[citando a: enano330]
hola, tengo una duda; los militares tenemos un nº de cartuchos que podemos comprar al año; mi pregunta es: puedo comprar el 31 de diciembre municion hasta hacer el cupo y luego de nuevo el dia 1 de enero? tengo el arma desde noviembre. saludos
No quisiera equivocarme, con las cifras: Si el arma que tienes es un arma corta que la has guiado como arma particular (Licencia B)
100 cartuchos al año por cada arma corta que tengas guiada de tal manera, Si esta guiada como ama de uso deportivo (Licencia F) y compras la municion en el campo de tiro no hay limitacion anual de compra solo que la municion debera guardarse en el interior del campo, no pudiendo sacarse fuera, Si se trata de un arma larga rayada para caza mayor (Licencia D)
1000 cartuchos al año, Si es una escopeta (Licencia E)
5000 cartuchos al año.
Basicamente:
Cartucheria metalica arma corta 100 u.
Cartucheria metalica arma larga 1000 u.
Cartucheria semimetalica (cartuchos escopeta) 5000 u.
Eso si ten en cuenta que en
el domicilio solo puedes tener MAXIMO 200 cartuchos en total, independienemente del tipo de cartucho que sea , tener mas de esa cantidad se consideraria deposito de municiones, puediendo ser bien una falta administrativa o un delito, segun las circunstancias. (Todo esto legalmente, otra cosa es lo que hagas).
Como sabras el permiso tipo A tiene la validez de los demas permisos, pero te has de atener a la norma general de cada arma y de sus limitaciones, P.ejemplo, yo poseo licencia A, con ella guie un .38 Spl como arma particular (amparada por la licencia B para particulares) eso significa que solo puedo comprar 100 cartuchos en el año en curso.
En cualquier caso, y aun siendo un coñazo, te recomiendo consultar el Regamento de Armas y el Reglamento de Explosivos que tratan, entre otros, las licencias y la cartucheria respectiamente.
Espero que te sea de ayuda, atentamente Alejandro Martinez.