Consulta acerca de compra-venta de piso

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Laeas
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Consulta acerca de compra-venta de piso

Mensajepor Laeas » 25 Abr 2015 19:41

Hola, quisiera consultaros una duda administrativa que tengo respecto a la compra de una vivienda.

El tema es que tanto mis padres como yo (soy hijo único) hemos comprado una vivienda usada, por un valor de compraventa de 59.000€ y la tasación catastral ha salido en 79.000€.

Quisiera saber el año que viene qué es lo que tenemos que pagarle a Hacienda por esta diferencia de 20.000€.

Para más detalles deciros que la compra es en la Comunidad Valenciana y la hacemos los 3 conjuntamente, cada uno aportando el 33% del valor. En mi caso, soy menor de 35 años por lo que tengo una reducción del 10% al 8% en cuanto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Así me puedo hacer una idea aproximada del hachazo que nos va a pegar Hacienda y vamos ahorrando.

Salud/2.

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Re: Consulta acerca de compra-venta de piso

Mensajepor Laeas » 26 Abr 2015 15:43

¿Nadie me puede echar una mano? :roll:

Salud/2.

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Re: Consulta acerca de compra-venta de piso

Mensajepor Invitado » 26 Abr 2015 17:11

https://www.canalhipoteca.com/guia.php?id=2&idp=24

Cuando se acabe la campaña de declaración de la renta de este año vas a tu delegación y te informas.

saludos.

ruben2
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Re: Consulta acerca de compra-venta de piso

Mensajepor ruben2 » 26 Abr 2015 19:29

Buenas Tardes, Laeas:

En cuanto a la compra de un piso, la cuota del ITP, se paga sobre el valor fiscal del mismo, no por el valor de la venta, que puede ser superior, o inferior (aunque si es inferior, siempre se atendrá al mínimo del valor fiscal, o llamado también valor de referencia) por lo que en vuestro caso, lo pagarais sobre 79.000 euros

Tus padres tendrán que pagar 2633 Euros cada uno (si no tienen ningún derecho a reducción)
Y tu tendrás que pagar 2106 Euros
Los gastos de notario, tendréis que acordarlos, no hay nada establecido sobre ese tema Recuerda que no se puede vender un inmueble sin el Certificado de Eficiencia Energética, que va a cargo del vendedor, pero tu necesitas una copia.
Y los gastos del Registro de la Propiedad también van de tu parte
Los demás gastos, que son la plusvalía y la ganancia patrimonial los paga la parte vendedora
También te informo, que el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales se paga en el momento de la compra-venta, si no, no te lo inscribirán en el registro de la propiedad, ni en el catastro de Hacienda. De no ser que hayáis optado por un contrato privado de compraventa, en cuyo caso no hace falta notario, no se podrá inscribir en el registro de la propiedad pero sí en el catastro de hacienda, que tiene plena validez jurídica, y es igual de válido que el Registro de la Propiedad.

Para asegurarte del valor fiscal, tienes la posibilidad de ir a la Agencia Tributaria, o en este caso, a la Dirección General de Tributos de Valencia, y hacer un escrito invocando el artículo 90.1 de la Ley General Tributaria, y están obligados a contestarte:

Artículo 90. Información con carácter previo a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles.
1. Cada Administración tributaria informará, a solicitud del interesado y en relación con los tributos cuya gestión le corresponda, sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, vayan a ser objeto de adquisición o transmisión.


No esperes a la campaña de la renta, ya que el plazo para solicitar el valor fiscal caduca el día que venza el plazo para presentar la autoliquidación del ITP, que es , 1 mes a contar desde el día de la venta. Si no lo has pedido antes, no te valdrá lo que te digan.

Un saludo y si necesitas mas datos, lo dices.

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Re: Consulta acerca de compra-venta de piso

Mensajepor Laeas » 27 Abr 2015 20:29

pringadillo escribió:No termino de entenderlo:
Yo creo que el chico por fin se marcha de casa y ha comprado una casa con la ayuda de sus padres, el podría empadronarse y como es su vivienda habitual no pagar un céntimo en impuestos, sus padres como declararán su vivienda habitual (supongo que mas cara) no les queda mas remedio que declararla como segunda vivienda, (rentas de capital inmobiliario) de manera que tendrán que pagar un porcentaje del valor CATASTRAL de la vivienda por "el privilegio de tenerla a su disposición" (situación 3, no alquilada ni vivienda habitual) después de haber ahorrado para pagarla, pagar el iva, pagar el ibi...

Antes había gente que declaraba unos valores de compraventa diferentes a los reales para generar dinero negro (o blanquearlo) y por cosas así se aplican los impuestos sobre el valor catastral, no de tasación (que los bancos también hinchaban para ofrecer mas dinero en los préstamos...) ni de compraventa.

Por otro lado la hipoteca (si la hay) ya no es un problema, antes, cuando había deducción por compra de vivienda habitual había que hacer coincidir titular del piso y titular de la hipoteca, sus padres no podrían deducirse la hipoteca y el solo el 33% porque solo es propietario de esa parte de la casa.

Finalmente cuando llegue el momento (espero que dentro de mucho) de la herencia, tendrá que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones del 66% del piso de sus padres... a no ser que tenga por ejemplo algún tipo de contrato de compraventa privado no oponible frente a terceros por el que en ese momento (la herencia) ya haya terminado de pagar su parte a sus padres tiempo atrás de manera que el posible fraude fiscal por no declarar la compraventa haya prescrito; esto es complicadillo y pasarse de listo es improductivo y terminas como Rato, Pujol...


A ver, para aclarar bien el tema y que no haya malentendidos.

No me independizo, no estaría mal porque ya va siendo hora pero no es el caso.

Vivo con mis padres y nos vamos de la vivienda habitual, que es ALQUILADA de toda la vida por desgracia, a la vivienda que os digo, que por fin compramos como propia.

Por lo tanto, en el tema de avales y cosas así no hay ninguna otra vivienda ni nada de eso, "simplemente" mi nómina que es la única fija de las tres.

Evidentemente, como yo soy el que avala con mi nómina, he querido ponerme yo también como propietario de la vivienda, a parte de mis padres.

No sé si luego en un futuro cuando la herede tendré que pagar ese 66% que no es mío. Creo que no, por lo menos en la Comunidad Valenciana. Eso es lo que me ha comentado un compañero de trabajo que se ha quedado la vivienda de su abuelo y está a nombre de su padre porque si se la ponía a nombre suyo sí que tenía que pagar bastante. Me dijo que al ponerla a nombre de su padre, como es herencia directa, no pagó nada, sólo cambiar de nombre y ya está.

No sé si esto será verdad o no. Me fío de el y espero que sea verdad para no pagar nada. A parte de él ya me lo ha comentado un par de personas más.

Salud/2.


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