La verdad es que no veo porqué se define la categoría Junior de manera diferente a como la define la IPSC.org:
(b) Junior: Competidores que tienen menos de 18 años de edad al primer día de la Competición.
No le veo sentido ni a la definición del
Reglamento de Régimen Interior ( del 2014 ):
Juniors con edades comprendidas entre los 18 y los 20 años.
Ni a la propuesta reflejada en la
Normativa de Recorridos de Tiro 2017(b) Junior, competidores que tienen menos de 21 años de edad al primer día de la competición.
En este país la mayoría de edad se alcanza la los 18 años. Toda referencia a "menor de 21 años" suena a normativa legal obsoleta y no revisada. Y sospecho que puede ser recurrido fácilmente
Y si el problema es que el RA no permite el uso de un arma corta a un menor de 18 años, pues no hay competidores Junior para IPSC Handgun. Pero sí puede haberlos para IPSC Action-Air y IPSC Escopeta y IPSC MiniRifle. Que también con disciplinas de RRTT reconocidas por la RFEDETO.