De Diego escribió:Solicitud de competición de tiro amparada en el art. 149.3 RA.
(Antes de conseguirlas se estuvo durante aprox. 3 años hablando con la I.A.)
Lo de la petición amparada en el famoso artículo 149.3 está claro, es lo que se hace para todas las competiciones o entrenamientos autorizados, pero es que a nosotros, nuestra IA, nos dice que si no hay un reglamento oficial de Mini Rifle por parte de la federación nacional, no es una modalidad reconocida y entonces no se autoriza.
Supongo que vosotros habéis tenido el mismo problema y se habrá solucionado durante esos tres años de hablar con la IA, que vuestro curro os habrá costado. Lo ideal sería que desde la nacional se sacara un reglamento y así no habría problemas, pero ya veremos.
Me alegro de que a vosotros os haya funcionado, espero que poco a poco podamos disfrutar de la modalidad en el resto de campos. Un saludo.
