Buenas!
Jon_Garfio escribió:Jrdc1, estás seguro que los entrenos no han de estar supervisados por un árbitro?
Eso de que llegas, tiras y te vas se hace, me consta, pero no es lo que marca la ley.
Los entrenos han de estar aprobados con anterioridad por la IA, tanto los ejercicios como el dia a realizarlos.
Cada uno que haga lo que le plazca, pero luego cuando pase algo no lloremos.
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Recuerda que cada IA es un mundo, y lo que pasa en un lugar no debe, necesariamente, pasar en otro. En el caso de Montjuic, que es el que más conozco, se entrena dos tardes a la semana en una galería cubierta para la ocasión, de manera grupal y bajo la supervisión de alguno de los tiradores más expertos de club, pero no se si tienen titulación de entrenador, o ésta es necesaria. Sin practicar IPSC allí, también tenia contacto con el Club de Tir Sabadell, donde se practica en galería cerrada por los seis lados, y lo que me comentaban la gente del club es que los tiradores habilitados no tenían más que ir, cerrar la puerta, colocar las dianas y disparar. Si me tomaron el pelo, mea culpa.
De todos modos, el tema me cuadra, porque la mayoría de clubes en los que se practica IPSC se tira al aire libre, donde los proyectiles pueden salir si no se cumplen los ángulos verticales, y es lógico que la GC quiera estar informada de la actividad así practicada. Por otro lado, en la propuesta de reglamento unificado efectuada por la federación extremeña que se ha discutido a fondo en este foro, aparece la obligatoriedad de la presencia de entrenador habilitado, punto muy discutido por la mayoría de los foreros interesados en el tema. Si ya fuera obligatorio, no le habrían dado más importancia que a, por ejemplo, disponer de un espaldón adecuado a los calibres a emplear, por ejemplo.
El hecho es que, en los reglamentos publicados, no hay ninguna mención a la obligatoriedad de la presencia de entrenador titulado en el entrenamiento de ninguna de las modalidades - otra cosa es en los entrenamientos controlados que algunos clubes o federaciones ofrecen para justificar la práctica deportiva con vistas a la renovación de la licencia F; como levantan acta para emitir el certificado correspondiente, sí debe haber alguien con conocimientos certificados.
En fin, que me ha salido un tocho, y quizás por tirarme a la piscina sin que cubra más de un palmo. Alguien con mayor conocimiento me podrá corroborar o corregir, según sea.
Saludos!
PS. Se supone que el IPSC lo practica gente con un curso específico que ha pasado un período de prácticas más o menos intenso. Si esta gente necesita - necesitamos - mayor supervisión reglada que el tirador de pistola velocidad, por poner un ejemplo, apaga y vámonos.