MUY IMPORTANTE

Armas de IPSC y todo sobre las armas utilizadas en esta disciplina
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iokin
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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor iokin » 29 Ene 2010 22:11

Como de costumbre, en la Nacional, parece que hablan ex-catedra.Parrafada tras parrafada. Y el resultado es un texto confuso que mezcla demasiadas cosas. Estoy de acuerdo en que se autoricen algunas cosas, pero otras no. Y lo primero que tenia que contemplarse es que la entrada en las paginas web de las federaciones, incluida la nacional, fuera restringida y para tiradores de esa Federación.Vamos, que dejaran de ser publicamente accesibles a cualquiera como ahora ocurre. Que se entre con el numero de licencia de cada uno y punto. Con ello se obvia un monton de problemas.Que se prohiba, Kermit, que el Club 10.9, por poner un ejemplo que los dos conocemos,pueda publicar datos de los resultados de las tiradas de nuestra federación, vale?; y lo mismo en otras federaciones, que supongo tambien los hay que publican. Y que "para los viajes" se lo pidan a aquellos que van a ir a "esos viajes" no a todo aquel que quiera obtener la licencia nacional para tiradas nacionales españolas. No tiene sentido hacer esta petición a la totalidad de tiradores, ya que no va la nacional, a contratar ningun viaje para estos eventos.
Por otra parte, la Revista tambien es privativa de los poseedores de licencia nacional, por lo que no viene al caso pedir autorización a los participantes para publicar datos y fotos de cada evento.
En definitva, que pueden solicitar datos para aquellos que viajan a competiciones internacionales, pero para los que solamente participamos en competiciones nacionales, ni puñetera falta que hace que los pidan; solamente que actuen de forma correcta, restringiendo los datos exclusivaente para los tiradores y no para cualquiera que pueda sentir curiosidad por conocer quienes se dedican a este deporte, generalmente curiosidad malsana. Pero en mas facil enviar un escrito de este tenor,y que salga el sol por Antequera.¿O es que quieren hacer otra cosa con nuestros datos? Porque poner eso de que facilitaran los datos a los Organismos Oficiales, es un poco fuerte, me parece a mi. Los organismos oficiales tendrán que pedirlos ensu caso, por los conductos oficiales y justificando su necesidad y no ofreceselos de esta manera.

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kermit
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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor kermit » 29 Ene 2010 23:54

No creo que tenga demasiado sentido que una Federación o cualquier organismo público restrinja el acceso a su web a los federados, ya que en esta existe información que puede resultar interesante para el público en general y que además a traves de ella puede darse mucha información a todo aquel que desee iniciarse en este deporte. Convertirlo en un círculo restringido no haría sino acrecentar los estímulos de los detractores y seríamos tachados de sectarios, oscuros y vaya a saber cuantas cosas mas.
No olvides además que la RFETO es un Organismo Público, con subvenciónes públicas y que organiza actividades públicas englobadas y reconocidas por el Consejo Superior de Deportes y por lo tanto del Ministerio de Deportes del que a la sazón es Ministro nuestro actual Presidente del Gobierno.

Por otro lado. Desconozco lo que mencionas acerca del club 10.9, aunque evidentemente conozco el club. De todos modos, cualquier información que este y cualquier otro club haga pública, deberá hacerlo de sus socios, siempre y cuando estos hayan autorizado a hacerlo y de los no socios bajo la misma condición. De lo contrario se les podrá reclamar por ello. Tanto a ellos como a quien les haya facilitado los datos personales de quien sean publicados sin previo consentimiento y conocimiento. Eso dalo por seguro. Si yo me enterara de que hacen públicos datos mios sin pedir permiso ten por seguro que les presentaría una petición para que los retiraran de inmediato, y caso de no hacerlo, lo haría legalmente. A quien sea.

No es factible solicitar los datos solo a quien haga competiciónes internacionales, pues en las nacionales, como ya dije anteriormente, y si vas a competiciones nacionales lo sabrás, las inscripciónes hay que hacerlas en la federación territorial que las envía a la nacional y estos a los clubs. Por lo que ya es obligatorio tanto para la territorial como para la nacional solicitar la autorización.

Saludos

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor iokin » 30 Ene 2010 16:29

Decía mi abuela que “no hay mejor sordo que el que no quiere oír”, y remedando este aserto, digo “que no hay peor entendedor que el que no quiere entender”; pero como quizás no me haya expresado bien, lo voy a hacer con un sencillo ejemplo: En una pagina web, sea de la federación que sea, nacional, territorial, de club de tiro, cualquiera, se puede poner en abierto para su lectura cualquier cosa, calendario, noticias varias, estatutos, hasta fotografias porno, si se quisiera. Pero en el momento en que se llega a ACTAS, es decir a los resultados de las tiradas, cambia el tema. Entonces, antes de poder acceder a estos datos, ya hay muchas páginas que lo hacen, se pide el DNI completo, el número de la licencia federativa y, una contraseña. Con todo esto se pasa al banco de datos y se puede entrar en la zona restringida para socios de ese club, esa federación territorial o nacional. Es decir, se restringe en virtud de la ley de protección de datos el acceso a información privilegiada, que solo esta accesible interpares, es decir, para los socios de esa entidad.
Espero haberme explicado claramente, pero pondré el ejemplo: Web de la Federación de Villaconejos de Abajo. Resultados y Clasificación. (clic para entrar) Sale una pantalla que dice “zona restringida a socios, Introduzca su DNI, su nº de licencia federativa y su contraseña”. Y punto. O se tienen estos datos o no se puede acceder. Y es perfectamente legal en base a esa ley de protección de datos que se invoca en el escrito.
Ahora, pasemos a demostrar las falacias que contiene el escrito de referencia:
Punto primero.- “para la gestión interna de la licencia con el federado y cedidos a las Administraciones Públicas, en cumplimiento de la normativa deportiva, laboral, de seguridad social y tributaria”
¡Perfecto! Un ejemplo de mentir descarado, a saber: Si puedo y quiero participar en una tirada nacional, mi federación regional, envía mis datos a la nacional. Se supone que estoy de acuerdo con ello, ya que es el procedimiento habitual y lógico. Entonces, maldita la falta que hace firmar nada. Ya estoy dando el consentimiento tácitamente.
Ahora viene lo mejor: ¿Que tiene que ver conmigo, tirador la legislación laboral? NADA EN ABSOLUTO, ya que no tenemos entre la Nacional y yo, ningún contrato de trabajo, que pueda ampararse dentro de la legislación laboral. Como no hay relación contractual por causa del trabajo, la Seguridad Social tampoco puede intervenir en nuestra relación. ¿Quizás me van a asegurar dentro del Régimen General? ¿O quizás lo van a hacer en el Régimen Especial de Artistas y Deportistas Profesionales? ¡Vale, hombre, de contar chorradas!
Y la Agencia Tributaria, ¿qué tiene que ver conmigo? Acaso recibo un sueldo por participar en tiradas nacionales? Y tengo que tributar por IRPF? . ¡Demencial, este párrafo!
Ahora bien, si se refieren en él a tiradores del Plan Ado, o como se le quiera denominar a los subvencionados por la Nacional, “a sus chicos” que cobran un sueldo bajo forma mas o menos encubierta. Bien! Que se los pidan a estos tiradores. También pueden referirse al cobro que perciben los árbitros de las tiradas nacionales, ya que las cantidades que cobran los árbitros autonómicos nunca han estado, y esto es por ley, sujetos a IRPF, y ninguna federación declara ni estos pagos a efecto de la renta de las personas físicas, ni tan siquiera el IVA. Es mas, en las reuniones que se hicieron para dar títulos de directores de federaciones, a las que asistí, se dijo claramente que estaban exentas de tributación. ¿Ha cambiado la Ley? Y estoy convencido que la nacional tampoco declara los cobros por estos arbitrajes, ni hace las retenciones que debiera realizar en el caso de tributar por estos ingresos, como sería su obligación, dando al interesado el correspondiente certificado que obligatoriamente debería presentar a la hora de realizar su declaración de Renta. Y en todo caso si se fuera a tributar, no tienen porque pedir estos datos, que ya los tienen y que obligatoriamente deben tener y entregar a Hacienda Publica. Ah! Y advierto en estos temas el experto soy yo.
Entonces,¿a que Administración Publica se refieren en concreto? Solamente se me ocurre a una: INTERVENCIÓN DE ARMAS.
Y aquí llegamos al tema. Las intervenciones de armas, quieren disponer, y supongo que disponen, en este momento, digamos bajo manga, de copia de las actas de las tiradas que realizan, con objeto de conocer la actividad deportiva inherente a la concesión de una licencia de armas deportiva, como son las licencias F, AE. Las E y D como son licencias de caza suelen ir por la Federación de Caza, a excepción de las licencias de Tiro al Plato. Y aquí si que necesitan la autorización de cada tirador para facilitar esta información. No sé como estará contemplado en el nuevo Reglamento de Armas, ni si tan siquiera lo está. Pero en la actualidad, solamente podrán pedir los datos al interesado cuando vaya a renovar su licencia, mediante un certificado expedido por las federaciones correspondiente al tipo de categoría del tirador. Pero nunca pueden facilitar de motu propio estos datos sin permiso del tirador, bajo su cuenta y riesgo, las federaciones.
Y para mí aquí esta la madre del cordero. Personalmente me importa un bledo, que se facilite mi actividad deportiva a la Intervención de Armas, ya que cumplo con mis obligaciones legales como tirador, pero esto trae cola, sobre todo para esas personas que sacan la licencia y su primera adquisición todos sabemos que arma es. Y aquí quieren tener controlada la actividad de esta gente. Y vuelvo a decir, que me parece perfecto, ya que una criba del personal es necesaria, y más hoy en día, para el correcto funcionamiento de nuestra actividad deportiva. Pero lo que no admito es que me quieran hacer comulgar con ruedas de molino.¡Que, vaya, que no!
En el punto segundo, siguen diciendo cosas incomprensibles. En principio debiéramos fijar el concepto de tiradas nacionales. ¿Son abiertas a la asistencia de publico en general? ¿Son, por otra parte, restringidas al ámbito de miembros de las Federaciones de tiro? ¿Es necesario registrarse para poder acceder a las instalaciones de las Federaciones o bien puede entrar cualquier persona, sin que se le pueda poner impedimento alguno?
En el primero de los casos, que es el que me vais a decir que son, Públicas, cualquier publicidad que se dé a ese evento, no necesita autorización de ningún tirador para que se pueda publicar las fotografías del evento, ni los resultados obtenidos, obviamente, por ser de conocimiento publico. Y sobre esto hay sentencias que lo avalan. Luego no procede lo indicado en el punto citado. Y al Consejo Superior de Deportes, COE y ADO solamente enviarán los de “sus chicos” ya que por poner un ejemplo, mis datos, maldita la falta que le hacen a estos Organismos.
Con relación al punto tercero, vuelvo a insistir que las imágenes generales, no particulares de cada uno, que son de cada persona, por ser un acto publico pueden hacerse publicas. Lo que no es de recibo es “el abajo firmante autoriza.....al uso de los derechos de imagen......y autoriza la cesión y uso de la totalidad de los derechos de explotación intelectual y de imagen, en cualquier forma y en especial los de fijación, reproducción, distribución y comunicación publica.....o actividad de cualquier tipo sujeta al uso de la licencia” Esto no es de recibo. No veo por qué tengo que hacer cesión de mis derechos de imagen, etc., etc. Solamente admito que se puedan publicar, como he dicho, lo que es publico. Y si no es publico, los derechos son míos y de nadie mas y no tengo por qué firmar obligatoriamente un documento que me los secuestra.
Y bueno, lo de las Federaciones Internacionales, los de las Agencias de Viajes, ya es demencial ¡Que se lo pidan a aquellos que van a ir a tiradas internaciones, pero a un mero tirador que participa en tiradas naciones? Es que nos van a pagar los viajes directamente enviándonos el billete de avión, tren o carreta? ¿Y los que nos desplazamos en vehículo privado? ¡Vale ya!
Y los puntos seis y siete? ¿A quien se realizan controles de dopaje? A los profesionales del deporte. Esos que cobran una pasta gansa por su actividad. Es decir, los profesionales. ¿Hay profesionales en este deporte nuestro? ¡Pues que se lo hagan a ellos. A mi no. Y además, tampoco tienen ningún interés en hacerlo con un tirador de los que van a hacer de corifeos de “los chicos de la Federación” Y la notificación? No señor, yo no renuncio a mi fuero en cuanto a notificaciones y a juicios que me pudieran poner por supuestas faltas de disciplina. Y no lo hago porque no me da mi real gana en ceder aquello que la ley de faculta.
Y el punto 10 es de risa, Está puesto por obligación. Pero como voy a pedir que se rectifique o cancele? ¡Si no me dan opción! O firmas o no tiras! ¡Vivan las caenas!
En definitiva, esto es una cacicada, una imposición que no es legal, y que en un Juzgado no tiene visos de prosperar, lo diga la Nacional o el sumsumcorda. Y no debemos permitir que sin ninguna otra explicación racional se nos imponga. Aunque algunos que consideran que los beneficios que reciben son superiores a los de los demás tiradores, quieran hacernos comulgar con ruedas de molino.

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor Vicente » 30 Ene 2010 18:36

Tres puntualizaciones, por no perder el tiempo porque al igual que con la cartita de marras, en tu escrito hay unos cuantos puntos "dudosos" o "malintencionados". Creo que se están llevando las cosas a los extremos, y entre TU extremo y el de la Federación, creo que ninguno es bueno.

Por lo que dices de los impuestos, te llevarías una sorpresa si supieras que a más de un tirador por recibir ayudas les han pedido explicaciones el Fisco, si estás ayudas superan un importe determinado tienen que tributar así que es obligación de la Federación y Clubs declarar estas cosas. Si tu dices que no lo declaran o lo que sea es muy atrevido porque eso significa "defraudar a Hacienda" y a mi no me haría ninguna gracia. Aunque una vez más, desde el anonimato siempre es más fácil, ya te dugo que yo no lo diría con esa ligereza.

iokin escribió:Y los puntos seis y siete? ¿A quien se realizan controles de dopaje? A los profesionales del deporte. Esos que cobran una pasta gansa por su actividad. Es decir, los profesionales. ¿Hay profesionales en este deporte nuestro? ¡Pues que se lo hagan a ellos. A mi no. Y además, tampoco tienen ningún interés en hacerlo con un tirador de los que van a hacer de corifeos de “los chicos de la Federación” Y la notificación? No señor, yo no renuncio a mi fuero en cuanto a notificaciones y a juicios que me pudieran poner por supuestas faltas de disciplina. Y no lo hago porque no me da mi real gana en ceder aquello que la ley de faculta.


¿Tu de verdad estás Federado en Tiro o juegas al parchis amater? lo que aquí dices no tiene ni pies ni cabeza. Si eres deportista sabes que estás obligado a pasar, si procede, los controles antidopaje, si no lo hicieras tendrías problemas, esto no son para los profesionales, es para TODOS los deportistas y que los hagan o no, será por otras circunstancias pero no porque no puedan.

Despues, lo que comentas de que si te puedes ejercer tu derecho de rectificaro o cancelar, ¡¡¡ES LO NORMAL!!! ¿que esperas que te pongan en lugar de eso? es que yo lo veo en muchos sitios y NUNCA me ha extrañado (aseguradoras, páginas web, Bancos, facturas...).

La gente ya es mayorcita y no la considero tonta, que lo hable con su abogado, que lo medite y que firme, o no, o eleve el escrito a más altas instancias para defender sus derechos frente a la Federación que no se que cosas tan malas pueden hacer con nuestros datos :shock: :shock: :shock: , pero de momento yo voy a cambiar de nombre mis propiedades... por si las moscas, que no me fío :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: .

Saludos,

P.d. lo cachondo de esto, es que a muchos de estos que se llevan las manos a la cabeza, les hacen una encuesta de mierda por la calle y sueltan hasta de que se murio su abuelo :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: .

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor kermit » 30 Ene 2010 23:37

Bueno. La verdad es que Vicente me ha ahorrado mas de la mitad del trabajo que me iba a costar contestar a la numerosa lista de errores, disparates e inexactitudes que nos ha regalado iokin. Sin dejar de mencionar su inicio de intervención con marcada alusión personal que no estoy dispuesto a tolerar de ninguna de las maneras cuando desde el inicio de este tema se vienen realizando todas las opiniones e intervenciónes desde la mas estricta educación y respeto por parte de todos. No se de que va la historia, seguramente algo mas local de lo que en este foro se puede ver, aunque tampoco le voy a conceder mayor trascendencia.

Volviendo al meollo.
La LOPD, para terminar de aclararlo por última vez, trata de la protección de los datos de caracter personal que empresas, entidades y personas puedan tener de cada uno de nosotros y del tratamiento y protección que estos han de tener a la hora de trasmitirlos a terceros por parte de quienes los tengan en su propiedad. Aclarar además que todas las entidades públicas y privadas que cuentes con bases de datos de personas (afiliados, clientes, socios, federados....) tienen la obligación de registrarse en la Agencia de Protección de Datos con la finalidad de que se vigile el tratamiento de estos.

Así, la protección de datos es para con la trasmisión, cesión o publicación de los datos a terceros, entendiendose como terceros CUALQUIERA que no sea la entidad que tiene en su poder la base de datos y cada uno de los individuos que constan en esa base de datos.
En definitiva, si la RFETO en su página web, cuelga cualquier listado de participantes, clasificaciónes o lo que sea, tanto si lo hace de forma abierta como restringida como nos propone sin demasiado conocimiento de causa iokin, los datos se hacen públicos a cualquiera que acceda tanto con clave como sin ella, pues cualquier persona con o sin clave que acceda a esos datos es un TERCERO, por lo que de cualquier forma es imprescindible firmar la autorización. Sólo el puro desconocimiento inicial de lo que implica la LOPD puede llevar a proponer algo a lo que la Ley implica expresamente.

Con respecto a Organismos Oficiales, evidentemente, cuando los datos estan sujetos a otra ley de caracter superior, los datos dejan de tener el caracter de privados. Tanto en el caso de la Hacienda Pública, como en el caso de la necesaria vigilancia y control de la actividad deportiva en el uso de las armas por parte de la Intervención de Armas de la Guardia Civil, que no saca los datos de la participación en competiciónes de los federados bajo manga ni mucho menos, sino porque así lo establece el Reglamento de Armas y porque es el Organismo Competente para ello.

Por último,iokin alude a la participación en una competición nacional. La territorial envia los datos a la nacional ( se vuelve a olvidar de que la nacional los envía a un club) y que como le parece lógico y normal, no hace falta firmar nada. Así, se otorga el derecho de decidir que datos son susceptibles de protección por parte de la ley y entre que Organismos si y cuales no, por lo que se deduce que todos estamos equivocados, incluso los que promulgaron la Ley para toda la Comunidad Europea y la aprobaron, debiendole de haber preguntado sin mas a nuestro compañero. Para semejante viaje, desde luego sobraban las alforjas.

O bien hacemos un documento único para todos con el fin de que este acoja el mayor número de supuestos en él, o hacemos uno por uno un documento personalizado para que nadie diga que existe una frase que no va consigo.
"Conmigo no va la legislación laboral,... conmigo tampoco la Hacienda Pública porque soy un defraudador nato... Conmigo no va la Intervención de Armas porque me caen un poco gordos...." :? :? :? :? :?

Saludos

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor kermit » 31 Ene 2010 13:48

A continuación os pongo el artículo de la LOPD que trata el tema de la CESIÓN de datos de caracter personal y la necesidad de autorización por parte del interesado.
Creo que este texto ayudará a despejar si no todas, la mayoría de dudas al respecto de este asunto. Está sacado directamente de la web de la Agencia Española de Protección de Datos.
Espero que os sirva.

Saludos


En cuanto a la cesión de datos, si la misma comporta identificación de concretas personas físicas constituye una comunicación de datos de carácter personal, definida en el artículo 3, i) de la Ley Orgánica 15/1999, como "toda revelación de datos realizada a persona distinta del interesado".
El régimen de las cesiones de datos se contiene en el artículo 11 de la citada Ley Orgánica:
"Artículo 6. Consentimiento del afectado.
Artículo 11. Comunicación de datos.
· " Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado.
· El consentimiento exigido en el apartado anterior no será preciso:
o Cuando la cesión está autorizada en una Ley.
o Cuando se trate de datos recogidos de fuentes accesibles al público.
o Cuando el tratamiento responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la conexión de dicho tratamiento con ficheros de terceros. En este caso la comunicación sólo será legítima en cuanto se limite a la finalidad que la justifique.
o Cuando la comunicación que deba efectuarse tenga por destinatario al Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal o los Jueces o Tribunales o el Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas. Tampoco será preciso el consentimiento cuando la comunicación tenga como destinatario a instituciones autonómicas con funciones análogas al Defensor del Pueblo o al Tribunal de Cuentas.
o Cuando la cesión se produzca entre Administraciones Públicas y tenga por objeto el tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos.
o Cuando la cesión de datos de carácter personal relativos a la salud sea necesaria para solucionar una urgencia que requiera acceder a un fichero o para realizar los estudios epidemiológicos en los términos establecidos en la legislación sobre sanidad estatal o autonómica.
· Será nulo el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal a un tercero cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la finalidad a que destinarán los datos cuya comunicación se autoriza o el tipo de actividad de aquél a quien se pretenden comunicar.
· El consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal tiene también un carácter de revocable.
· Aquél a quien se comuniquen los datos de carácter personal se obliga, por el solo hecho de la comunicación, a la observancia de las disposiciones de la presente Ley.
· Si la comunicación se efectúa previo procedimiento de disociación, no será aplicable lo establecido en los apartados anteriores."
A tenor del art. 44,4,b). de la Ley Orgánica se considera infracción muy grave la cesión de datos de carácter personal sin consentimiento del interesado, fuera de los casos en que estén permitidas.

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor ippsc » 03 Feb 2010 16:50

Todos tenemos que estar de acuerdo en que, nos guste o no, vivimos en una era tecnológica en la que los datos personales juegan un papel transcendental, ya que si estos son tratados de un modo inadecuado a través de los diversos canales informáticos pueden causar a su legítimo propietario grandes perjuicios, ya no sólo éticos y morales sino también económicos.
De ahí que la propia L.O.P.D en su Art. 1 defina el objeto de la misma como “…garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.”
Hasta aquí todo correcto, por lo que se puede entender fundado el que sea necesario que la RFEdTO incorpore e inscriba en el Registro General de Protección de Datos un fichero, determinando a su vez quien es el responsable de éste. Perfecto, ya que eso redunda en el beneficio de todos los incluidos en el mismo.
Lo que ya no me parece tan normal es que una operación como ésta, la cual todos en alguna ocasión hemos autorizado, se realice del modo tan abusivo como lo hace la RFEdTO, como por ejemplo:
La citada L.O.P.D. en su Art. 3, apartado h) define el Consentimiento del interesado: “toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada…”. Señores, si me van a prohibir obtener la licencia nacional sino es a cambio del consentimiento, no creo que eso se pueda catalogar como libre.
Si el fin que persigue la Federación, con el consentimiento del interesado, es la cesión de esos datos a agencias de viajes u hoteles, al objeto de organizar los desplazamientos de los miembros del equipo nacional en las salidas al extranjero, ¿por qué no firman esa carta los componentes del equipo nacional? (que por decir algo puede que sean un 1% del total de federados), ¿será porque realizándolo así, un fichero tan escaso como ese no reportaría suficiente gratificación económica en el caso de ser tratado con fines de publicidad y prospección comercial? Pues no lo sé.
Otra cuestión sujeta a polémica es la famosa cesión de los derechos de imagen, si pensamos que lo que se pretende lograr con la firma de la referida carta, es salvaguardar su actuación y hacerlo conforme a la norma legal establecida, se supone que la Federación lo hace para evitar precisamente eso, los problemas legales, pues bien, el derecho a la intimidad y la propia imagen como puede ser añadir en alguna publicación una fotografía de un tirador en un “acto público”, como es el caso de una competición, no requiere de ese consentimiento, ya que lo es tácito tanto en cuanto el tirador es partícipe de ese acto.
Este último párrafo viene recogido en la L.O. 1/1982 para la protección del honor, la intimidad y la propia imagen, donde resumiendo mucho viene a decir algo así:
Art. Séptimo. Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas… Cinco. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos. Seis. La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga.
Art. Octavo. Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
a. Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
b. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
c. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
También resulta gracioso toda vez que incongruente, como ha apuntado alguien, el que por un lado me obliguen a firmar eso, o sino fusilado sin derecho a tambor, y por otro me contemplen la posibilidad de ejercer el derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación, curioso ¿no?
Creo que lo que de un modo u otro intenta realizar la RFEdTO no es nada nuevo, aunque sí novedoso su método, todas las empresas que ubican los datos de clientes en archivos, manuales o automatizados, lo llevan haciendo diez años, pero bien, creo que bastaría con la coletilla de siempre que dice algo así:
…DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE PROTECCIÓN DE DATOS, LA REAL FEDERACION DE TIRO OLIMPICO, INFORMA QUE LOS DATOS PERSONALES FACILITADOS EN EL PRESENTE FORMULARIO SERÁN INCORPORADOS EN UN FICHERO Y SERÁN TRATADOS DE MANERA AUTOMATIZADA. EL REMITENTE DA SU CONSENTIMIENTO PARA SER INCLUIDO EN EL MENCIONADO FICHERO QUE TENDRÁ COMO FINALIDAD EXCLUSIVA LA DE TRAMITAR LA CORRESPONDIENTE LICENCIA NACIONAL Y ESTABLECER LAS CLASIFICACIONES DE LAS COMPETICIONES EN LAS QUE PARTICIPA…. SI LO DESEA, PUEDE DIRIGIRSE A LA REAL FEDERACION DE TIRO OLIMPICO DOMICILIADA EN LA CALLE ___________________ MADRID, CON EL FIN DE EJERCER LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, OPOSICIÓN Y CANCELACIÓN.

Señores, no romperse la cabeza, que ya está casi todo inventado, y solamente unos pocos privilegiados se pueden dedicar a eso de los inventos.

Saludos, Javi González

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor iokin » 11 Feb 2010 18:03

Bien, ahora que he vuelto he leído vuestras respuestas y voy a aclarar algunas cosas que no parecen haber quedado claras.
Primero, Vicente, no estoy bajo el anonimato de un nick. Iokin, es mi nombre de pila; mas exactamente Iokin Mirena. ¿Qué es raro? Vale, pero es lo que hay. Lengua. Euskera.
Y puntos dudosos, pues pueden ser, vale. Pero tampoco dan mas explicaciones claras, así que lo admito. Pero malintencionados, no; no lo admito, ya que cuando te ves obligado a realizar un ejercicio de pensamiento, un juego de estrategia y simulación, no hay nada malintencionado. No me tergiverses, Vicente, estoy haciendo uso del pensamiento lógico para buscar la realidad de los hechos y el sentido del escrito de referencia. Y no otra cosa.
Respecto a los Impuestos, Seguridad Social, etc., he dicho que soy el experto y te lo puedo demostrar fehacientemente. ¡Coño, Vicente, que es una parcela importantísima de mi profesión! Y en cuanto conozco, me reafirmo que no se tributa por los ingresos que provienen ni de subvenciones ni por cobros como árbitros, al menos en las Federaciones Territoriales que conozco, y estoy afiliado a varias; concretamente a tres, entre ellas la de Kermit, al igual que lo están la mayoria de tiradores de Guipúzcoa, y conozco el percal de primera mano. Otra cosa es que alguien, desconozco si lo vienen haciendo o no, declare ciertos ingresos de tiradores significados con programas especiales y que viven del tiro. Conozco a varios también, y nunca les he preguntado si les declaran los ingresos por estos conceptos. Tendría que revisar la ley actual y no estoy por la labor, que bastantes cosas tengo para meterme en una mas “por afición”. No.Pero siempre les habrán dado un Certificado para unir a su Declaración de la Renta de las Personas Físicas, así que no se llamen a engaño, ya que conocen perfectamente que sus ingresos son computables a efectos de IRPF. Y nada de hacerse los sorprendidos, porque no es cierto. Otra cosa es que no se lo entreguen y declaren bajo manga. Esto es denunciable cuando te llevas “la sorpresa” para que vayan sabiendo lo que vale un peine. Así que no he dicho ninguna tontería sobre estos temas. Soy un profesional y sobre mi trabajo nunca digo tonterías (bueno, alguna vez....)
Y del Dopaje? Mira, Vicente, en las páginas 109759 y 60 del Boletín Oficial del Estado nº 310 del Viernes 25 de Diciembre de 2009, y en los puntos “Sustancias prohibidas en ciertos deportes” se preocupan tanto de controlarnos a nosotros los tiradores de ISSF, que me permiten ir con una borrachera mayúscula, siempre que sea eso que suele ser para los borrachos consuetudinarios: Un pedo sordo.
Es decir siempre que no infrinja las normas de seguridad, es decir no me vuelva con el arma cargada, no apunte al arbitro y le diga te veo doble, etc., puedo disparar sobre los blancos de los demás, dejar impoluto el mío y si me hacen el control de dopaje y ven que tengo mas alcohol en sangre, que sangre, no me pueden penalizar. Lee el punto P1 Alcohol y verás que no está prohibido, ya que se determina unos deportes concretos y el nuestro no está incluido entre ellos.
Y te lo confirmara el punto P2 Betabloqueantes, en el que si esta explícitamente citado el Tiro ISSF.
Así que me río yo de los controles que me van a hacer a mí. No niego que para lavarse la cara hagan en un Nacional un paripel de control y una vez cubierto el expediente se olviden del tiro, que tienen cosas más importantes que controlar.¡Que somos aficionados! Aunque haya alguno que se lo tome tan en serio lo de ser el “ganador” que pueda llegar a doparse. Ese no es un ganador, es un ignorante.
Y Kermit, tu mismo dices en tu exposición de la Ley de Protección de Datos: “será nulo el consentimiento para la comunicación de datos de carácter personal a un tercero......cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la finalidad a que se destinaran los datos.......
Y por otra parte citas el artº 11 El consentimiento no será preciso cuando se trate de datos recogidos de fuentes accesibles al publico (actos públicos, dije yo) Y en el atº 8 también se aclara: “...la imagen se capte durante un acto publico o en lugares abiertos al publico (creo que también lo dije)

Entonces no veo por qué os rasgáis las vestiduras por cuanto he expuesto, sin animo injuriandi, sino como un ejercicio de exposición de mi opinión sobre el tema de la dichosa cartita, de la que he tenido noticia por el foro y no por otro conducto, ya que en este caso lo hubiera expuesto en el canal de comunicación correspondiente.

Y vuelvo a decir que ya hay muchas páginas web de federaciones (madrileña, por ejemplo) y clubes ( asociación de clubes de Almería, me parece), por poner un ejemplo, que piden la contraseña para entrar en las áreas privadas destinadas a sus socios, entre cuya privacidad se encuentran las actas de las tiradas. Debiera pensarse en este tema que sí que es una verdadera protección de datos personales.
Un saludo a ambos.

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor ChusMa » 15 Feb 2010 16:22

Para mayor conocimiento de este tema,puede visitarse la página de la Federacion Aragonesa de Tiro Olimpico.
"www.tirofato.com"

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor ChusMa » 18 Feb 2010 20:49

Aunque a mi no me afectan estas normas, si soy un curioso al que gusta estar informado, y revisando varias páginas de tiro he encontrado lo que sigue:
PROTECCION DE DATOS PERSONALES.
EL EJERCICIO DEL DERECHO DE OPOSICION
Después de la denuncia interpuesta en la Agencia Española de Protección de Datos, ésta nos informa del procedimiento que debe seguir cada tirador para que sus datos no aparezcan fuera de la RFEDETO. Según la AGPD, la Federación Española ha cometido un abuso en la petición de cesión de datos del documento publicado en su web.
En los diferentes puntos del escrito, la Federación Española, mezcla peticiones abusivas junto con términos previstos en la Ley de Protección de Datos.
Esto último es muy importante a la hora de ejercitar el derecho de oposición porque, según la AGPD, no se puede solicitar la anulación del documento o puntos completos del mismo, sino que hay que concretar los términos a los que queremos ejercer el derecho de oposición. Si no fuera así, la reclamación sería invalidada.
Alguien nos decía ayer: “…sí, pero es que las multas a la Federación las pagamos todos…”. Y tiene razón, pero ¿qué hacemos? ¿nos callamos?
PROCEDIMIENTO:
1º.- Carta certificada CON ACUSE DE RECIBO a la Real Federación Española de Tiro Olímpico en la que se introduce:
- Fotocopia del D.N.I.
- Documento de Derecho de Oposición (una copia se la tienen que sellar en Correos).
- Copia del Documento que debían firmar los tiradores de Información, Compromiso y Autorización remitido por la RFEDETO a clubes y Federaciones (documento que firmamos obligados por la Federación Española).

GUARDE TODAS LA COPIAS Y RECIBOS DE CORREOS
Puede presentar personalmente en la Federación Española su petición de Derecho de Oposición. Su copia tienen que registrarla, poner un sello en la misma y que figure la fecha de entrada.

2º.- La Federación Española tiene 10 días para contestar al interesado, después del acuse de recibo o fecha del registro de entrada.

3º.- Si la Federación Española NO CONTESTA (en el plazo estipulado) o SE NIEGA a lo solicitado, el siguiente paso es interponer en la Agencia Española de Protección de Datos, mediante el Documento de Reclamación de Tutela por Denegación del Derecho de Oposición.

PARA ABRIR LOS DOCUMENTOS DE EJEMPLO COLOQUE EL CURSOR SOBRE EL DOCUMENTO DE DERECHO DE OPOSICIÓN Y SOBRE EL DOCUMENTO DE RECLAMACIÓN DE TUTELA.
COPIE ESTOS DOCUMENTOS, RELLENE SUS DATOS PERSONALES, MODIFIQUE O AMPLIE SU CONTENIDO Y ENVÍELO POR CORREO:
EL DOCUMENTO DE DERECHO DE OPOSICIÓN ENVÍELO A:
REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TIRO OLÍMPICO
C/ Sombrerería, 22. 28012 MADRID.

EL DOCUMENTO DE RECLAMACIÓN DE TUTELA POR DENEGACIÓN DEL DERECHO DE OPOSICIÓN ENVÍELO A:
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
c/ Jorge Juan, 6. 28001 Madrid.
La comunicación a la Agencia Española de Protección de Datos se hace por carta, aunque aconsejamos que vaya certificada, a la c/ Jorge Juan, 6, 28001 de Madrid.

El abuso al que nos somete el señor Rodrigo de Mesa, valiéndose de la coacción de la participación en la tiradas nacionales, hace que los tiradores nos veamos obligados a firmar el documento emitido por la Federación Española.
No hay problema, firmen el documento. Sabemos que este señor mantendrá a toda costa su postura, sobre todo por lo que conlleva, y nuestra vida deportiva no puede terminar por las mezquindades de este personaje. Pero es muy importante para todos los tiradores en general que ejerzan el DERECHO DE OPOSICION.
Si el tirador no ejerce el derecho de oposición, la Federación tendrá la totalidad de los derechos de explotación intelectual y de imagen sobre su persona. La Federación podrá colocar fotografías o vídeos de su persona en cualquier medio, e incluso cobrar por ello. ¡Cuidado con este asunto!, es más peligroso de lo que a simple vista parece.
Si firma el documento que la Federación impone a los tiradores que quieran sacarse la Licencia Nacional, y después no ejerce el DERECHO DE OPOSICION con el procedimiento aquí expuesto, le recordamos que el Señor Rodrigo de Mesa Ruiz, mientras se resuelve el procedimiento penal y administrativo que se ha interpuesto contra él, PUEDE CEDER O VENDER TODOS SUS DATOS PERSONALES que obren en la Federación Española ó en las Federaciones Territoriales que hayan firmado el Convenio. (https://www.armasycompeticion.es/asat/84 ... ritoriales)
Datos que la RFEDETO tiene o va a tener de usted (según consta en la AGPD):
- NOMBRE Y APELLIDOS
-D.N.I./N.I.F.
DIRECCION
TELEFONO
OTROS DATOS DE CARACTER IDENTIFICATIVO
FEDERACION AUTONOMICA A LA QUE PERTENECE
DATOS DE CARACTERISTICAS PERSONALES
DATOS DE CIRCUNSTANCIAS SOCIALES

No piense que esto no va con usted, afecta a todos los tiradores, tiene más importancia de lo que parece, y en algún momento puede ser contraproducente para usted. Además, hoy nos piden esto ¿y mañana qué nos pedirán?





El primer escrito:
Escritos referenciados

DERECHO DE OPOSICION
EJERCICIO DEL DERECHO DE OPOSICION


DATOS DEL RESPONSABLE DEL FICHERO

Nombre: Real Federación Española de Tiro Olímpico
Dirección: c/ Sombrerería nº 22, C.P. 28012 de Madrid
C.I.F. : Q2878040A


DATOS DEL INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL

D………………………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en la calle/plaza…………………………………………………………………., nº……….
Localidad……………………………………………Provincia………………………………………………..
C.P………………………Comunidad Autónoma, con D.N.I………………………., del que acompaño copia, por medio del presente escrito ejerzo el derecho de oposición, de conformidad con lo previsto en los artículos 6.4, 17 y 30.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y en los artículos 34 y 35 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que lo desarrolla y en consecuencia,

EXPONGO,

El 22 de enero del presente año, la Real Federación Española de Tiro Olímpico remitió a las Federaciones Territoriales y clubes, un documento con el título: DOCUMENTO DE INFORMACIÓN, COMPROMISO Y AUTORIZACIÓN. En la carta de presentación del mismo se exigía su firma si no quería ser excluido de las actividades de ámbito nacional.

Como quiera que la carta de envío y presentación de citado documento exigía su firma, me vi obligado a enviarlo a la Federación para no ser excluido de las actividades de ámbito nacional.

Una vez cumplido el requisito inicial y a tenor de lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, como figura en el punto 10 del citado documento, y haciendo valer mi derecho de acceder, rectificar o cancelar los datos referentes a mi persona incluidos en las bases de datos de esa RFEDETO en la c/ Sombrerería, 22, 28012 de Madrid, les comunico lo siguiente:

1º.- NO AUTORIZO a tratar mis datos personales para publicidad fuera del ámbito federativo y deportivo. Expresamente no quiero que mis datos se faciliten a empresas que puedan organizar acontecimientos deportivos.

2º.- NO AUTORIZO a la Real Federación Española de Tiro Olímpico la cesión y el uso de mis derechos de explotación intelectual y de imagen en cualquier forma, y en especial los de fijación, reproducción, distribución y comunicación pública. El uso de los derechos de imagen por parte de la RFEDETO requerirá una autorización previa por mi parte.

3º.- Sólo autorizo la cesión de mi nombre, apellidos y D.N.I. a la agencia de viajes que pueda gestionar y organizar un viaje para competiciones internacionales.

4º.- Autorizo las pruebas de control de sustancias prohibidas, pero NO AUTORIZO el tratamiento de mis datos de salud que no estén directamente relacionados y sean necesarios para la prueba realizada.

5º.- NO AUTORIZO a que el Comité de Disciplina Deportiva utilice el domicilio de mi club y de mi Federación Autonómica como domicilio de notificaciones.


Para acreditar la situación descrita, acompaño una copia de los siguientes documentos:

a) Documento de Información, compromiso y autorización que la Real Federación Española remitió a clubes y Federaciones Territoriales el 22 de enero de 2010.


SOLICITO,

Que sea atendido mi ejercicio del derecho de oposición en los términos anteriormente expuestos.

En……………………………, a…….. de ……………………………de 2010



Firmado:


El Segundo escrito:


DERECHO DE OPOSICION
RECLAMACIÓN DE TUTELA POR DENEGACIÓN DEL DERECHO DE OPISICIÓN.


DATOS DEL INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL

D………………………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en la calle/plaza…………………………………………………………………., nº……….
Localidad……………………………………………Provincia………………………………………………..
C.P………………………Comunidad Autónoma, con D.N.I……………………….


DATOS DEL RESPONSABLE DEL FICHERO

Nombre: Real Federación Española de Tiro Olímpico
Dirección: c/ Sombrerería nº 22, C.P. 28012 de Madrid
C.I.F. : Q2878040A


Por el presente escrito pongo en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos que, con fecha………………………., ejercí el derecho de oposición ante el responsable del fichero señalado, habiéndose denegado por éste el citado ejercicio en el siguiente sentido:
(Se indica uno de los tres puntos siguientes)
§ No se ha contestado en el plazo de diez días hábiles.
§ Se ha denegado la oposición total o parcialmente sin justificación.
§ Se ha denegado la oposición motivadamente.

Al objeto de que por parte de esa Agencia Española de Protección de Datos se pueda comprobar lo señalado, se remite junto con el presente escrito, la siguiente documentación:

(Marque o copie sólo los documentos que adjunta de esta relación)

§ Copia del escrito de petición de oposición sellada por el responsable del fichero.
§ Copia del escrito de petición de oposición sellada por la oficina de correos.
§ Copia del resguardo del envío por correo certificado
§ Copia de cualquier otro medio de prueba del que se pueda deducir la recepción de la solicitud de oposición.
§ Copia de la denegación de oposición dictada por el responsable del fichero.
§ Copia del D.N.I. del interesado.


En virtud de cuanto antecede,

SOLICITA la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos al amparo de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por vulneración del artículo 16 de la referida Ley Orgánica, y de los artículos 31, 32 y 33 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que la desarrolla.

En………………………………………..a…………de……………………………………….de 2010

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor Farnacho » 19 Feb 2010 10:30

ChusMa gracias por aclararnos un poco las ideas.

El procedimiento a seguir lo has expuesto de forma muy clara. ¿Sabes si algún grupo de tiradores o federación territorial está siguiendo este sistema de forma masiva?

Lo pregunto porque ya sabemos lo que ocurre en este país, que nos quejamos mucho pero que luego no reclamamos.

Saludos

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor Farnacho » 19 Feb 2010 11:54

Me respondo, en parte, a mí mismo

https://www.armasycompeticion.es/asat/94 ... go-de-mesa

Saludos

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor FuFuFu » 22 Feb 2010 16:32

Farnacho escribió:Me respondo, en parte, a mí mismo

https://www.armasycompeticion.es/asat/94 ... go-de-mesa

Saludos

La cosa esta muy, pero que muy clara. Mientras no nos asociemos de verdad, seguiran pisandonos, y ya no solo en esto si no en la normativa de campos etc,etc...

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor Vicente » 22 Feb 2010 23:13

FuFuFu escribió:
Farnacho escribió:Me respondo, en parte, a mí mismo

https://www.armasycompeticion.es/asat/94 ... go-de-mesa

Saludos

La cosa esta muy, pero que muy clara. Mientras no nos asociemos de verdad, seguiran pisandonos, y ya no solo en esto si no en la normativa de campos etc,etc...


Ya, el problema de cualquier Asociación es; para que sirve y al servicio de quien está... así que ojito. Los que somos un poquito veteranos, por tiempo que no por edad, ya hemos conocido alguna que otra y mira todavía como estamos.

A ver si sale alguna realmente independiente y sin intereses, eso es lo complicado, el que conozca alguna así que levante la mano, yo no.

Saludos,

BARROS
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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor BARROS » 26 Feb 2010 17:28

:apla: :apla: :apla: Tu si que has dado en el clavo Vicente,verdad es que el zorro sabe más por viejo que por zorro....Y vamos que me junto a ti con respecto a que si alguien sabe de una asociación que no tenga más interés que el de todos y su objetivo sea puramente deportivo,que me avise a mi también,hay mucho zorrín con piel de cordero....

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor Hidrogeno » 01 Mar 2010 21:25

Hola a todos. En primer lugar yo entiendo al igual que otros tiradores que no hay nada ilegal en firmar el documento "susodicho". He preguntado a otros deportistas federados en otras federaciones, y el mismo existe en iguales ó parecidos terminos.
Por otro lado como tambien opina Paco, ¿que hay de malo en ello?, Mas fichados que estamos ya, imposible. Como tu dices, seguramente que si que hay problemas mucho mas gordos que ese y sin embargo nadie dice nada.
Hay alguien que habla de asociarse. Digo lo mismo que opinan algunos foreros. Eso estaria bien cuando existiese una Asociacion limpia y digna que no esté dirigida por quienes solo la utilicen para su propio beneficio. Recuerdo de una que apareció hace bastantes años ofreciendo su apoyo a los tiradores y comiendose el mundo. Resultado: NADA DE NADA "CERO PATATERO". Y ahora que me diga alguien donde y como se come eso. Desde luego desde mi modesta opinion, aquellos que ahora resurgen con las mismas promesas, a mi en particular no me van a convencer. Estoy con Vicente.Que alguien venda una moto que arranque porque de momento la que hay se cae a cachos.
Ademas adelanto un pronostico: Quien recomienda que de momento no se firme el susodicho documento de cesion de datos, estoy seguro que ya lo ha firmado.
Creo tambien como otros, que hay cosas mucho mas importantes. Ah, y reitero: lo de asociarse, vale pero cuando haya algo digno y serio.

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor Divemaster » 05 Mar 2010 13:38

Bueno, pues ya ha llegado la primera fase de la copa presidente. Yo no puedo ir luego ni siquiera me apunté, pero los que váis a participar ¿habréis tenido finalmente que firmar digo yo?

¿Alguien que se haya apuntado y no haya firmado?

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Re: MUY IMPORTANTE

Mensajepor iokin » 12 Mar 2010 20:03

Divemaster, respondiendo a tu pregunta: NO. fijate que sencillo es; todos hemos firmado el panfleto en cuestion. ¿Y sabes la causa? También es muy sencillo: O firmas o no te dejan participar ni en Preliminares ni en Tiradas Nacionales.
Y ahí es donde está el quid de la cuestión. Eso es una solemne caciquada de la Nacional y sus esbirros regionales. Y a eso es a lo que los "normales" nos oponemos, al "ordeno y mando" sin más. ¡Ya está bien de imposiciones con estas gentes que dicen gobernarnos. Quieren un pais comunista en el que la obediencia en la madre de poder vivir en él
Y damos razones claras y contundentes, a saber: El Reglamento de Armas a los poseedores de 1ª categoria les obliga a competir en una Tirada Nacional, o en su caso, en una Preliminar, anualmente durante la duración de su licencia. Y la Federación Nacional No es competente para cambiar o impedir por mor de sus deseos caciquiles e inexplicados, el cumplimiento obligatorio que impone el Reglamento de Armas a los tiradores de 1ª categoria. Y como no te dejan tirar sino firmas, solo tienes dos soluciones: Firmar o ir con un Notario y levantar Acta de denegación de tirada. Y claro, lo mas fácil es firmar, o no?
Te lo he aclarado? Cuando en este pais dejemos de hacer dejación de nuestros derechos y a la mas minima imposición nos rebelemos contra los gobernantes de cualquier clase que se nos quieran imponer por la fuerza, empezaremos a ser libres y como tal, empezaremos a ser Personas. Pero al parecer todavía falta mucho para llegar a ello.


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