AVISO!!

EL_CAMBULLONERO
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AVISO!!

Mensajepor EL_CAMBULLONERO » 10 Ago 2020 14:15

Para tiradores deportibos en tres meses entrara en vigor la nueva ley por la cual los cargadores de mas de 10 cartuchos en arma larga y 20 cartuchos en corta deberan ser entregados a la guardia civil para su destruccion da igual que los tengas limitados, por coleccionismo, etc... se considerara que tener esos cargadores sera tenencia ilicita de armas.

Si teniais pensado comprar cargadores de ar15, kalashnikov, hk con la idea de limitarlos no os gasteis el dinero.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... -2020-9134

Estad alerta y manteneos a cubierto:
https://es.wallapop.com/user/austinr-353707610

april59
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Re: AVISO!!

Mensajepor april59 » 10 Ago 2020 16:38

Buenas tardes.
Opino igual que el compañero Vorgimier. Si se reduce de forma irreversible la capacidad del cargador a lo estipulado por el Reglamento, no se incumple el mismo. Personalmente puedo añadir que en una ocasión, cazando con un F.N. semiautomático, portaba un cargador con capacidad de 4 cartuchos pero reducido a 2 mediante pasador con soldadura metálica y en un control rutinario de Agentes del Seprona, me pidieron el cargador , comprobaron in situ que su capacidad era la legal y sin más problema, los mismos agentes me comentaron que en otra ocasión sí que habían intervenido un cargador similar pero con un apaño dudoso ya que su propietario le había colocado una pieza de plástico de quita y pon bajo la teja elevadora.
Otra cosa distinta es la interpretación que se le quiera dar, pero el texto está clarísimo y sólo habla de CAPACIDAD SUPERIOR A...

5. Los cargadores de armas de fuego cortas y largas semiautomáticas de capacidad superior a 20 y 10 cartuchos, respectivamente, deberán ser entregados en la Intervención de Armas y Explosivos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto.

Un saludo

Runarcycles
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Re: AVISO!!

Mensajepor Runarcycles » 13 Oct 2020 23:11

Buenas tardes,

Yo estoy que alucino con el tema de los cargadores. Vaya FAENA.

Me compre mi S&W MP15 .300 Blackout en armería Álvarez y en la caja venía un cargador PMAG 30 GEN2 5.56x45 limitado a 4 tiros por 3 remaches (Entiendo que limitado desde el importador).

Pero es que además el cargador especifico .300 BLK de Magpul sólo se fabrica en 30 tiros, PMAG30 GEN3. El de 5.56x45 si lo hacen en 40, 30, 20 y 10 tiros (Van perfectamente bien con el .300 BLK, pero no están optimizados para él, o al menos eso es lo que dice Magpul).

Como apunta ya algún compañero "No serán legales aquellos cargadores cuya CAPACIDAD sea superior a 10 tiros en rifles ..."

Si la CAPACIDAD de forma efectiva y NO REVERSIBLE (Sin destruir el cargador en el intento) NO supera los 10 tiros

¿Donde esta el problema de que sea limitado y la limitación no reversible? Su CAPACIDAD sigue siendo 10 tiros, y jamas ni uno más , tras la limitación permanente.

Como mínimo para tener un poco de decencia, racionalidad y coherencia, podrían requerir la realización de un procedimiento normalizado - estandard de limitación permanente, sometido incluso a revisión en I.A., pero ...que te "roben" los cargadores previamente adquiridos al nuevo R.A. por la cara, es de traca.

Un saludo,

javi4
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Re: AVISO!!

Mensajepor javi4 » 24 Oct 2020 14:22

Una pregunta, es aplicable a las carabinas del 22??
No hace distinción, entiendo.
Gracias :ganster:

Guiemms
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Re: AVISO!!

Mensajepor Guiemms » 24 Oct 2020 20:21

Las palabras claves son "Fuego central"
Las carabinas de calibre 22lr son de fuego anular. No se aplica esta norma.

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Re: AVISO!!

Mensajepor Guiemms » 25 Oct 2020 00:34

La norma indica que se refiere a armas con munición de fuego central, las carabinas de calibre 22lr son de fuego anular.
Por consiguiente esta norma no es aplicable en estas armas.

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Chinchu
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Re: AVISO!!

Mensajepor Chinchu » 25 Oct 2020 13:24

javi4 escribió:Una pregunta, es aplicable a las carabinas del 22??
No hace distinción, entiendo.
Gracias :ganster:


Como puedes leer en la modificación del R.A., habla de armas de "fuego central"

y el .22 l.r. es de fuego anular :police-smiley:

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Re: AVISO!!

Mensajepor javi4 » 25 Oct 2020 21:25

Gracias, por la aclaración.
Un saludo. :ganster:

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Re: AVISO!!

Mensajepor Mr_Cranked » 19 Feb 2021 21:36

Hola,

Vivo en Inglaterra, donde practico el tiro, principalmente IPSC escopeta, y tiro en galeria con un palanquero .357 y me quiero volver a España. Tenia planes que se fueron al carajo, pero bueno, cuando consiga volver (si lo consigo), me gustaria seguir con la aficion.
Aqui las unicas armas semiautomaticas permitidas son las escopetas y las carabinas del .22 (las armas cortas estan prohibidas), asi que tengo mogollon de ganas de disparar un AR15 de mayor calibre. Ahora bien, tengo una duda con el tema de la capacidad de los cargadores. Por lo que creo entender, para tiro deportivo, solo se permiten cargadores de 4 cartuchos. Es esto correcto? O se pueden usar cargadores de 10?
Muchas gracias de ante mano.

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Re: AVISO!!

Mensajepor LobeznoEstepario » 10 Ene 2022 21:46

Esta mañana he ido a “mi” Intervención de Armas a recoger una carabina semiautomática del 22lr que he comprado online en una conocida armería de Valencia.

El agente que me ha atendido me ha pedido que abriese el paquete y que confirmase que estaba conforme con su contenido, y me ha dado el impreso para ir a abonar las tasas de la Guía de Pertenencia. He ido a pagar las tasas y, al volver a la IAE, el agente me dice que no puedo llevarme el cargador de la carabina porque es de más de 20 cartuchos, y para justificar su afirmación me enseña unas fotocopias encuadernadas con gusanillo del (según él) “Reglamento de Armas”, donde me señala el siguiente texto:

5. Los cargadores de armas de fuego cortas y largas semiautomáticas de capacidad superior a 20 y 10 cartuchos, respectivamente, deberán ser entregados en la Intervención de Armas y Explosivos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto.

– Por tanto —me dice— tengo que quedarme con el cargador.

Me quedo de piedra. No puedo creer que una de las armerías más conocidas de este país me haya vendido una carabina con un cargador ilegal.

Llamo a la armería por teléfono para preguntar, pero no cogen el teléfono. Tras varias llamadas sin obtener respuesta, empiezo a buscar en internet, y encuentro este tema de este magnífico foro de armas.es, donde lo aclaráis todo (¡Gracias, compañeros!), así que busco el Reglamento de Armas en el BOE y encuentro el Artículo 5:

e) Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de PERCUSIÓN CENTRAL
semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de
20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos, salvo los que se conserven por
museos, organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas o
coleccionistas, con los requisitos y condiciones determinados en el artículo 107.


Le señalo al agente que el artículo dice “Percusión Central”. Él lo lee detenidamente y me pregunta: “¿Y ésa no es de Percusión Central?” mientras señala la carabina. Tras unos segundos de desconcierto por mi parte por la extrañeza que me provoca que el agente me haga esa pregunta, le digo que la carabina es del 22lr y, por tanto, de percusión anular.

Sólo entonces acceden a entregarme el cargador de 25 cartuchos.

Es después, charlando con los agentes antes de abandonar la IAE, cuando me entero de que el agente que me ha atendido está sustituyendo a quien normalmente se encarga de esos trámites, que sigue de vacaciones, y me parece entender que hay agentes de baja por COVID.

Que conste que no estoy criticando al agente que me atendió, que fue muy amable y que hizo su trabajo lo mejor que pudo considerando que ese no es su puesto; ni critico al agente que está disfrutando de sus merecidas vacaciones.
Lo que sí me parece criticable es que, cuando un ciudadano va a realizar un trámite administrativo, no sea atendido por una persona preparada para esa labor, que sepa lo que se puede y lo que no se puede hacer, y más aún en un tema tan delicado como son las armas. ¿Hacen falta más agentes para dar respuesta a las necesidades de nuestro país en una situación excepcional como la que estamos viviendo?

Un saludo, y ¡Feliz año nuevo!


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