Mad_Joe escribió:Buscando un poco por la página de la RFEDETO me he encontrado con la última versión de los estatutos, actualizados a 21 de marzo:
https://www.tirolimpico.org/apps/display ... EL+CSD.pdfEn la página 5 podemos ver lo que nos decía el compañero byWok.
Ahora sólo falta saber si esa aprobación sirve para que desde las IAs y delegaciones de gobierno pertinentes, nos autoricen las tiradas de la misma forma que nos autorizan las de IPSC pistola.
Vamos avanzando...

Para contentar a las IAs y delegaciones de gobierno hará falta algo más.
Primero hace falta que la RFEDETO publique los reglamentos bajo los que se deben desarrollar estas nuevas especialidades de IPSC. Y lo tiene fácil. Más que nada porque hace poco colgué este mensaje:
https://www.armas.es/foros/i-p-s-c-recor ... 0#p3041488En él está lo que les hace falta ( una vez pedido permiso a Víctor Riubrugent por su excelente trabajo, claro ).
A partir de ahí, sólo hace falta que los campos cumplan con los requisitos mínimos de seguridad para cada una de las nuevas especialidades.
Y aquí es cuando aparece el principal obstáculo; no existe un reglamento técnico de homologación de campos de IPSC.
Y ninguna de las propuestas que circulan por aquí y he podido leer son un verdadero documento técnico de homologación de campos. Son un simple batiburrillo de conceptos; mezclando cuestiones técnicas constructivas ( distancias, espaldones, etc.. ) con normativas de uso ( que si entrenador, que si responsable de... ).
Por poner un símil... la homologación técnica de un vehículo no tiene nada que ver con los requisitos para conducirlo. Esos últimos corresponde regularlos en otro tipo de leyes y reglamentos. La homologación técnica corresponde a ingenieros
Pero por ahora, paso a paso. Que la RFEDETO publique los reglamentos técnicos de las nuevas especialidades.
Y si hace falta hablar con ellos, se hace.