta convicción...

:birra^:
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 08 Mar 2019 12:21

Jorge_deluis escribió:Eso me parecía a mi, pero como el compañero jrdc1 afirmó que sí con tanta convicción...

:birra^:


Ciertamente no es así, y puedo asegurarlo porque este tema se suscitó como consulta en mi IA y aunque lo tenían claro llamaron a la ICAE, donde explicaron el porqué no del mismo modo que yo lo he hecho.

No existe el término guiable bajo el Regamento de Armas, un arma está guiada de tal o cual modo. Y aunque un arma cumpla las especificiaciones de arma de concurso, (que muchas lo hacen), en tanto en cuanto no esté guiada como F y certificada para ello por una federación, como si la pintan de rosa, nunca será prestable a alguien con licencia F.

Cuidado, esto no significa que tu no puedas tirar con un 22 de la E en una competición F. Eso es algo muy distinto, no hablamos de que el mismo titular dé distintos usos a sus armas, hablamos de prestarlas, y sólo se pueden prestar armas guiadas de un modo a quien tenga esa misma licencia.

No hay más que leer el reglamento de armas, una vez más.

Sección 3. Cesión temporal de armas
Artículo 91.

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos , con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

2. Con igual autorización y a los mismos efectos, podrán prestarse las documentadas con tarjeta de armas, acompañadas de este documento.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor jrdc1 » 08 Mar 2019 14:25

Buenas!

Wyat escribió:
jrdc1 escribió:De las 6 guías de arma corta amparadas en F que tengo, en dos no hacen mención de "arma de concurso". Significa eso que no puedo sacarlas a pasear?

Eso es rarísimo. Tus guías son de estas modernas, tipo tarjeta o tienes de las antiguas que eran de cartón, así verdosas?


De las modernas. Debe ser lo que comenta Chinchu.

Saludos

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 08 Mar 2019 14:45

jrdc1 escribió:Buenas!

Wyat escribió:
jrdc1 escribió:De las 6 guías de arma corta amparadas en F que tengo, en dos no hacen mención de "arma de concurso". Significa eso que no puedo sacarlas a pasear?

Eso es rarísimo. Tus guías son de estas modernas, tipo tarjeta o tienes de las antiguas que eran de cartón, así verdosas?


De las modernas. Debe ser lo que comenta Chinchu.

Saludos


Precisamente,

Me refiero a las que se hacen en tarjeta plástica, en impresoras de tarjetas.

Parece que hubo diversas actualizaciones del software de las IA, y alguna versión no imprimía lo de arma de concurso. De hecho, de entre mis guías, unas lo tienen y otras no.

Saludos,

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Extractor » 23 Mar 2019 09:27

Por cierto, os recomiendo que si prestáis un arma que si podéis prestar, os saquéis el modelo de la página de la GC. En realidad si haces uno a mano con los mismos datos que la plantilla contempla, firmas y fecha debería valer, pero algunos se han encontrado con la sorpresa de Agentes puntillosos que les han buscado problemas donde, es mi forma de verlo, no debería haberlos si están todos los datos y las firmas originales.

Un saludo

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 23 Mar 2019 10:11

Extractor escribió:Por cierto, os recomiendo que si prestáis un arma que si podéis prestar, os saquéis el modelo de la página de la GC. En realidad si haces uno a mano con los mismos datos que la plantilla contempla, firmas y fecha debería valer, pero algunos se han encontrado con la sorpresa de Agentes puntillosos que les han buscado problemas donde, es mi forma de verlo, no debería haberlos si están todos los datos y las firmas originales.

Un saludo


Como siempre, cada uno a su bola.

El modelo colgado en la página de la GC no es más que eso, un modelo que nada tiene de normalizado, ya que no está incluido en el R.A., por tanto, ningún agente puede exigir su uso. Yo he usado muchas veces uno hecho sobre la marcha, como bien dices con los datos necesarios, y nunca ha habido problema alguno.

Saludos,

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor pepe_elpata » 23 Mar 2019 11:25

Chinchu escribió:
Cuidado, esto no significa que tu no puedas tirar con un 22 de la E en una competición F. Eso es algo muy distinto, no hablamos de que el mismo titular dé distintos usos a sus armas, hablamos de prestarlas, y sólo se pueden prestar armas guiadas de un modo a quien tenga esa misma licencia.
.

Aqui tengo una duda y me explico:
La autorizacion concedida a mi club de tiro, para ejercer como tal, en lo que concierne a la Guardia Civil y doy por hecho que a los demas clubes tambien, especifica muy claramente que solo pueden usarse en todas y cada una de las diferentes instalaciones "Armas de Concurso" exclusivamente. Por lo que no se si legalmente seria correcto usar un arma guiada en "E" en una competicion tipo "F".
Tambien tengo mis dudas sobre las instalaciones de tiro al plato que si permiten las escopetas con licencia "D". Creo que contradice los principios de la autorizacion concedida ya que estas no son "Armas de Concurso".
No me satisface en absoluto que en mi club no se puedan usar armas legales aunque no sean especificamente de "concurso".
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 23 Mar 2019 19:28

Estamos con el problema de siempre.

Son los entes deportivos los que definen si un arma es de concurso o no, no la G.C.

Del mismo modo que no es atribución de la G.C., ni siquiera del R.A. definir si un arma se usa para caza mayor o menor, (esto es un error endémico de nuestra legislación), pues eso es competencia hoy de las consejerías de medioambiente, tampoco es competencia de la G.C., ni del R.A., decir qué arma es de concurso y cuál no; De hecho un arma se convierte en "arma de concurso" en el momento en que una federación deportiva la certifica como tal siempre, claro está, que cumpla lo dispuesto en el Anexo I del R.A. Pero es la misma arma, y dispara el mismo cartucho, estando bajo la D o la E, o guiada con la F.

En cualquier caso, el Reglamento de Armas deja muy claro que una carabina del 22 es para uso exclusivo en galerías y polígonos deportivos, y de hecho las define como de tiro deportivo. Entonces, ¿cómo van a negar que se use en una galería de un club deportivo? Sobre todo cuando cumple estrictamente las características de arma de concurso que se especifican en el Anexo I. Desde el punto de vista del calibre, de la energía o la potencia de un cartucho, no hay diferencia entre un arma guiada en D o E y la misma guiada en F. Entonces cuál es la base de razonamiento para que alguien defienda que si la guía es F, sí y si no, no.

Volvemos de nuevo al error de siempre, una galería debería homologarse para calibres determinados, armas cortas y/o largas, pero no para un uso del que, entre nosotros, demuestran conocer poco.

Así las cosas, puedes encontrarte con que una galería esté habilitada para arma corta y no larga, de tal modo que puedas disparar con un 45 action express y no con una carabina del .22 l.r. ¡Absurdo! O que puedas tirar con armas largas de avancarga y no con carabinas del .22, como ocurre en 50 mts. en _Canto Blanco. O sí avancarga y no con cartucho metálico de P.N., que lleva la misma pólvora y la misma carga, o menor.

Es lo de siempre, legislar cuando no se tiene ni pajolera idea, ni intención de tenerla.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor pepe_elpata » 24 Mar 2019 01:39

Chinchu escribió:Son los entes deportivos los que definen si un arma es de concurso o no, no la G.C.


Absolutamente de acuerdo que la que define que arma es de concurso o no, no es la G.C.

Chinchu escribió:Volvemos de nuevo al error de siempre, una galería debería homologarse para calibres determinados, armas cortas y/o largas, pero no para un uso del que, entre nosotros, demuestran conocer poco.
Así las cosas, puedes encontrarte con que una galería esté habilitada para arma corta y no larga, de tal modo que puedas disparar con un 45 action express y no con una carabina del .22 l.r. ¡Absurdo! O que puedas tirar con armas largas de avancarga y no con carabinas del .22, como ocurre en 50 mts. en _Canto Blanco. O sí avancarga y no con cartucho metálico de P.N., que lleva la misma pólvora y la misma carga, o menor.
.

Aqui si tiene la potestad la G.C. en lo referente a la homologacion y autorizacion para el uso de diferentes calibres en las distintas galerias del poligono de tiro. Solo conceden autorizacion para aquellos calibres que estan reconocidos legalmente por la ISSF en cada tipo de galeria. De ahi viene la incongruencia de que no puedas usar una carabina del .22 en una galeria de 25 metros y si cualquier calibre de los de fuego central y ciertas armas de avancarga. Fijate que no podrias tirar con un .45 mientras dicha galeria no cuente con autorizacion especial (y temporal) para IPSC*. Galeria de 50 metros solo para uso del .22 y avancarga Nuñez de Castro. Y asi con todas las demas.
Conclusion: Que nos han cambiado sibilinamente lo que podiamos usar en cada galeria.
Antes podia tirar con el 5,5 en la galeria de aire, o con la pistola de libre o carabina en la cancha de 25 m. o con el cetmeton en la cancha de 50 m.
Ahora no lo puedo hacer porque la G.C. no autoriza esos calibres o armas en esas galerias. Es lo que hay y si te pillan en una de esas, te pueden quitar la homologacion Ipso Facto .


* Las autorizaciones especiales debe de darlas el Delegado del Gobierno con el V.B. de la G.C., de la Policia Local del Ayto. que corresponda y varias otras medidas adicionales. Solo tienen validez para el tiempo que dure la competicion solicitada (incluidos entrenos y competicion)
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 24 Mar 2019 09:53

pepe_elpata escribió:
Chinchu escribió:Son los entes deportivos los que definen si un arma es de concurso o no, no la G.C.


Absolutamente de acuerdo que la que define que arma es de concurso o no, no es la G.C.

Chinchu escribió:Volvemos de nuevo al error de siempre, una galería debería homologarse para calibres determinados, armas cortas y/o largas, pero no para un uso del que, entre nosotros, demuestran conocer poco.
Así las cosas, puedes encontrarte con que una galería esté habilitada para arma corta y no larga, de tal modo que puedas disparar con un 45 action express y no con una carabina del .22 l.r. ¡Absurdo! O que puedas tirar con armas largas de avancarga y no con carabinas del .22, como ocurre en 50 mts. en _Canto Blanco. O sí avancarga y no con cartucho metálico de P.N., que lleva la misma pólvora y la misma carga, o menor.
.

Aqui si tiene la potestad la G.C. en lo referente a la homologacion y autorizacion para el uso de diferentes calibres en las distintas galerias del poligono de tiro. Solo conceden autorizacion para aquellos calibres que estan reconocidos legalmente por la ISSF en cada tipo de galeria. De ahi viene la incongruencia de que no puedas usar una carabina del .22 en una galeria de 25 metros y si cualquier calibre de los de fuego central y ciertas armas de avancarga. Fijate que no podrias tirar con un .45 mientras dicha galeria no cuente con autorizacion especial (y temporal) para IPSC*. Galeria de 50 metros solo para uso del .22 y avancarga Nuñez de Castro. Y asi con todas las demas.
Conclusion: Que nos han cambiado sibilinamente lo que podiamos usar en cada galeria.
Antes podia tirar con el 5,5 en la galeria de aire, o con la pistola de libre o carabina en la cancha de 25 m. o con el cetmeton en la cancha de 50 m.
Ahora no lo puedo hacer porque la G.C. no autoriza esos calibres o armas en esas galerias. Es lo que hay y si te pillan en una de esas, te pueden quitar la homologacion Ipso Facto .


* Las autorizaciones especiales debe de darlas el Delegado del Gobierno con el V.B. de la G.C., de la Policia Local del Ayto. que corresponda y varias otras medidas adicionales. Solo tienen validez para el tiempo que dure la competicion solicitada (incluidos entrenos y competicion)


Estamos hablando de lo mismo, pero no.

No confundamos potestad con aplicación.

El R.A: dispone de un Anexo I donde vienen las características de las armas de concurso por disciplinas y categorías. Ese listado no lo ha elaborado la _G.C. sino la RFEDETO, junto con sus regionales. Por tanto la G.C. simplemente se va al anexo y lo aplica.

El problema es que en ese Anexo faltan un montón de disciplinas practicadas y asociadas a las distintas Asociaciones Internacioonales. Es un problema federativo, la Nacional y el resto se han APROPIADO del derecho a ser federación de todas las disciplinas que existen, olímpicas y no olímpicas, pero no ponen los medios para que se practiquen, ni las fomentan en modo alguno.

En cuanto a las autorizaciones especiales no son más que una salida legal para que, un terreno que no es campo de tiro fijo, pueda aserlo eventualmente o uno fijo pueda dedicarse a una disciplina no homologada en el. Esto no tiene que ver con lo anterior.

Saludos,

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Extractor » 25 Mar 2019 07:35

Chinchu escribió:
Extractor escribió:Por cierto, os recomiendo que si prestáis un arma que si podéis prestar, os saquéis el modelo de la página de la GC. En realidad si haces uno a mano con los mismos datos que la plantilla contempla, firmas y fecha debería valer, pero algunos se han encontrado con la sorpresa de Agentes puntillosos que les han buscado problemas donde, es mi forma de verlo, no debería haberlos si están todos los datos y las firmas originales.

Un saludo


Como siempre, cada uno a su bola.

El modelo colgado en la página de la GC no es más que eso, un modelo que nada tiene de normalizado, ya que no está incluido en el R.A., por tanto, ningún agente puede exigir su uso. Yo he usado muchas veces uno hecho sobre la marcha, como bien dices con los datos necesarios, y nunca ha habido problema alguno.

Saludos,


Para ser sincero, han sido más las veces que he ido con la autorización "artesanal" que con la impresa. Pero lo de cada uno a su bola resulta que, de vez en cuando, se cumple, y creo que en este caso por desconocimiento por parte de aquellos que deberían saber estas cosas mejor que nadie. Más casos con los Guardas de Parque o Forestales que con la GC. Cazando prefiero mil veces encontrarme con la GC (especialmente en mi zona en la que muchos también son cazadores) que con otras Autoridades.
Un saludo

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor caton-78 » 26 Mar 2019 14:49

Buenas tardes compañeros.

Yo os puedo contar un pequeño caso que me ocurrió a mí.

Estaba un día en una montería en mi pueblo, y había venido un amigo de la familia. Y aprovecho para acompañarme.

Estábamos en el puesto y me llamaron por teléfono, le dejé el arma mientras respondía la llamada, el es cazador y tiene permiso de armas y licencia de caza.

En ese momento se presentó el forestal de turno.
Y nos pidió la documentación.
Después de darle toda, nos pidió la autorización de cesión del arma.
Yo le dije que no era necesaria, pues primero la persona que estaba cazando era yo.
El arma está a mi nombre.
Y encima estaba yo presente en todo momento.
Y que mejor autorización que mi propia palabra.


Pues no le servía.
Me hizo ir al coche, cojer un sobre, y redactar una autorización de cesión del arma, todo esto ante la amenaza de denunciarnos.

Tras enseñársela, ya tan contento.

Saludos cordiales.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor elmotero » 07 Ago 2019 01:23

Prueba de que no cabe un tonto e imbecil mas en este país - aun menos como funcionario. Y es que ni S.S. ni la K.G.B llegaría a tal extremos al menos que fuese porque te la tuviesen jurada.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor JotaErre » 08 Ago 2019 01:35

caton-78 escribió:Buenas tardes compañeros.

Yo os puedo contar un pequeño caso que me ocurrió a mí.

Estaba un día en una montería en mi pueblo, y había venido un amigo de la familia. Y aprovecho para acompañarme.

Estábamos en el puesto y me llamaron por teléfono, le dejé el arma mientras respondía la llamada, el es cazador y tiene permiso de armas y licencia de caza.

En ese momento se presentó el forestal de turno.
Y nos pidió la documentación.
Después de darle toda, nos pidió la autorización de cesión del arma.
Yo le dije que no era necesaria, pues primero la persona que estaba cazando era yo.
El arma está a mi nombre.
Y encima estaba yo presente en todo momento.
Y que mejor autorización que mi propia palabra.


Pues no le servía.
Me hizo ir al coche, cojer un sobre, y redactar una autorización de cesión del arma, todo esto ante la amenaza de denunciarnos.

Tras enseñársela, ya tan contento.

Saludos cordiales.


En todas partes hay gente de gran rigidez mental, les han explicado que las cosas tienen que ser "así, así y así", y a la que se desvían un milímetro de ese patrón, sus neuronas se colapsan.

A un compañero de trabajo mío (soy profesor de Universidad), le ocurrió un caso similar (por razones obvias, cambio su nombre).

Mi compañero era Jefe de Estudios de una licenciatura, y tenía la costumbre de quedarse trabajando hasta muy tarde. Un día, apareció el vigilante de seguridad de la Facultad y le dijo que, para estar en el despacho más tarde de las 22:00, necesitaba una autorización firmada por un jefe de estudios.

Mi compañero contestó: "¡Pero si yo soy jefe de estudios! ¿No ha visto el rótulo en la puerta del despacho, en el que pone 'Dr. Pedro Puigpera García, Jefe de Estudios de la Licenciatura en Administración de Empresas'? Si quiere, le enseño el DNI, para confirmar que yo soy Pedro Puigpera García".

Pues que no había manera, el vigilante le dice que, o le presenta una autorización por escrito, o tiene que abandonar el despacho. Después de mucho discutir, mi compañero, harto, coge un folio, escribe: "Pedro Puigpera García, Jefe de Estudios de la Licenciatura en Administración de Empresas autoriza al profesor Pedro Puigpera García a permanecer en su despacho a partir de las 10 de la noche del día de hoy", pone la fecha, firma y se lo enseña.

¡Pues al día siguiente, el vigilante se fue a quejar al Decano porque consideraba que mi compañero le había menospreciado!

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Reincidente » 08 Ago 2019 15:38

*
Última edición por Reincidente el 18 Oct 2020 19:10, editado 2 veces en total.
Prius flammis combusta quam arma Numantia victa. :tanque^:

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor merlic » 15 Ene 2020 19:27

javikarras escribió:Hola a todos,

Tengo una duda respecto al préstamo de armas.

Mi licencia F es de 2a categoría y tengo guiada una carabina del .22 ya que yo no tengo la licencia E. ¿Puede prestarme un compañero (rellenando y firmando el documento de préstamo) su carabina guiada con la licencia E?

Gracias!


Entiendo por lo que expones que no posees la licencia necesaria que ampara la guía del arma cedida, la E. En este caso la tenencia de este arma no queda amparada por la licencia que posees, la F. Esto podría ser constitutivo de una infracción del art. 36. 12 de la L.O. 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, en concordancia con el R.A. Se procedería a la intervención del arma y a su depósito en la I.A.E. correspondiente y la propuesta para una sanción por parte de la Delegación del Gobierno, de entre 601 a 30.000 euros.
"Haz lo que debas".


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