LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor puzzling » 09 Feb 2015 21:20

Aparte de estar de totalmente de acuerdo contigo, creer necesarias tus valiosas aportaciones… y alegrarme de saber nuevamente de ti:

¡Permíteme enviarte un fuerte abrazo, amigo gileitor! :birra^:
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor afar21011 » 09 Feb 2015 22:04

Defraudar a Hacienda hasta 120.000 euros es un delito administrativo, si no hay Dolo y existe la intención de pagar.
Hacienda te embargará los bienes que poseas hasta llegar a la cantidad defraudada, mas el importe de la multa, a no ser que se sea insolvente. Las defraudaciones a hacienda no intervienen en las licencias de armas siempre que no sean delito penal, así que tranquilo y a esperar,.
Esto es de forma general todo tiene sus matices pero no es tu caso, parece ser que a los ultimos que pillaron meando en la calle la sentencia fué cortarsela, así que hay que cuidar este bien tan preciado.

Saludos
Última edición por afar21011 el 09 Feb 2015 22:07, editado 1 vez en total.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor gileitor » 09 Feb 2015 22:06

puzzling escribió:Aparte de estar de totalmente de acuerdo contigo, creer necesarias tus valiosas aportaciones… y alegrarme de saber nuevamente de ti:

¡Permíteme enviarte un fuerte abrazo, amigo gileitor! :birra^:


Muchas gracias Puzzling!

Este ultimo año he intervenido bastante menos que antes, porque el empezar tu vida de cero en otro pais es siempre complicado (y a veces me siento un poco como Alfredo Landa en Vente a Alemania Pepe ;-)), pero os puedo decir que os sigo leyendo con atencion; de hecho sois mi fuente principal de noticias relacionadas con España ;-)

Un abrazo compañeros :birra^: :birra^: :birra^:

alfonso,9
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor alfonso,9 » 09 Feb 2015 22:56

bueno amigos ya que no se puede comprar con la AE pelada ni replicas ni originales de cartucho metalico,me recomendais mejor un flobert o un revolver de pura avancarga???..las pistolas avancarga no me gustan mucho...tipo trabuco curro jimenez me refiero ...

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor leica » 09 Feb 2015 23:02

Hay revólveres como los de cartucho metalico pero en avancarga....solo se tarda mas en cargarlos....

yo el flobert 6mm no lo recomiendo......los disparos no llegan a los 25 metros...o los que llegan la mayoria sin fuerza para agujerear el carton de la diana....y con bastante caída y dispersión.

el flobert de 4mm imagino que será parecido

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor oscashooter » 09 Feb 2015 23:06

alfonso,9 escribió:bueno amigos ya que no se puede comprar con la AE pelada ni replicas ni originales de cartucho metalico,me recomendais mejor un flobert o un revolver de pura avancarga???..las pistolas avancarga no me gustan mucho...tipo trabuco curro jimenez me refiero ...


Ohhh... pistolas de avancarga las hay muy finas, y precisas, te lo aseguro. Al decir de los expertos (compañeros míos para los que las armas de avancarga son pasión) los revólveres tal vez sean más "atractivos" a la vista, a primera vista.... pero hay pistolas que además de ser también auténticas bellezas son más agradecidas para tirar con ellas y ultraprecisas.
Mi consejo, compañero, es que no tires a la tremenda, que te informes y documentes un poco y, si puedes, hables con quienes ya estén metidos en el ajo, que a buen seguro estarán encantados de ayudarte y guiar tus primeros pasos. Todo cuando puedan contarte, no te quepa duda, será tiempo y dinero que vas a ahorrar por haber obviado los mil tropezones que ellos antes han podido dar. Es un mundo apasionante, de veras... merece la pena darle un poco de tiempo y actuar con conocimiento de causa.
Un saludo y mucha suerte
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor JordiAMX » 09 Feb 2015 23:15

alfonso,9 escribió:bueno amigos ya que no se puede comprar con la AE pelada ni replicas ni originales de cartucho metalico,me recomendais mejor un flobert o un revolver de pura avancarga???..las pistolas avancarga no me gustan mucho...tipo trabuco curro jimenez me refiero ...


Yo esperaría un poco a ver si se aclara el tema y vuelve la cordura, pero si tienes prisa lo que te recomiendo es que compres un revólver de avancarga tipo Remington NMA del cal. 44. Te vas a divertir mucho con ellos, son muy bonitos, si es de buena manufactura tiran muy bien, son tan potentes como un SAA, y si quieres empezar a hacer puntos el arma no será obstáculo para aprender.

Todo ello sin quitarle la razón al compañero Oscashooter, una buena pistola es una buena cosa.
Cave canem.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jeremiah » 09 Feb 2015 23:34

gileitor escribió:
ESMALTINO escribió:
alfonso,9 escribió:ok ,patrisamsam,pues se lo dire y a mi ms la concederan por tener una multa de la poli local en hacienda?estacen ejecutiva sin pAGAR NI PIENSO PAGARLA,no es contra personas ni delito ni exceso de velocidad.es oara reirse yo estaba al lado de un amigo que estaba orinando en una obra en la puerta yo estaba al lado de el.porque hora del bocadillo vino la poli y lo multo y a mi tambien digo pero si yo no estaba orinando.pues nada no hubo manera y les dije en la cara pues no la pienso pagar ya hace dos años y ay esta en hacienda via ejecutiva y sin pagar.esto no afecta a la AE verdad,?gracias :roll:


Hola, por "mear en la calle" detienen en Estados Unidos, sin embargo por llevar una ametralladora a rastra no pasa nada, así que una cosa por la otra.
Saludos.


Disculpa ESMALTINO pero.... que tiene que ver lo que cuentas con lo que dice alfonso,9?

Respondiendo a tu inquietud te comento que el "mear en la calle" aqui en USA es un misdemeanor, que se suele arreglar con una "receta" del policia (dependiendo del estado, claro); eso si, por ponerte chulo con uno de ellos SI que vas al agujero un ratito para que te enfries un poco, y eso garantizado en todos los estados.

Una ametralladora???? En serio??? Creeme, esto no es Burundi... la gente no se pasea con ametralladoras y RPG's por la calle, socio... A lo mejor te referias a una "metralleta" ;-)?

Para sanciones tontas las que pone el INE en España, por ejemplo: Hace un par de semanas me enteré que por no rellenar una encuesta, te pueden empapelar miles de euros.... que te parece??


Es que lo del INE no tiene nombre, ademas saben que todo el mundo miente, por que te pueden tener haciendo la misma encuesta varios años y cuando ya estas hasta los coj... y ves que da lo mismo lo que pongas las rellenas a ojo. Y lo saben, que se de quien se lo ha dicho personalmente a
su mediador del INE.
Desde luego si todas las encuestas del INE tienen la misma fiabilidad que los datos que les pasaba uno que yo me se y al que aburrieron varios años, estas no valen mucho.
Y las cartas cuando hay retrasos en mandar datos, eso no tiene nombre, parece que el destinatario es quien mato a Manolete. En fin, la prepotencia de la Administracion pura y dura.
Que conste que este amigo mio dijo bien los datos por lo menos dos
años, hasta que se entero de que le pensaban seguir mandando cartas de estas durante otros dos o tres mas, a partir de hay, corta y pega

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor alfonso,9 » 10 Feb 2015 20:36

pues hoy fui a una armeria por echar un vistazo,y me dijeron que estan tardando las AE .de 5 a 6 meses.lo estan haciendo a cosa echa para aburrrir .madre mia espero que no me tarde eso...pero esque leyendo el justificante que me dio mi intervencion,pone si en tres meses no ay noticias puede dar por desestimada su peticion..pero asi como digo..podre recurrir en el contencioso y demas..vamos a ver... :o

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor celacanto » 11 Feb 2015 17:53

Recibido hoy 11/02/2015
DENEGACION SOLICITUD ADQUISICION CARTUCHERIA METALICA PARTICULARES, Nº.....
I.- ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha.... a través de la Intervención de Armas y Explosivos de.... tuvo entrada en esta Intervención de Armas y Explosivos de zona , solicitud presentada por el interesado en demanda de obtención de autorización para la adquisición de 1000 cartuchos del calibre.22 LR, junto con el resto de documentación.
II FUNDAMENTO DE DERECHO
PRIMERO.- El Articulo 136.3.e), del Real decreto 563/2010, 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería , y modificado por el Real decreto 1335/2012, 21 septiembre, dice que:
Si el particular en posesión de licencias A, B, D, E o F, deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
III RESOLUCION
Por todo lo expuesto anteriormente, y en virtud de las atribuciones que me están conferidas por el Real decreto anteriormente citado, he resuelto DENEGAR la autorización para la adquisición de 1.000 cartuchos metálicos calibre. 22 LR, debido a que el arma, para la que se solicita la cartuchería, está amparada por la Autorización Especial tipo AE.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor celacanto » 11 Feb 2015 18:46

Inconcruencia Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas.
2. Asimismo, para renovar la autorización especial habrá de acreditarse el uso habitual de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en campos, galerías o polígonos de tiro, durante los 5 años de vigencia de la autorización previa.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor carigvimar » 11 Feb 2015 19:26

Bueno, lamento comunicaros que según la última CIPAE (Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos), se va a exigir para tener una réplica de arma histórica de este tipo lo siguiente:
1) Ser coleccionista de armas y tener el libro de coleccionista, certificando la pertenencia a algún club de coleccionistas de armas o la firma (abal) de dos personas que ya lo sean.
2) Si además queremos guiar el arma hará falta la autorización especial.
3) A la hora de legalizar el arma (bien con la guía de pertenencia o en el libro de coleccionista) no podrá hacerlo con un solo arma, deberán ser mínimo dos o comprometerse en un plazo no superior a un año a comprar otra (demostrar la afición al coleccionismo).
4) Para adquirir la guía de pertenencia habrá que demostrar ser socio de un campo de tiro, ya que el hecho de guiar el arma es para poder utilizarla en campos o galerías de tiro autorizados.
5) La munición ha de ser de pólvora negra, es decir en las mismas condiciones que el arma original fue ingeniada.
6) Los afortunados que ya tengan el arma guiada, cuando tengan que renovar la autorización especial (AE), se les exigirá todas las condiciones narradas anteriormente, o sino tendrán que dejar el arma depositada (en todo caso esta quedará depositada hasta tenenr los requisitos exigidos).
Todo esto viene porque para la ICAE son armas de la primera categoría (armas cortas), y aunque el ministerio de Defensa asintió de que se trataban de réplicas de armas antiguas (anteriores a 1891), el Ministerio del Interior no estaba de acuerdo en que el acceso a esas armas fuera tan sencillo, así que lo han complicado todo un poco para que el que de verdad sea coleccionista lo demuestre.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor alfonso,9 » 11 Feb 2015 22:05

bueno aun queda la esperanza de la demanda que hizo anarma...en los juzgados..

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor kernelsuse » 11 Feb 2015 23:18

Celacanto, es lo que venimos diciendo, es imposible demostrar actividad con un 22 y tendrás que depositar el arma.

Pero no serás el único, con la nueva OM deja a criterio del interventor exigirte los requisitos que quiera y obligarte a entregar el arma si quiere.

ya podemos quejarnos masivamente en paralelo a la demanda de Anarma porque esto es una caza de brujas y Todo poseedor de la AE está expuesto Y ya hay casos incluso de gente que sólo tiene avancarga.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor oscashooter » 11 Feb 2015 23:35

kernelsuse escribió:Celacanto, es lo que venimos diciendo, es imposible demostrar actividad con un 22 y tendrás que depositar el arma.

Pero no serás el único, con la nueva OM deja a criterio del interventor exigirte los requisitos que quiera y obligarte a entregar el arma si quiere.

ya podemos quejarnos masivamente en paralelo a la demanda de Anarma porque esto es una caza de brujas y Todo poseedor de la AE está expuesto Y ya hay casos incluso de gente que sólo tiene avancarga.


Tres apuntes, sin añadir más, se comentan solos:

1) La ICAE opina. Hasta aquí vamos bien, "opina" e incluso eleva esa opinión al grado de "recomendación"; pero no debe pasar de ahí en lo que signifique o conlleve restringir derechos -más si la Ley ya los ampara- . Es un órgano administrativo, NO LEGISLATIVO
2) Interior no quiere... perfecto, el Sr. ministro, asesores y altos cargos están en su perfecto derecho de querer o no querer, que sobre gustos no hay disputas. Pero, nuevamente, estamos ante un órgano administrativo (el Ministerio) que en todo caso forma parte del poder ejecutivo, y éste (aunque esta consideración se viene saltando a la torera una y otra vez) NO PUEDE NI DEBE LEGISLAR salvo en casos muy concretos: haber recibido el encargo del Parlamento, caso de los Decretos Legislativos y los manidos, socorridos e hiperabundantes Decretos Leyes, que debemos recordar que SÓLO SE DEBEN USAR EN CASOS DE EXTRAORDINARIA Y URGENTE NECESIDAD... a pesar de que, como todos sabemos, lo excepcional viene siendo "habitual" en lo que es un claro desprecio a la división de poderes y una hipertrofia de las facultades legislativas del poder ejecutivo.
3) A criterio de... Eso se llama INSEGURIDAD JURÍDICA, y ésta dista un sólo paso, y bien corto, de la arbitrariedad,

La realidad es la que es, sobradamente la conocemos y padecemos, pero al menos tengamos claros los conceptos, no dejemos que, para más escarnio, nos vendan algunas decisiones como "correcta y formalmente tomadas ajustadas a derecho", porque en estos casos, ética y jurídicamente, la legalidad chirría de puro ser retorcida hacia el lado que interesa a quien la somete a sus dictados y la utiliza como instrumento para alcanzar sus concepciones ideológicas.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor leica » 11 Feb 2015 23:46

carigvimar escribió:Bueno, lamento comunicaros que según la última CIPAE (Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos), se va a exigir para tener una réplica de arma histórica de este tipo lo siguiente:
1) Ser coleccionista de armas y tener el libro de coleccionista, certificando la pertenencia a algún club de coleccionistas de armas o la firma (abal) de dos personas que ya lo sean.
2) Si además queremos guiar el arma hará falta la autorización especial.
3) A la hora de legalizar el arma (bien con la guía de pertenencia o en el libro de coleccionista) no podrá hacerlo con un solo arma, deberán ser mínimo dos o comprometerse en un plazo no superior a un año a comprar otra (demostrar la afición al coleccionismo).
4) Para adquirir la guía de pertenencia habrá que demostrar ser socio de un campo de tiro, ya que el hecho de guiar el arma es para poder utilizarla en campos o galerías de tiro autorizados.
5) La munición ha de ser de pólvora negra, es decir en las mismas condiciones que el arma original fue ingeniada.
6) Los afortunados que ya tengan el arma guiada, cuando tengan que renovar la autorización especial (AE), se les exigirá todas las condiciones narradas anteriormente, o sino tendrán que dejar el arma depositada (en todo caso esta quedará depositada hasta tenenr los requisitos exigidos).
Todo esto viene porque para la ICAE son armas de la primera categoría (armas cortas), y aunque el ministerio de Defensa asintió de que se trataban de réplicas de armas antiguas (anteriores a 1891), el Ministerio del Interior no estaba de acuerdo en que el acceso a esas armas fuera tan sencillo, así que lo han complicado todo un poco para que el que de verdad sea coleccionista lo demuestre.



pero entonces.....tienes dos modalidades a elegir...o la del libro con el tema de coleccionismo o la de la AE para usarlos....o es la primera opción siempre y la segunda en añadidura para el que quiera usarlos

luego....100 cartuchos para demostrar el uso durante un año???? y el armero?????

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor drana » 12 Feb 2015 00:33

Los que os moveis como "pez en el agua" en estos medios juristas....................., cuanto tiempo estimáis que tengamos un fallo sobre esta demanda??

Salu2 al foro!!!

leica
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor leica » 12 Feb 2015 01:22

yo no tengo mucha idea pero la de airsoft que fue algo similar no?....fueron dos años aprox si no recuerdo mal


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