CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
-
- .44 Magnum
- Mensajes: 116
- Registrado: 28 Nov 2015 17:54
- Contactar:
- Estado: Desconectado
CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Soy nuevo, ya me he presentado, soy jurista y me ha parecido preocupante el desconocimiento de los ciudadanos en general sobre esta institución legal de la legítima defensa. En españa estamos acostumbrados a oir que si te entra una persona a robar no puedes hacer nada que te tienes que defender con un medio igual o inferior al que use el intruso y que debe agredirte el primero.
vamos por partes:
1- La legitima defensa es una causa de justificación, es decir el que obre de conformidad a la misma obra de conformidad a la ley y por tanto no hay ni responsabilidad criminal ni civil, que puede apreciarse como eximente completa o incumpleta. son 4 sus requisitos, 3 aparecen en el art 20,4 del CP y otro lo añade la jurisprudencia del TS.
a( La agresión ilegítima
b) la falta de provocación suficiente
c) la necesidad racional del medio para impedirla o repelerla
d) la necesidad racionaldedefensa.
la 1º y la 4º son esenciales y sin ella no hay ni defensa completa ni incompleta, las otras dos son noesenciales, es decir si estan nos absolverán y si no están nos aplicarán una pena inferior en 1 o 2 grados.
Pongámonos en situación, un tio entra en casa por la noche, yo me despierto y lo encuentro que justo a forzado la cerraduro y está accediendo. me gustaría saber que haríais y que crees que le pasaría despues venga la policía y declare delante del juez a esa persona que estaba defendiendo su casa.
vamos por partes:
1- La legitima defensa es una causa de justificación, es decir el que obre de conformidad a la misma obra de conformidad a la ley y por tanto no hay ni responsabilidad criminal ni civil, que puede apreciarse como eximente completa o incumpleta. son 4 sus requisitos, 3 aparecen en el art 20,4 del CP y otro lo añade la jurisprudencia del TS.
a( La agresión ilegítima
b) la falta de provocación suficiente
c) la necesidad racional del medio para impedirla o repelerla
d) la necesidad racionaldedefensa.
la 1º y la 4º son esenciales y sin ella no hay ni defensa completa ni incompleta, las otras dos son noesenciales, es decir si estan nos absolverán y si no están nos aplicarán una pena inferior en 1 o 2 grados.
Pongámonos en situación, un tio entra en casa por la noche, yo me despierto y lo encuentro que justo a forzado la cerraduro y está accediendo. me gustaría saber que haríais y que crees que le pasaría despues venga la policía y declare delante del juez a esa persona que estaba defendiendo su casa.
- Parrish112
- .300 Win Mag
- Mensajes: 2331
- Registrado: 24 Feb 2014 20:02
- Ubicación: Madrid
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Entiendo que tienes la potestad de defender tu derecho a la propiedad de esos bienes, pero ahi está la clave:
-Si le instas verbalmente a que deponga su actitud es correcto
-si le instas verbalmente a que deponga su actitud y le amenazas con algun objeto contundente: correcto.
-si tras lo anterior comienza una agresion contra tu persona, estará bien hecho lo que hagas para eliminar la amenaza, desde reducirle hasta usar un arma de fuego, siempre que la agresion tenga potencial lesivo suficiente (si va en una silla de ruedas y lleva un bate, siempre puedes huir, pero si es una pistola lo que lleva, tu vida corre peligro aun en silla de ruedas)
El problema de todo esto es la prueba. Como pruebas que no has empezado tu la agresion? Como pruebas que la amenaza era suficiente y tu miedo era insuperable?
Si sale vivo y está dentro de tu domicilio, sera detenido y posiblemente condenado, pero... Y si esta muerto? No le invitaste a pasar? Le advertiste? Seguro que tenia intencion de matarte?
Ahi es donde llegan los problemas creo yo.
Un saludo!
-Si le instas verbalmente a que deponga su actitud es correcto
-si le instas verbalmente a que deponga su actitud y le amenazas con algun objeto contundente: correcto.
-si tras lo anterior comienza una agresion contra tu persona, estará bien hecho lo que hagas para eliminar la amenaza, desde reducirle hasta usar un arma de fuego, siempre que la agresion tenga potencial lesivo suficiente (si va en una silla de ruedas y lleva un bate, siempre puedes huir, pero si es una pistola lo que lleva, tu vida corre peligro aun en silla de ruedas)
El problema de todo esto es la prueba. Como pruebas que no has empezado tu la agresion? Como pruebas que la amenaza era suficiente y tu miedo era insuperable?
Si sale vivo y está dentro de tu domicilio, sera detenido y posiblemente condenado, pero... Y si esta muerto? No le invitaste a pasar? Le advertiste? Seguro que tenia intencion de matarte?
Ahi es donde llegan los problemas creo yo.
Un saludo!
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.
The worst days shooting are still better than the best days working
The worst days shooting are still better than the best days working
-
- .300 Win Mag
- Mensajes: 2400
- Registrado: 28 Mar 2010 10:42
- Ubicación: La Villa y Corte
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
El problema es que él es insolvente y tú tienes, como mínimo una casa, y al pan, pan...de donde se pueda trincar se trincará, como puedan no se van a quedar sin cobrar todos los que intervienen en el tema (las costas procesales e indemnizaciones), por que saben que como tengan que cobrar del Estado o del caco...
Lo peor que puede hacer un hombre decente en España es tocar a un "profesional", serán insolventes, pero llevan unos abogados de "cojines" y tú con uno que te presentó un primo de Cuenca (p.ej.).
Lo siento, pero la única legítima defensa que está demostrado que funciona es pegarle un tiro y tirar el cadáver al río.
Cuando estudiaba (Derecho????), cambiamos el principio " induvio pro reo" (en caso de duda, a favor del detenido) por el "induvio pro caco" (a la mínima duda, a favor del delincuente).
Como conclusión: que no os pase...que si no de una forma o de otra os jorobarán (por no poner lo otro) la vida.
Un saludo.
Lo peor que puede hacer un hombre decente en España es tocar a un "profesional", serán insolventes, pero llevan unos abogados de "cojines" y tú con uno que te presentó un primo de Cuenca (p.ej.).
Lo siento, pero la única legítima defensa que está demostrado que funciona es pegarle un tiro y tirar el cadáver al río.
Cuando estudiaba (Derecho????), cambiamos el principio " induvio pro reo" (en caso de duda, a favor del detenido) por el "induvio pro caco" (a la mínima duda, a favor del delincuente).
Como conclusión: que no os pase...que si no de una forma o de otra os jorobarán (por no poner lo otro) la vida.
Un saludo.
Pero..¡que diablos!,¡era un Hawken! (Jeremiah Johnson)
SASS # 103.303 (aka: madbullet)
SASS # 103.303 (aka: madbullet)
- lincis
- Usuario Baneado
- Mensajes: 1719
- Registrado: 07 Jun 2012 14:11
- Ubicación: León
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
madbullet escribió:El problema es que él es insolvente y tú tienes, como mínimo una casa, y al pan, pan...de donde se pueda trincar se trincará, como puedan no se van a quedar sin cobrar todos los que intervienen en el tema (las costas procesales e indemnizaciones), por que saben que como tengan que cobrar del Estado o del caco...
Lo peor que puede hacer un hombre decente en España es tocar a un "profesional", serán insolventes, pero llevan unos abogados de "cojines" y tú con uno que te presentó un primo de Cuenca (p.ej.).
Lo siento, pero la única legítima defensa que está demostrado que funciona es pegarle un tiro y tirar el cadáver al río.
Cuando estudiaba (Derecho????), cambiamos el principio " induvio pro reo" (en caso de duda, a favor del detenido) por el "induvio pro caco" (a la mínima duda, a favor del delincuente).
Como conclusión: que no os pase...que si no de una forma o de otra os jorobarán (por no poner lo otro) la vida.
Un saludo.
A lo que dice el compañero "madbullet", sólo queda añadir que también cuenta a que siglas poíticas han vendido su alma el juez y el fiscal para hacer carrera. Amén del día que tengan.
A suerte o a muerte.
Certified Armed Infidel
Certified Armed Infidel
-
- .30-06
- Mensajes: 934
- Registrado: 20 Jun 2011 22:02
- Ubicación: Mare Nostrum
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
De entrada le meto dos ostias por intentar entrar o estar entrando, y cuando venga la poli se lo lleva y punto.
Eso si seguro que el caco me denuncia y acabo pagándole por daños 200€, le hago un talon en el juzgado por 400 y en la puerta le meto otra tal y como salgo.
Eso si seguro que el caco me denuncia y acabo pagándole por daños 200€, le hago un talon en el juzgado por 400 y en la puerta le meto otra tal y como salgo.
Papaoso.
Socio 1480 de ANARMA.
Lucha por tus derechos, hazte socio.
Socio 1480 de ANARMA.
Lucha por tus derechos, hazte socio.
- annual
- .300 Win Mag
- Mensajes: 1951
- Registrado: 26 Oct 2012 12:11
- Ubicación: Servalabari
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Interesante hilo, me suscribo.
La paz siempre es posible.
Basta con rendirse.
Las Armas son necesarias, pero naide sabe cuando, por eso, si andás pasiándo y de noche sobre todo, debes llevarla de modo, que al salir, salga cortando....Martin Fierro.
Basta con rendirse.
Las Armas son necesarias, pero naide sabe cuando, por eso, si andás pasiándo y de noche sobre todo, debes llevarla de modo, que al salir, salga cortando....Martin Fierro.
- puzzling
- 505 Gibbs
- Mensajes: 20074
- Registrado: 30 Jun 2008 05:01
- Ubicación: COLONIA IVLIA VRBS TRIVMPHALIS TARRACO
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
papaoso escribió:De entrada le meto dos ostias por intentar entrar o estar entrando, y cuando venga la poli se lo lleva y punto.
Eso si seguro que el caco me denuncia y acabo pagándole por daños 200€, le hago un talon en el juzgado por 400 y en la puerta le meto otra tal y como salgo.
Y en cuanto salga del talego, encima sabrá quien eres y dónde vives….
Charlie
"The Constitution is not an instrument for the government to restrain the people, it is an instrument for the people to restrain the government"
Patrick Henry
"The Constitution is not an instrument for the government to restrain the people, it is an instrument for the people to restrain the government"
Patrick Henry
-
- .30-06
- Mensajes: 934
- Registrado: 20 Jun 2011 22:02
- Ubicación: Mare Nostrum
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
puzzling escribió:papaoso escribió:De entrada le meto dos ostias por intentar entrar o estar entrando, y cuando venga la poli se lo lleva y punto.
Eso si seguro que el caco me denuncia y acabo pagándole por daños 200€, le hago un talon en el juzgado por 400 y en la puerta le meto otra tal y como salgo.
Y en cuanto salga del talego, encima sabrá quien eres y dónde vives….
Al igual me entero ante yo antes que el de donde vive, de todas maneras, si vuelve...será bienvenido.
Papaoso.
Socio 1480 de ANARMA.
Lucha por tus derechos, hazte socio.
Socio 1480 de ANARMA.
Lucha por tus derechos, hazte socio.
- puzzling
- 505 Gibbs
- Mensajes: 20074
- Registrado: 30 Jun 2008 05:01
- Ubicación: COLONIA IVLIA VRBS TRIVMPHALIS TARRACO
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Ya… Pero la ley seguirá sin defenderte ni protegerte.
El asunto es que el caco sale siempre ganando.
El asunto es que el caco sale siempre ganando.
Charlie
"The Constitution is not an instrument for the government to restrain the people, it is an instrument for the people to restrain the government"
Patrick Henry
"The Constitution is not an instrument for the government to restrain the people, it is an instrument for the people to restrain the government"
Patrick Henry
-
- .44 Magnum
- Mensajes: 415
- Registrado: 11 Ago 2011 17:18
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Papaoso tiene razon, comparto su filosofia, ..... le hago un talon por 400 €
-
- .44 Magnum
- Mensajes: 116
- Registrado: 28 Nov 2015 17:54
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
en este caso la mera entrada en la casa o sus dependencias se reputa agresion ilegitima pot lo que ya tenemos el primer elemento. la necesidad racional de defensa comienza cuando la entrada ilicita en mi domicilio es inminente, continua mientras se esta produciendo la entrada y termina para convertirse en venganza cuando el intruso huye. la ausencia de provocacion suficiente se interpreta comola ausencia de un engaño o incitacion a que el intruso entre. ahora viene el elemento mas riguroso, la necesidad racional del medio que se interpreta por el TS como proporcionalidad de medios y de accion.
es decir si el intruso entra desarmado y le meto un tiro entre los ojos a todas luces es desproporcionado, pero si esgrime un cuchillo desde luego se puede disparar un cuchillo en manos del delincuente es un medio apto para matar. para defender no hace falta que el intruso nos acometa pues la agresion ya se ha producido al entrar por lo que el ciudadano puede utilizar un bate por ejemplo y darle una ostia mientras esta intentando entrar por que el CP no exige equivalencia de medios. si por ejemplo yo voy con la calle y me rodea un grupo de 5 individuos en un callejon con baras de hierro o cuchillos desde luego puedo utilizar la pistola antes de que me hagan nada, eso si el ataque debe ser inminente, porque la legitima defensa y la proporcionalidad en la defensa se interpreta desde las condiciones del hecho y de la persona, no es lo mismo un tio corpulento experto en artes marciales que yo que mido 1 80 y peso 85 Kg y con una torta bien dada ya me tiran al suelo.
por cierto eso de que si eres federado en artes marciales o si pegas a un menor no es del todo cierto.
por ultimo otra de las cosas que puede hacer el ciudadano es detener al intruso y cuando digo detener me refiero a como lo haria un policia, aunqie parezca algo sorprendente la ley lo contempla
es decir si el intruso entra desarmado y le meto un tiro entre los ojos a todas luces es desproporcionado, pero si esgrime un cuchillo desde luego se puede disparar un cuchillo en manos del delincuente es un medio apto para matar. para defender no hace falta que el intruso nos acometa pues la agresion ya se ha producido al entrar por lo que el ciudadano puede utilizar un bate por ejemplo y darle una ostia mientras esta intentando entrar por que el CP no exige equivalencia de medios. si por ejemplo yo voy con la calle y me rodea un grupo de 5 individuos en un callejon con baras de hierro o cuchillos desde luego puedo utilizar la pistola antes de que me hagan nada, eso si el ataque debe ser inminente, porque la legitima defensa y la proporcionalidad en la defensa se interpreta desde las condiciones del hecho y de la persona, no es lo mismo un tio corpulento experto en artes marciales que yo que mido 1 80 y peso 85 Kg y con una torta bien dada ya me tiran al suelo.
por cierto eso de que si eres federado en artes marciales o si pegas a un menor no es del todo cierto.
por ultimo otra de las cosas que puede hacer el ciudadano es detener al intruso y cuando digo detener me refiero a como lo haria un policia, aunqie parezca algo sorprendente la ley lo contempla
-
- .30-06
- Mensajes: 934
- Registrado: 20 Jun 2011 22:02
- Ubicación: Mare Nostrum
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Creo , sino me equivoco, que la ley no contempla que un ciudadano detenga a otro, creo que hay una confusion, creo que se puede RETENER que no es lo mismo que detener.
Corríjanme si me equivoco.
saludos.
Corríjanme si me equivoco.
saludos.
Papaoso.
Socio 1480 de ANARMA.
Lucha por tus derechos, hazte socio.
Socio 1480 de ANARMA.
Lucha por tus derechos, hazte socio.
-
- .44 Magnum
- Mensajes: 116
- Registrado: 28 Nov 2015 17:54
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
el 490 de la ley de enjuiciamiento criminal establece que Cualquier persona puede detener:
1.º Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
2.º Al delincuente, «in fraganti».
3.º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
4.º Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
5.º Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
6.º Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
7.º Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
en españa no existe la retencion, como en francia, toda privacion de libertad es una detencion segun reiterada jurisprudencia del constitucional. salvo el caso del internamiento del extranjero sin papeles, del incapaz o la detencion temporal del que no lleve documento de identidad fehaciente. el 490 de la Lecrim establece la facultad del ciudadano de detener, detener usando la fuerza que sea necesaria en las mismas condiciones que el policia salvo que el ciudadano salvo licencia B no puede portar armas y que en españa son armas prohibidas al uso civil las porras tonfas etc. la causa de justificacion que se aplica en esta caso es la misma que la del poli el art 20,7 CP cumplimiento de un deber o ejercio legitimo de un derecho. el policia segun dice la el 491 y ss tiene la obligacion de detener en caso de delito y tratandose de las extinguidas faltas solo cuando no tenga domicilio conocido y no preste fianza. por cierto creeis que un agente esta autorizado a pedir el dni a quien quiera y en cualquier situacion¿
1.º Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
2.º Al delincuente, «in fraganti».
3.º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
4.º Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
5.º Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
6.º Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
7.º Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
en españa no existe la retencion, como en francia, toda privacion de libertad es una detencion segun reiterada jurisprudencia del constitucional. salvo el caso del internamiento del extranjero sin papeles, del incapaz o la detencion temporal del que no lleve documento de identidad fehaciente. el 490 de la Lecrim establece la facultad del ciudadano de detener, detener usando la fuerza que sea necesaria en las mismas condiciones que el policia salvo que el ciudadano salvo licencia B no puede portar armas y que en españa son armas prohibidas al uso civil las porras tonfas etc. la causa de justificacion que se aplica en esta caso es la misma que la del poli el art 20,7 CP cumplimiento de un deber o ejercio legitimo de un derecho. el policia segun dice la el 491 y ss tiene la obligacion de detener en caso de delito y tratandose de las extinguidas faltas solo cuando no tenga domicilio conocido y no preste fianza. por cierto creeis que un agente esta autorizado a pedir el dni a quien quiera y en cualquier situacion¿
- CX4_STORM
- Usuario Dado de Baja
- Mensajes: 3161
- Registrado: 07 Ago 2012 18:14
- Ubicación: Donde me dejen estar
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
marcelopalma44 escribió:Papaoso tiene razon, comparto su filosofia, ..... le hago un talon por 400 €
¡Que no! Que eso hará de efecto llamada y vendrán todos sus amigos y familiares a "cobrar" sus 400 € y te vas a cansar de tanta ostia... Y te vaciarán la cuenta corriente.
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Bienvenido Tirantloblanch, esta muy bien lo que explicas, te daré una idea, si es que ya la tienes, y la quieres poner en practica para todos los compañeros, y es que hoy en día, hablamos de muchas causas, pero seria de muy buen ver, que dentro de los foros, personas como tu, que son abogados, pusieran en conocimiento, muchas de los problematicas que hay legales en nuestra sociedad y su solución, pues al no saberse las leyes, cometemos muchos errores, todos los que no sabemos de esas leyes, yo te animo a que lo sigas haciendo, para mas conocimiento de todos en general, pues en este país, y me perdonareis todos, falta mucha información, a todos los niveles, y en especial jurídicamente, y todos sabemos, el por que, es un país de desinformación, creo, cuanto mas grado de información, mejor son los ciudadanos, me gustaría que si te sientes bien y te animas en este foro, sigas dando información, siempre que tu quieras y te guste, seria de muy buena utilidad para todos, bien venido al foro, un Saludo Coratgia.
Anarma socio, núm.844.
Anarma socio, núm.844.
- Parrish112
- .300 Win Mag
- Mensajes: 2331
- Registrado: 24 Feb 2014 20:02
- Ubicación: Madrid
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
Pues me viene al pelo estas fotos de la conversacion que he tenido hoy con la GC via tweter
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.
The worst days shooting are still better than the best days working
The worst days shooting are still better than the best days working
- CX4_STORM
- Usuario Dado de Baja
- Mensajes: 3161
- Registrado: 07 Ago 2012 18:14
- Ubicación: Donde me dejen estar
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
¡Toma ya! Les ha faltado decir que le entregues la escopeta al intruso para que te la pueda meter por el c***
-
- .44 Magnum
- Mensajes: 116
- Registrado: 28 Nov 2015 17:54
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: CLAVES LEGALES DE LA LEGITIMA DEFENSA
La entrada sin consentimiento en domicilio es un delito eso lo tenemos todos claro. La entrada sea violenta o no sera delictiva siempre que sea en domicilio sea habitual o no y con independencia de que los moradores esten dentro o no con tal que viva gente. La casa del pueblo o la rulotte miebtras estemos de vacaciones aho tambien estan protegidos. Sin embargo yo quiero introducir otro tema, los pkupas, la pena por usurpacion no violenta es de una pequeňa multa, es delito pero castigado con multa. Eso debe cambiar en mi opinion, si el ciudadano tiene la sensacion que le pueden ocupar un piso que tenga como inversion y que la ley no le va a amparar suficientemente el ciudadano tendera a autotutelarsr y por tanto miedo mas inseguridad igual a violencia. Ante la situacion de inseguridad o se pone un policia en cada esquina o nos permiten protegernos. La solucion seria un arma de fuego en cada hogar? Yo creo que como norma general no, eso si se deberia permitor otro tipo de armas como las electricas o las armas traumaticas. Lo que no es admisible es que el ciudadano solp pueda protegerse cpn un spray que es poco mas que iun desodorante, en espaňa hasta un kubotan es considerado un arma y todo el que practique artes marciales.sabe que solp se utiliza como defensa
Volver a “Armas en la Sociedad”
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 108 invitados