Vicente escribió:Efectivamente @RAFAELMIN , depende mucho de las situaciones, si el arrendatario es funcionario o está en un sector no tocado (carburantes, alimentación etc...) por ejemplo o si está en un sector tocado, desde luego jetas los habrá, pero nos tocará tener mucha mano derecha e izquierda. Ya veremos!!!
Sobre esto tengo varias dudas, y mas con la de globos sonda que están lanzando a ver cómo reacciona la gente, que si a fondos buitre, que si a multipropietarios, que si condonación total...
Casi me da miedo comentarlo en público, porque es peligroso airear ideas ante según qué gente.
Por ejemplo, si a los Bancos se les ha permitido aplazar las hipotecas, pero las van a poder seguir cobrando enteras, sin condonar nada, y al fin y al cabo hay una garantía hipotecaria sobre un bien real ¿por qué se habla de que los caseros, en su 95 % particulares, deban condonar y resignarse a la pérdida? No es que me extrañe que el P$O€ trate peor a los particulares que a la banca, es que esto excede de la lógica. Y además, y con la Constitución en la mano ¿es admisible que el estado intervenga en las relaciones contractuales entre particulares, sobre todo si no es para beneficiarlos (caso de la relación hipotecado-banca) sino para ordenar que sufran un perjuicio?
Las personas jurídicas, fuera: ¿y los miles de autónomos que operan a través de una SL con un capital social de 3.000 €? ¿y si esa SL solamente tiene una vivienda?
Los "multipropietarios": al principio pensé que pondrían el límite en diez viviendas, porque los padres del Koletas tienen cinco, y el Gran Guayomin nueve, pero hablan de a partir de dos viviendas; dejando el tema de castigar al que ahorra e invierte, y dejando el tema de cómo es posible clamar por la falta de vivienda en alquiler y a la vez acosar a los propietarios que ponen viviendas en alquiler, me pregunto:
- En Jaén, Soria o Zamora, seis viviendas valen lo mismo que una vivienda en Madrid, pongamos 400.000 €.
- Y en el mismo Madrid, o Barcelona, una vivienda lujosa, por ejemplo en el barrio de Salamanca, vale lo que tres viviendas modestas, pongamos 1.200.000 € ¿cómo puede ser un criterio el número de viviendas?
- Y está el tema de los propietarios por coeficientes, lo intentaré explicar con un ejemplo: una viuda ha heredado, en concurrencia con sus tres hijos, cuatro viviendas, y las tiene en alquiler: en teoría ella es arrendadora de cuatro pisos. Pero si atendemos a la estricta propiedad, podría ser, según como se haya repartido la herencia, que cada uno de los cuatro herederos sea propietario de un 25 % de cada uno de los cuatro pisos, o, si se puede presentar de otra manera, en rigor cada uno es mas bien dueño de un solo piso, no es que ella sea dueña de cuatro porque la propiedad es compartida. No sé si me he explicado bien, a veces me explico como un libro cerrado.
Por lo visto se planea, además, dejar el trámite en la presentación de una declaración responsable y gravar al casero con la carga de demostrar que no se cumplen los criterios, en vez de exigir que sea el inquilino afectado el que, como interesado, tramite unas ayudas, si se aprueba que pueda acogerse a ellas.
Lo que quiero decir es que si hacen una chapuza, que la harán, van a abrir la puerta a una litigiosidad brutal, aplastante. Y puede que sea deliberado.