muy buenas compañer@s,
he estado repasando el reglamento
https://www.fegato.eu/sites/default/file ... T_9mm_.pdfpues en ningun lugar dice que deba ser una pistola semi automatica o no pueda ser revolver.
como bien dice el compañero, puede ser cualquier arma de calibre 9mm, no tiene que ser 9x21.
si aplicasemos esta norma, tampoco podria tirar el .38 super, que es 9x21??? creo recordar..
pues hare una prueba con carga del .38 special, ya que con la del 357 jejejeje......se hace,pero no creo que me dejarian,
para muestra un boton..
4.5.2 La dimensión de la pistola está limitada por las medidas que le permitan ser
introducida completamente en una caja rectangular, que tenga un tamaño
interior de 250 mm. x 150 mm. x 40 mm. Se permite una tolerancia en la
fabricación de la caja rectangular de -0 ,0 mm. + 1,0 mm. en cada dimensión.
4.12.1 Se utilizará cualquier arma de percusión central calibre 9 mm., y sus acepciones, excepto las
de (1) solo tiro, que cumplan con las reglas desde 4.0, hasta 4.10 inclusive.
4.13.1 Se permite cualquier cartucho de fuego central calibre 9 mm. con la excepción del
wad-cutter, y cargas cuyo factor de potencia no sea inferior a 125.
Los Árbitros responsables del control de armas tendrán a su cargo la comprobación de la
munición, recogiendo cuatro cartuchos del tirador objeto del control, una vez en el puesto de
tiro, utilizando un cronógrafo y aplicando para el cálculo del factor de potencia la siguiente
fórmula: