Mensajepor javichin1991 » 06 Dic 2010 17:26
Uno de los aspectos que separa la absurda y restrictiva legislación española de las del resto de las europeas, es precisamente las armas de colección, esto es, el coleccionismo de armas.
Cuando a un europeo (ya no digo a una americano) le dices que en España se deben coleccionar las armas en estado inutilizado, es decir destruidas, primero se hechan a reir y despues lloran de pena.
En España como en el resto de Europa existe una licencia de coleccionista, llamada aquí Libro de coleccionista, pero en realidad no se pueden coleccionar armas que no sean de avancarga. La fecha de 1870 esta insertada a proposito para impedir que se coleccione armas de fuego central, la condicion de historica por haber pertenecido a un hecho historico relevante y/o un personaje, es otro tanto de lo mismo, ya que es mas que difícil conseguir un certificado de arma historica, mas aun que el interventor de turno acceda a resgistrar el arma en el libro de coleccionista.
La realidad de España es que solo puedes poseer armas de forma temporal (licencia o permiso) para un uso deportivo determinado, si cesas en esta actividad deportiva pierdes el arma, bueno podrias quedarte con el arma pero ya destruido en su funcionalidad y en su valor, esto es inutilizado.
Mientras que en la inmensa mayoria de los paises europeos, las armas se coleccionan en PERFECTO ESTADO DE TIRO, esto explica porque las instilaciones en Europa son tan raras y tan destructivas, simplemente los coleccionistas de armas no necesitan inutilizar sus armas. Como en España, las armas de colección no se suelen poder sacar de casa, tampoco ser disparadas y/o comprar munición para ellas.
Hay muchos paises que podriamos citar como ejemplo, un compañero cito muy bien a Alemania, donde tras conseguir la condición de coleccionista, se pueden comprar y poseer de por vida todas las armas que se deseen (hasta 150 armas), otro buen ejemplo y quizas mas sangrante ya que dicen que somos muy parecidos a ellos, es Italia, donde hay una figura parecida al libro de coleccionista, donde se pueden registrar armas modernas sin mas problemas, un buen amigo y colega de la revista ArmiMagazine que colecciona pistolas semiautomaticas tiene nada menos que 40 de ellas en perfecto estado de tiro, por no citar otro colega de la Republica Checa (que tiene las mejores leyes de armas de Europa donde los ciudadanos honrados tienen derecho a portar armas cortas para defensa) que posee una buena colección de subfusiles de la 2GM en perfecto estado de tiro, aunque obviamente no puede tirar con ellos.
Asi pues, seria conveniente presentar una alegación acerca del libro de coleccionista, figura copiada de la legislación francesa, pero “adaptada a la española” para que se puedan inscribir de forma mas fácil las armas de fuego que no sean de avancarga.
De momento la fecha de patente o fabricacion por la cual un arma se considera antigua deberia de ser la aceptada a nivel internacional, esto es el año 1898, como siempre ocurre en España han obviado esta fecha y han puesto la de 1870 porque asi evitan que la gente pueda registrar en el libro armas de cartucho metalico, si ya se que unas pocas como los Henry de 44 anular o los S&W Russian podrian saltarse el año 1870, pero no asi un Colt SAA o un Winchester 1873, menos una Mauser C 96.
Saludos a todos,