La sentencia del crimen de los Sala

Temas relacionados con la tenencia y uso de las armas.
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oscashooter
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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor oscashooter » 25 Nov 2019 14:31

Y por cierto caballero, KeisiMekaigo, no quiero entrar a lo que era su "parrafada" número 8

"8º) En derecho, no es que haya errores, es que no hay otra cosa. Derecho nunca ha sido la carrera que estudiaban los mejores de la clase, no. Ni cuando el bachiller era de 7 años, ni ahora. Demostración evidente de los errores: Que un tribunal dice A, la Audiencia Provincial dice B, y el TS dice C. Segunda demostración: Que el TS hoy dice C y mañana dice D, contraviniendo su propia jurisprudencia sin vergüenza alguna. Para juristas y asimilados, la verdad y la justicia son meras entelequias, con las que ganarse el pan."

A la que, para no eternizar las cosas, le señalaré, siempre desde el respeto y aclarando que es mi punto de vista, que antes de exponer semejante generalización (una descalificación tan fuera de lugar, como muestra de prepotencia por su parte ) le ha faltado una pequeña introducción-aclaración de tan sólo tres palabras; debiera usted haber puesto: EN MI OPINIÓN, y espero que comprenda que NO tiene por qué ser ni compartida por todo el mundo, ni admitida en los términos que la expone.

A lo dicho, que tenga un día maravilloso, que por lo demás y tal como se explica, seguro que lo es, que queda claro que usted está encantado de haberse conocido.

Un saludo al foro
Homo sum, humani nihil a me alienum puto

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KeisiMekaigo
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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 25 Nov 2019 14:39

Abogado_Penalista escribió:
KeisiMekaigo escribió:En mi opinión:
1º) En España se puede condenar SIN pruebas, sólo con indicios. Ejemplos de esto los tenemos en el caso de Asumpta Basterra, y en los atentados del 11M, donde la práctica totalidad de los que fueron a la cárcel lo hicieron sin una sola prueba en su contra. En la sentencia del 11M se justifica y cita la doctrina del TS para poder condenar sin pruebas, sólo con indicios.
2º) En lógica y matemáticas, existe la demostración POR REDUCCION AL ABSURDO, aplicada en infinidad de teoremas que posteriormente sirven de base para disciplinas como la física o la ingeniería, gracias a las cuales tenemos internet, somos capaces de predecir el futuro, poner satélites en órbita o explorar Marte.
3º) Sólo había tres personas que supieran que la víctima iba a ir a recoger el coche esa tarde, y solo una persona sabía que iba a estar allí a esa hora, porque fue precisamente esa persona la que llevó allí a la víctima. Esto se demostró en el juicio, con varios testimonios coincidentes.
4º) Suponer que fue otra persona distinta del yerno la que disparó a la víctima, implica que alguien tuvo que estar escondido en un rincón del lavadero días, semanas, o meses, con una pistola, esperando a que la víctima apareciera por allí para pegarle un tiro, lo cual ES ABSURDO.
5º) Por tanto, la hipótesis que hemos supuesto de que fue otra persona, es FALSA, y no pudo ser otra persona que el yerno.
6º) Demostración evidente e irreprochable desde cualquier punto de vista lógico o científico, algo para lo que abogados, jueces, y resto de peña leguleya, carece de capacidad desde el día en que se les atragantó el primer polinomio que se echaron a la cara y optaron por irse a letras.
7º) El nivel intelectual y capacidad de raciocinio del jurado puede ser mínimo, ínfimo o inexistente, sin que por ello, se incumpla lo dispuesto en la Ley del jurado, pues sólo se pide saber leer y escribir.
8º) Pocas cosas funcionan tan mal en España como la "justicia" que padecemos, y con los jurados populares, peor aún.


Apreciado amigo:

No estoy de acuerdo con que en España se pueda condenar sin pruebas. Precisamente esa doctrina del Tribunal Supremo que citas, ha dejado muy clara la llamada prueba indiciaria (o de indicios), que no deja de ser un tipo de prueba más. Debe reunir una serie de requisitos tasados, sin cuya concurrencia, no puede condenarse (la existencia de un hecho base, una pluralidad de indicios que apunten todos en la misma dirección, que no admitan una explicación alternativa, etc.). En otro caso, no podría condenarse a quien nadie ha visto disparar una pistola dando muerte a otra persona, pero al que se vio huir del lugar donde se localizó a una víctima mortal, se halló un arma con sus huellas lofoscópicas en la empuñadura y encima tenía manchas de pólvora en las manos. No habría prueba directa, sólo indicios. ¿Lo absolvemos?

Otra cuestión relevante: es imposible condenar a alguien por eliminación como sugieres. Jamás se ha condenado (hasta donde yo sé) a alguien porque como no pudo haber sido otro, sólo quedaba él. Salvo que pesen contra esa persona otros varios indicios periféricos, que coadyuven a demostrar su culpabilidad.

Hay algunos requisitos más para poder ser Jurado, de los que tú dices. Te adjunto el artículo 8 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado:

Artículo 8. Requisitos para ser jurado.
Son requisitos para ser jurado:
1. Ser español mayor de edad.
2. Encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos.
3. Saber leer y escribir.
4. Ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido.
5. Contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función de jurado. Las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia de la función de jurado, debiéndoseles proporcionar por parte de la Administración de Justicia los apoyos precisos, así como efectuar los ajustes razonables, para que puedan desempeñar con normalidad este cometido.

Además se regulan también una falta de capacidad para serlo (art. 9), causas de incompatibilidad (art. 10), prohibiciones (art. 11), y excusas (art. 12).

Un saludo.
A.P.

P.D.: Es cierto que se me atragantaron los polinomios, pero no por eso me considero tonto del todo. :wink:



Pues no leo que de manera alguna contradigas lo que he expuesto:
1º) El matiz de que los indicios constituyen una prueba indiciaria en determinadas condiciones,... bien; pero es que yo no he dicho que valga cualquier indicio para condenar, ni muchísimo menos. Efectivamente, como tú dices, "para formar la convicción sobre las cuestiones fácticas sobre la que verse cada procedimiento en particular, pueden valerse los tribunales de pruebas directas, personales o reales, mediatas o inmediatas, preconstituidas o sobrevenidas, históricas o míticas y son también pruebas válidas las indiciarias, indirectas o conjeturables, mediante las cuales, partiendo del hecho(s) antecedente, se obtienen otros, llamadas consecuentes, siendo indispensable que entre los hechos probados y los que se trata de acreditar haya un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano".
2º) Encuentro que tu segundo párrafo es incompatible con tu afirmación "que no admitan una explicación alternativa" (del primer párrafo, como condición para que los indicios se constituyan en prueba indiciaria), porque la no admisión de una explicación alternativa es precisamente la eliminación de cualquier explicación alternativa.
3º) Hay centenares de homicidios condenados, precisamente, "por eliminación", que dices tú, ya lo creo. De hecho, los hay condenados hasta sin cadaver ni arma del crimen (p. ej. Marta del Castillo). Y es que, como estamos hablando de este caso, y no de otro, precisamente, indicios que constituyeran prueba indiciaria hay no menos de 25, con su "enlace preciso y directo segúan las reglas del criterio humano". Pero es que el "criterio humano", no es el mismo en todos los humanos, no es el mismo en Einstein que en Rodriguez Zapatero, ¡qué le vamos a hacer!
4º) Efectivamente, en el Art. 8, que también yo he reproducido, se citan los requisitos para ser jurado, sin que en la Ley aparezca como motivo de recusación o exclusión el que "el nivel intelectual y capacidad de raciocinio del jurado puede ser mínimo, ínfimo o inexistente", que es lo que yo he escrito textualmente. Tampoco lo es tener discapacidad, sea esta de movilidad, de audición, visual, o cognitiva o intelectual, por ejemplo.

Así que, aunque te sorprenda, coincidimos en el 75%.
Un saludo.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 25 Nov 2019 14:45

oscashooter escribió:Y por cierto caballero, KeisiMekaigo, no quiero entrar a lo que era su "parrafada" número 8

"8º) En derecho, no es que haya errores, es que no hay otra cosa. Derecho nunca ha sido la carrera que estudiaban los mejores de la clase, no. Ni cuando el bachiller era de 7 años, ni ahora. Demostración evidente de los errores: Que un tribunal dice A, la Audiencia Provincial dice B, y el TS dice C. Segunda demostración: Que el TS hoy dice C y mañana dice D, contraviniendo su propia jurisprudencia sin vergüenza alguna. Para juristas y asimilados, la verdad y la justicia son meras entelequias, con las que ganarse el pan."

A la que, para no eternizar las cosas, le señalaré, siempre desde el respeto y aclarando que es mi punto de vista, que antes de exponer semejante generalización (una descalificación tan fuera de lugar, como muestra de prepotencia por su parte ) le ha faltado una pequeña introducción-aclaración de tan sólo tres palabras; debiera usted haber puesto: EN MI OPINIÓN, y espero que comprenda que NO tiene por qué ser ni compartida por todo el mundo, ni admitida en los términos que la expone.

A lo dicho, que tenga un día maravilloso, que por lo demás y tal como se explica, seguro que lo es, que queda claro que usted está encantado de haberse conocido.

Un saludo al foro


Tienes toda la razón, en mi modesta opinión.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 25 Nov 2019 15:25

KeisiMekaigo escribió:
oscashooter escribió:Y por cierto caballero, KeisiMekaigo, no quiero entrar a lo que era su "parrafada" número 8

"8º) En derecho, no es que haya errores, es que no hay otra cosa. Derecho nunca ha sido la carrera que estudiaban los mejores de la clase, no. Ni cuando el bachiller era de 7 años, ni ahora. Demostración evidente de los errores: Que un tribunal dice A, la Audiencia Provincial dice B, y el TS dice C. Segunda demostración: Que el TS hoy dice C y mañana dice D, contraviniendo su propia jurisprudencia sin vergüenza alguna. Para juristas y asimilados, la verdad y la justicia son meras entelequias, con las que ganarse el pan."

A la que, para no eternizar las cosas, le señalaré, siempre desde el respeto y aclarando que es mi punto de vista, que antes de exponer semejante generalización (una descalificación tan fuera de lugar, como muestra de prepotencia por su parte ) le ha faltado una pequeña introducción-aclaración de tan sólo tres palabras; debiera usted haber puesto: EN MI OPINIÓN, y espero que comprenda que NO tiene por qué ser ni compartida por todo el mundo, ni admitida en los términos que la expone.

A lo dicho, que tenga un día maravilloso, que por lo demás y tal como se explica, seguro que lo es, que queda claro que usted está encantado de haberse conocido.

Un saludo al foro


Tienes toda la razón, en mi modesta opinión.


Amigo oscashooter,
tengo que indicar que, en mi opinión, si te hubieras molestado en leer el primer post que has contestado, habrías visto que empieza, precisamente, por esta frase, y no por otra. No es prepotencia, es, sencillamente, que aún estás a tiempo de leerlo.
Debo reconocer que lo de pretender que alguien lea antes de contestar a lo que pretende haber leido, debe ser un vicio o una manía mía ¡que le vamos a hacer! caprichoso que soy.
Aunque me temo que, no lo necesites en absoluto porque como dices, " me ratifico en lo expuesto, como no podría ser de otro modo". Efectivamente, para eso no hace falta leer nada.
Lamento, en mi opinión, que alguien tome por descalificaciones la mera mención, como dices tú, a HECHOS, pero cada uno es muy libre de sentirse ofendido por lo que estime conveniente, eso sí, en mi opinión.
Todo esto sea dicho, con el mayor de los respetos posibles.
Como dices tú, que tengas un día maravilloso, que por lo demás y tal como te explicas, seguro que lo es, que queda claro que estás encantado de haberte conocido.
En mi opinión.
Un saludo.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor Abogado_Penalista » 25 Nov 2019 15:33

KeisiMekaigo escribió:
oscashooter escribió:Para KeisiMekaigo, sin acritud, pero dejando algunas cosas muy, pero que muy claritas:

1) Lo de que a la "peña leguleya" como tú la llamas "se le atragantó el primer polinomio", es mucho decir y una osadía por tu parte. Hay, somos bastantes, los abogados que, cosas de la vida, hicimos lo que se llaman "ciencias" en nuestro bachillerato, y una en concreto, mi hija, sacó la calificación más alta en el examen de física de selectividad de todo su instituto. Otros, yo mismo, tenemos el bachiller "doble", por ciencias y letras de cuando ese bachillerato además era de 7 añitos, y te aseguro que jamás se me ha atragantado polinomio, derivada, integral alguna.
2) El jurado, no merece la descalificación que tú le das. Para empezar, como te han apuntado ya otros compañeros, existen unos requisitos mínimos para formar parte del mismo, y por si ello fuese poco, todavía pueden ser recusados sus futuros miembros a instancia de parte. El jurado, "trabaja" en torno a una serie de preguntas, muy concretas y tasadas, que le somete el Tribunal y a las que debe contestar de manera clara y sin reserva, matiz o paliativo.
3) Es bastante habitual que, imputados en delitos en los que se aplica la Ley del Jurado, manifiesten su preferencia porque su caso hubiese sido juzgado por un Tribunal profesional, por estimar que el jurado puede ser "demasiado duro" en contra de lo que tú afirmas tildándolos de "sensibleros" o "ignorantes".
4) Un buen abogado, por supuesto, contribuye a que se dé una buena defensa o una buena acusación... pero, no te quepa duda, NO CAMBIA LOS HECHOS, y es en base a ellos, cuando se prueban de manera indubitada (aquí entramos de nuevo en la presunción de inocencia y la carga de la prueba) que se dicta Sentencia.
5) Respecto al tema que también abordas de condenar "en base a indicios", tampoco es tan sencilla la cosa. Han de ser numerosos, razonados, reiterativos y complementarios y que NO HAN SIDO desmentidos por prueba en contrario o sometidos a una duda razonable de entidad suficiente para combatirlos. No es demasiado común, ni admisible, que todo un proceso se base en meros indicios, porque hacerlo así significaría invertir la carga de la prueba, o sea, establecer que "se es culpable mientras no se demuestre lo contrario"; algo que felizmente NO ES ASÍ EN ABSOLUTO.

El Derecho, como toda actividad humana, es susceptible de errores, pero... nuevamente un "PERO" y con mayúsculas, esos posibles (no tan probables y en absoluto seguros, estadística y probabilidad, ciencia nuevamente :-) ) "errores" que se contemplan, también son acotados en el sentido de la presunción de inocencia: es preferible dejar libre a un culpable que condenar y arruinar la vida a un inocente. Ya sabemos, y sobre todo los letrados, que en una conversación de barra de bar, entre amigos y "cuñaos" las cosas se ven mucho más claras... pero, la Justicia, para ser tal y no perder su esencia, es algo notablemente diferente.

Por todo ello, compañero y nuevamente sin acritud, permíteme que te cite una frase, una atribuida al Cid cuando partía al combate y que dirigía al abad del monasterio donde dejó a su mujer y sus hijas. "Vos llevad el canto al coro, yo el pendón a las batallas".

Un saludo a todos


Com tú dices, sin acritud, pero dejando algunas cosas muy, pero que muy claritas:

1º) Me alegra que sepas derivar e integrar. Seguro que también sabes demostrar el teorema de Picard-Lindelöf, o más sencillo aún, el teorema de Pitágoras que es algo de educación básica o bachiller, o quizás no, pero convendrás conmigo en que la veracidad indubitada de ambos es absolutamente independiente de tú capacidad o incapacidad para demostrarlos.

2º) Convendrás conmigo (tú lo indicas) que la práctica de la lógica y las matemáticas, para alguien que estudie derecho, se termina en el bachiller, si es que llega. Y, en cualquier caso, el tuyo se trataría de una excepción, por la sencilla razón de que en los planes de estudios de la carrera de derecho no existe ni una sola asignatura que se ocupe de ello.

3º) Respecto a lo que se le "exige a un jurado" ¿para qué vamos a discutirlo pudiendo leerlo? (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado):

Artículo 8. Requisitos para ser jurado.
Son requisitos para ser jurado:
1. Ser español mayor de edad.
2. Encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos.
3. Saber leer y escribir.
4. Ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido.
5. Contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función de jurado. Las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia de la función de jurado, debiéndoseles proporcionar por parte de la Administración de Justicia los apoyos precisos, así como efectuar los ajustes razonables, para que puedan desempeñar con normalidad este cometido.

Y sí, luego se les manda un cuestionario a casa, para que declaren si tienen "faltas de requisitos, causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición".
La recusación sólo está contemplada para "falta de requisitos o cualquiera de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la Ley".
Así que no se puede recusar a un jurado porque nos parezca que no sabe hacer la O con un canuto, ni porque diga "¿lo cualo?", ni porque no haya aprobado ni la EGB,....

4º) Espero, de veras, que las derivadas y las integrales se te dieran mejor que leer lo que escribo, porque he repasado mi post, y no he encontrado escritas por ningún lado las palabras "sensiblero" ni "ignorante" que entrecomillas. Y, los requisitos, ahí arriba están, no leo que haga falta ser ingeniero de telecomunicaciones, ni neurocirujano, ni físico nuclear,... para ser jurado. Para conducir un coche, al menos, tienes que pasar un psicotécnico, para ser jurado, ni eso siquiera.

5º) Lo de probar de manera "indubitada", y la presunción, de inocencia, y patatín, y patatán, está muy bien, si, pero esa "indubitación" tiene que ser RAZONABLE. LOGICA Y RAZONABLE. Y ahí es donde llegamos a que unos razonan y otros no.
Llegamos a que unos razonan y demuestran teoremas, y otros dudan que dos y dos sean cuatro. llegamos a que unos conocen las leyes de la lógica y trabajan con ellas todos los días, y otros no saben ni lo que significa la palabra. Así que, aplicando lo del "in dubio, pro reo", CUALQUIER asesino puede quedar IMPUNE, cualquiera. Basta decir que la víctima PUDO ser asesinada por unos extraterrestres que se teletransportaron y desaparecieron. Y NADIE en el juicio aportará prueba alguna de que no existen los estraterrestres ni de que no se pueden teletransportar. Eso es una DUDA.
El único problema de este "razonamiento" es que es ABSURDO ¿verdad?. Por eso, la DUDA del "in dubio, pro reo", debe ser RAZONABLE. No vale cualquier duda, porque cualquier persona sin conocimientos ni preparación, puede dudar del teorema de Pitágoras, o del Teorema de Picard-Lindelöf. Duda, sí, pero RAZONABLE y lógica.

6º) Volviendo al caso que abre el hilo:
¿Dónde está la duda razonable? Nadie oyó los disparos, así que ¿quén puede afirmar al minuto el momento en que se produjeron, para decir que el yerno no estaba allí? Un informe forense no determina con exactitud de minutos y segundos la hora a la que disparan a una persona. Eso es, sencillamente, imposible.
Sólo una persona sabía que la víctima iba a estar allí, en ese lugar a esa hora, sólo una. Testimonios corroborados y coincidentes de encargado, recepcionista, acusado, hermana de la víctima,... y probado "indubitadamente" porque fue esa persona la que decidió que se entregara en ese sitio el coche, la que acompañó a la víctima, la que dispuso que no hubiera cerca ningún empleado más,...
Yo he demostrado, en una sola línea, la validez de las pruebas indiciarias, de manera (Art. 1253 del C.C.) "que el lazo de unión entre antecedente y consecuente no es tenue y filiforme, sino que la inferencia o deducción obtenida es racional y responda a los dictados de la lógica de la ciencia y la experiencia". Sencillamente, por reducción al absurdo, como se hace con infinidad de teoremas en cualquier disciplina científica.
También podría demostrar el teorema de Picard-Lindelöf, por ejemplo, y no lo entenderías, por más que tal demostración responda, textualmente, "a los dictados de la lógica de la ciencia y la experiencia". No por menosprecio hacia tus capacidades, que no dudo, ni mucho menos, sino por falta de preparación y conocimientos, que no te permitirán siquiera, leer el enunciado. Preparación y conocimientos, muy lamentablemente, es algo que tampoco se le exige a un jurado, más allá de "saber leer y escribir".

7º) Si a alguien no le parece ABSURDO que hubiera una persona esperando escondida en un rincón de un lavadero a otra para pegarle un tiro, sin saber cuándo ni dónde iba a ir ésta a recoger el coche, ni si el yerno la iba a dejar a solas o no, ni que la víctima estuviera esperando, allí en el lavadero, a que se fuera el yerno para que apareciera alguien a pegarle un tiro, en lugar de salir con su coche recién lavado, detrás, delante o con el yerno,... si a alguien no le parece absurda cualquiera de estas conclusiones, no debe parecerle absurdo que fueran unos extraterrestres los que se teletransportaran y cometieran el asesinato.

8º) En derecho, no es que haya errores, es que no hay otra cosa. Derecho nunca ha sido la carrera que estudiaban los mejores de la clase, no. Ni cuando el bachiller era de 7 años, ni ahora. Demostración evidente de los errores: Que un tribunal dice A, la Audiencia Provincial dice B, y el TS dice C. Segunda demostración: Que el TS hoy dice C y mañana dice D, contraviniendo su propia jurisprudencia sin vergüenza alguna. Para juristas y asimilados, la verdad y la justicia son meras entelequias, con las que ganarse el pan.


Un saludo.


Estimado amigo:

Aun discrepando en multitud de cosas, debo decir que con tu apreciación contenida en el aparto "8º) En derecho, no es que haya errores, es que no hay otra cosa. Derecho nunca ha sido la carrera que estudiaban los mejores de la clase, no" considero que estás atravesando la línea que separa la discrepancia (enérgica, si quieres), de la falta de consideración. No creo que los que hayamos estudiado Derecho merezcamos palabras así. Yo no lo diré de los que, al parecer, tenéis el dominio de las matemáticas que tu pareces tener. Pido un respeto. Nada más, pero también, nada menos.

Un saludo.
A.P.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor oscashooter » 25 Nov 2019 17:13

No hay que entrar en discusiones estériles: cuando se trata de opinión... pues bueno, las opiniones son como las narices, que cada cual tiene las suyas, pero los hechos objetivos están también ahí, y no hay más cera que la que arde.
A) Los más listos de la clase... pues bien, a ver quién se atreve a decir que NO hacen falta inteligencia y esfuerzo para sacar una oposición a la judicatura, la fiscalía, el cuerpo de letrados de Instituciones Penitenciarias, la Abogacía del Estado... o para ser un experto en Derecho Comparado o Derecho Internacional, por poner algunos ejemplos.
B) El Derecho evoluciona, la Jurisprudencia cambia. Lógico que lo haga: si no fuese por esa evolución, por esos cambios, todavía estaríamos condenando a esclavitud por deudas como en el Derecho Romano clásico, o negando a las mujeres la capacidad de obrar "sin tutores" condenándolas a pasar de la tutela del padre a la del marido, o aplicando tratos inhumanos y penas degradantes como antes de Concepción Arenal.
C) Las propias "ciencias puras" han evolucionado: se inventó el arco superando a la arquitectura arquitrabada, se dejó de quemar a quienes, como Servet, descubrieron la circulación pulmonar, se pasó del átomo de Bohr a la teoría de la relatividad, en matemáticas-didáctica de las mismas- se ha rebajado esa obcecación (moda también) por la teoría de conjuntos, se ha dejado atrás, por los más destacados científicos, aquella consigna, tan prepotente como injustificada que rezaba: "físico, guárdate de la metafísica"... y un largo etcétera que también, sin duda, constituye un "cambio de jurisprudencia" en los campos a que se aplica el conocimiento científico.
D) NO existen profesiones, carreras o funciones "más dignas que otras" puesto que todas son necesarias, útiles a la sociedad y, bien desempeñadas, contribuyen tanto al bienestar social como al progreso. En el caso concreto del Derecho, me acogeré a aquel aforismo latino que dice: Ubi societas, ibi ius", donde hay sociedad, hay derecho, lo que hace referencia a la necesaria normativa que regule la convivencia, que proteja ante abusos y arbitrariedades, que garantice unas cotas de igualdad y unos mínimos que eviten un permanente conflicto en un escenario de ley de la selva en que sólo los más fuertes saldrían victoriosos en sus disputas.
E) El derecho, las matemáticas, la ingeniería... la albañilería, la fontanería, el comercio... son sólo INSTRUMENTOS, HERRAMIENTAS del progreso y la convivencia en sociedad: cubren necesidades, impulsan el progreso... pero, son eso, meros instrumentos susceptibles de un uso o empleo adecuado, excelente, mediocre... que sin cambiar la esencia de la función que están llamados a desempeñar. lo condicionan -en cuanto a sus resultados- sustancialmente. No puede afirmarse que todos los albañiles son unos "artistas", ni los comerciantes "ladrones", ni los físicos "Einstein "... dependerá de cada persona, en lo que ha sido su formación, en sus cualidades y, sobre todo, en su entrega y dedicación.

Siempre que se generaliza, se yerra, porque de todo hay en la viña del Señor... en cada viña, y hay quien afirma que por haber, también en Derecho, hay hasta uvas :-)

Un saludo a todos y haya paz, que cada cual es de su leche y de lo que se trata es de que todos, cada cual en lo suyo, seamos buena gente y nos ganemos el pan con nuestro esfuerzo y de manera honrada.
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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 25 Nov 2019 18:27

Abogado_Penalista escribió:Estimado amigo:

Aun discrepando en multitud de cosas, debo decir que con tu apreciación contenida en el aparto "8º) En derecho, no es que haya errores, es que no hay otra cosa. Derecho nunca ha sido la carrera que estudiaban los mejores de la clase, no" considero que estás atravesando la línea que separa la discrepancia (enérgica, si quieres), de la falta de consideración. No creo que los que hayamos estudiado Derecho merezcamos palabras así. Yo no lo diré de los que, al parecer, tenéis el dominio de las matemáticas que tu pareces tener. Pido un respeto. Nada más, pero también, nada menos.

Un saludo.
A.P.


Estimado Abogado_Penalista:
1º) Este hilo va de otra cosa así que intentaré ser muy breve.
2º) Creeme que a ti y a todos los que habéis estudiado derecho os tengo en la mayor de las consideraciones posibles. A ti, a ocscashooter, a mi hija, a mi prima, a mis tres primos, a los cuatro compañeros de instituto y uno de piso que hoy son abogados, a los dos abogados de mi empresa, a mi cuñado, a mi exmujer, a cinco o seis amigos y amigas que tengo, dos jueces, una fiscal, un notario,.... y todos y cada uno de ellos saben, y yo también, que ninguno de ellos era de los mejores de la clase. Tampoco se me han puesto estupendos nunca ninguno de ellos. Ni siquiera mi cuñado, que es para darle de comer aparte.
3º) Tampoco eran de los primeros de la clase los que estudiaron FP, y no por ello dejo de tenerlos en consideración, sino todo lo contrario. Anda que no respeto yo a un buen soldador o a un FPII mecánico-electricista, que a lo mejor gana a fin de mes el doble o el triple que cualquier universitario bien pagado.
4º) No podemos decir que los mejores de la clase hayan estudiado derecho, como tampoco podemos decir que hayan estudiado FP, ni magisterio, ni filosofía y letras, ni psicología,... sencillamente porque no es verdad. ¿Excepciones? Haylas, como no, pero son eso, excepciones.
5º) No me cabe duda de que diciendo eso de los maestros, por poner un ejemplo, siempre aparecerán muchos que también se sientan ofendidos, o menospreciados, por mucho que en las oposiciones del año 2013 de la Comunidad de Madrid, casi el 90 % fuera incapaz de responder preguntas que debería saber un niño de doce años: https://elpais.com/sociedad/2013/03/13/ ... 09351.html
6º) También podemos encontrar personajes como Echenique, que dicen que es físico, y que dijo, públicamente, que Zaragoza linda con Albacete, ¡qué le vamos a hacer!

Así que, respeto y consideración, todos los posibles, no te quepa duda, compañero.
Un saludo.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 25 Nov 2019 18:40

oscashooter escribió:No hay que entrar en discusiones estériles: cuando se trata de opinión... pues bueno, las opiniones son como las narices, que cada cual tiene las suyas, pero los hechos objetivos están también ahí, y no hay más cera que la que arde.
A) Los más listos de la clase... pues bien, a ver quién se atreve a decir que NO hacen falta inteligencia y esfuerzo para sacar una oposición a la judicatura, la fiscalía, el cuerpo de letrados de Instituciones Penitenciarias, la Abogacía del Estado... o para ser un experto en Derecho Comparado o Derecho Internacional, por poner algunos ejemplos.


Confundir inteligencia con capacidad de memorizar es no haberse tomado, siquiera, la molestia de consultar en el diccionario el significado de cada palabra, que ya es decir.
Perdona que no pase del primer párrafo.
Un saludo.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor oscashooter » 25 Nov 2019 19:21

Memorizar, dices... pues entonces, nada más que decir: además de prepotente eres un buscabullas.
La memoria es una facultad, una más, de la inteligencia... pero el afirmar que en Derecho todo es memoria es tan lerdo como si yo digo que la física nuclear es enredar con cositas radiactivas como Homer Simpson, o que un economista juega al Monopoly, un ingeniero industrial con un "lego" o un matemático con las regletas del sistema Montesori de cálculo cuando no hace "casitas" con ellas.

He intentado ser razonable, educado... pero ante tanto insulto por parte de quien parece no tener nada mejor que hacer que alabar su ego, con alguien a quien sólo lo que él hace o ha estudiado le parece digno de reconocimiento o alabanza, de veras que se me acaba la paciencia, que me cuesta mantener mi buena educación.
Por eso mismo, "compañero", para ti la perra gorda, que todo aquel que lea lo que han sido intervenciones, razonamientos, tono y manera de ser, estar y argumentar de cada cual, sacará sus conclusiones.

Ante tanto insulto, que en definitiva es lo que tu profieres contra una profesión tan digna como otra cualquiera, no me resisto, ya que pareces despreciar tanto las "letras", a dejarte un pequeño pensamiento clásico:
"Quod natura non dat, salmantica non praestat".
Porque la persona, "compañero" NO es sino una unidad, un ente, un ser en que todo se mezcla, se conjunta y toma sentido, y por eso precisamente la inteligencia, el saber, la capacidad, ni lo es todo ni se ubica en ninguna universidad... porque todo lo que lleva al aprecio, a la valoración, a la autoridad moral... no se adquiere con exclusividad en las facultades, ni se mide en los expedientes académicos, sino por el camino que uno va trazando en la vida, su personalísima forma de ser, estar y hacer.

Un saludo al foro y respecto al "compañero" en cuestión, corto y cierro, que para el aburrimiento, digo yo, debe haber alternativas a este tocar las narices de manera tan gratuita como estrambótica.
Homo sum, humani nihil a me alienum puto

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 25 Nov 2019 20:27

oscashooter escribió: para el aburrimiento, digo yo, debe haber alternativas a este tocar las narices de manera tan gratuita como estrambótica.


Lástima que no se te haya ocurrido eso mismo, antes de responder a quien no te había preguntado, sobre algo que no habías leido y de cosas totalmente ajenas al hilo.
Lástima de veras.
¿Has pensado en dedicarte a la política?
Cuando reuna los apoyos esos, que me recomendabas con tantísimo "respeto", para presentar una iniciativa legislativa, para cambiar la Ley del jurado, o monte un partido político, te llamo, Palabrita del niño Jesús.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor Fernoked » 26 Nov 2019 11:22

KeisiMekaigo escribió:3º) Sólo había tres personas que supieran que la víctima iba a ir a recoger el coche esa tarde, y solo una persona sabía que iba a estar allí a esa hora, porque fue precisamente esa persona la que llevó allí a la víctima. Esto se demostró en el juicio, con varios testimonios coincidentes.
4º) Suponer que fue otra persona distinta del yerno la que disparó a la víctima, implica que alguien tuvo que estar escondido en un rincón del lavadero días, semanas, o meses, con una pistola, esperando a que la víctima apareciera por allí para pegarle un tiro, lo cual ES ABSURDO.


Es una hipótesis pero como tal y siguiendo el método científico debe ser susceptible de falsación e incluso de ser sustituida por otra hipótesis como por ejemplo que el autor del crimen siguiese a la víctima buscando el momento propicio para matarla.

Hasta ahora no se han encontrado pruebas que corroboren una u otra hipótesis por lo que pedir condenar a una persona en base a una u otra parece algo aventurado.

KeisiMekaigo escribió:6º) Demostración evidente e irreprochable desde cualquier punto de vista lógico o científico, algo para lo que abogados, jueces, y resto de peña leguleya, carece de capacidad desde el día en que se les atragantó el primer polinomio que se echaron a la cara y optaron por irse a letras.
7º) El nivel intelectual y capacidad de raciocinio del jurado puede ser mínimo, ínfimo o inexistente, sin que por ello, se incumpla lo dispuesto en la Ley del jurado, pues sólo se pide saber leer y escribir.
8º) Pocas cosas funcionan tan mal en España como la "justicia" que padecemos, y con los jurados populares, peor aún.

Al no contemplar la posibilidad de error o fallo en su hipótesis (que no demostración) es lógico que emita tales valoraciones sobre quienes puedan discernir de ella.

KeisiMekaigo escribió:Así que no se puede recusar a un jurado porque nos parezca que no sabe hacer la O con un canuto, ni porque diga "¿lo cualo?", ni porque no haya aprobado ni la EGB,....

Afortunadamente a los miembros del jurado no se les exige realizar integrales o derivadas sino aplicar el espíritu crítico habiendo además mecanismos correctores como es la selección del jurado, que esté conformado por 9 personas, y el sistema de recursos.

KeisiMekaigo escribió:Creeme que a ti y a todos los que habéis estudiado derecho os tengo en la mayor de las consideraciones posibles. A ti, a ocscashooter, a mi hija, a mi prima, a mis tres primos, a los cuatro compañeros de instituto y uno de piso que hoy son abogados, a los dos abogados de mi empresa, a mi cuñado, a mi exmujer, a cinco o seis amigos y amigas que tengo, dos jueces, una fiscal, un notario,.... y todos y cada uno de ellos saben, y yo también, que ninguno de ellos era de los mejores de la clase.

En mi caso he conocido a licenciados en Derecho con expedientes académicos excelentes aunque ello no resulte relevante para conocer el desempeño en su profesión (o en cualquier otra). Sin hacer mucho esfuerzo de memoria seguro que podemos recordar dueños de grandes multinacionales o premios Nobel que no eran los mejores de la clase y sin embargo en su carrera profesional superaron a los mejores de su clase.

Puede que tenga en gran consideración los currículums académicos pero una vez salidos de las aulas no es raro que brillen personas que no destacaron en sus estudios. Recuerde que muchas veces el mal desempeño en los estudios no es debido a falta de capacidad sino a falta de interés entre otros factores.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 26 Nov 2019 13:21

Fernoked escribió:Es una hipótesis pero como tal y siguiendo el método científico debe ser susceptible de falsación e incluso de ser sustituida por otra hipótesis como por ejemplo que el autor del crimen siguiese a la víctima buscando el momento propicio para matarla.


La iba siguiendo, sí, sin que ninguna cámara, ni de las que hay en la calle, ni de las que hay en el concesionario (por todas partes a excepción del lavadero) ni ningún testigo, de los que había a la entrada del concesionario, lo viera.
Y además, estuvo esperando a que saliera el yerno antes de entrar, sí, y cuando vio salir al yerno, sin que nadie lo viera a él, entró porque sabía que estaba sola y no había nadie más con ella, sí, porque la estaba vigilando con un dron ¿no? o a lo mejor le había instalado una cámara dentro del coche para saber cuándo iba a estar a solas ¿no? Y también sabía que iba a estar allí sola, esperándolo a él, y que no iba a salir subida en su coche, detrás del yerno y tropezárselo a medio camino mientras él entraba. ¿no?
Se investigó a dos personas que estaban por allí cerca, precisamente porque se sabe, con cámaras y testigos, quién estaba por allí cerca. Si hubiera habido una tercera, también se hubiera investigado.
Volvemos a los extraterrestres y la teletrasportación, me temo ¿no?.


Fernoked escribió:Hasta ahora no se han encontrado pruebas que corroboren una u otra hipótesis por lo que pedir condenar a una persona en base a una u otra parece algo aventurado.


Si te apetece, relees el post y ves lo que son las pruebas indiciarias


Fernoked escribió:Al no contemplar la posibilidad de error o fallo en su hipótesis (que no demostración) es lógico que emita tales valoraciones sobre quienes puedan discernir de ella.


Me da una pereza infinita contestar a quien pretende corregir a alguien y confunde "discernir" con "discrepar". ¿Lo cualo?
¿No será que confundimos hipótesis con fimosis, o demostración con demarcación, por decir algo?
Perdona, no puedo evitarlo, me ha dolido hasta la vista.


Fernoked escribió:Afortunadamente a los miembros del jurado no se les exige realizar integrales o derivadas sino aplicar el espíritu crítico habiendo además mecanismos correctores como es la selección del jurado, que esté conformado por 9 personas, y el sistema de recursos.


Si te apetece leer, también puedes ver, en este mismo post, cuales son los requisitos para ser jurado que determina la LEY, entre los cuales no aparece ese de "aplicar el espíritu crítico" que tu mencionas, ni esos "mecanismos correctores" en la "selección del jurado". Una cosa es lo que tú ves en las películas americanas y la idea que te has hecho de esto, y otra muy distinta lo que está escrito en nuestra Ley y lo que se hace.
¿Pone en la LEY en alguna parte eso de "aplicar el espíritu crítico", y eso de los "mecanismos correctores"?
¿Serías tan amable de indicarnos el artículo o artículos, de la LEY, por supuesto, por favor?
Hasta cuatro miembros (no más) se pueden recusar sin alegar causa alguna, y si hay que recusar alguno más, sólo por las causas recogidas en la LEY (incapacidad, incompatibilidad o prohibición).
Del Art. 38 al 40 puedes consultar la constitución del tribunal del jurado.
Y, has conseguido que me duela la vista otra vez. No es lo mismo un recurso que una recusación.
Recurso viene de recurrir. Recusación viene de recusar. Consulta el diccionario y aprende lo que significa cada palabra, por favor, antes de seguir dándole patadas, antes de escribir nada, y antes de corregir a nadie, que queda muy feo eso.



Fernoked escribió:En mi caso he conocido a licenciados en Derecho con expedientes académicos excelentes aunque ello no resulte relevante para conocer el desempeño en su profesión (o en cualquier otra). Sin hacer mucho esfuerzo de memoria seguro que podemos recordar dueños de grandes multinacionales o premios Nobel que no eran los mejores de la clase y sin embargo en su carrera profesional superaron a los mejores de su clase.


Yo también, ¿y...?


Fernoked escribió:Puede que tenga en gran consideración los currículums académicos pero una vez salidos de las aulas no es raro que brillen personas que no destacaron en sus estudios. Recuerde que muchas veces el mal desempeño en los estudios no es debido a falta de capacidad sino a falta de interés entre otros factores.

Si hubieras leido antes de escribir, entenderías que no está escrito lo que dices en tu primera frase, sino más bien todo lo contrario.
Y sí, efectivamente, ahi tuvimos a Rodriguez Zapatero, por poner un ejemplo, que llegó a presidente, o a Pepiño Blanco, que no terminó ni el bachiller, o a Bibiana Aido, o Leyre Pajín,... ¿no?

Se agradecen tus "discernimientos" "recursivos" sobre el tema jurídico. Del resto, conviene recordar que este este hilo va de otra cosa.
Si estuviéramos en USA, aquí ya habría 300 chistes de abogados.
Pero aquí parece que ya estamos en lo de excusatio non petita, accusatio manifesta.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor Fernoked » 26 Nov 2019 15:12

KeisiMekaigo escribió:La iba siguiendo, sí, sin que ninguna cámara, ni de las que hay en la calle, ni de las que hay en el concesionario (por todas partes a excepción del lavadero) ni ningún testigo, de los que había a la entrada del concesionario, lo viera.
Y además, estuvo esperando a que saliera el yerno antes de entrar, sí, y cuando vio salir al yerno, sin que nadie lo viera a él, entró porque sabía que estaba sola y no había nadie más con ella, sí, porque la estaba vigilando con un dron ¿no? o a lo mejor le había instalado una cámara dentro del coche para saber cuándo iba a estar a solas ¿no? Y también sabía que iba a estar allí sola, esperándolo a él, y que no iba a salir subida en su coche, detrás del yerno y tropezárselo a medio camino mientras él entraba. ¿no?
Se investigó a dos personas que estaban por allí cerca, precisamente porque se sabe, con cámaras y testigos, quién estaba por allí cerca. Si hubiera habido una tercera, también se hubiera investigado.
Volvemos a los extraterrestres y la teletrasportación, me temo ¿no?.

Pues es una lástima que no se aportaran las grabaciones de todas esas cámaras al juicio porque parece que ni siquiera se captó al acusado salir del lavadero a pesar de todas las cámaras que había alrededor captando todos los ángulos de la zona.


KeisiMekaigo escribió:
Fernoked escribió:Hasta ahora no se han encontrado pruebas que corroboren una u otra hipótesis por lo que pedir condenar a una persona en base a una u otra parece algo aventurado.


Si te apetece, relees el post y ves lo que son las pruebas indiciarias

Otra lástima que hable de condenar en base a hipótesis sin pruebas y no a pruebas indiciarias.


KeisiMekaigo escribió:Me da una pereza infinita contestar a quien pretende corregir a alguien y confunde "discernir" con "discrepar". ¿Lo cualo?
¿No será que confundimos hipótesis con fimosis, o demostración con demarcación, por decir algo?
Perdona, no puedo evitarlo, me ha dolido hasta la vista.

Puede descansar su vista. Quise escribir discernir y discernido está y de todas maneras para ahorrarle dolores visuales le recomiendo que no relea sus propios escritos.


KeisiMekaigo escribió:Si te apetece leer, también puedes ver, en este mismo post, cuales son los requisitos para ser jurado que determina la LEY, entre los cuales no aparece ese de "aplicar el espíritu crítico" que tu mencionas, ni esos "mecanismos correctores" en la "selección del jurado". Una cosa es lo que tú ves en las películas americanas y la idea que te has hecho de esto, y otra muy distinta lo que está escrito en nuestra Ley y lo que se hace.
¿Pone en la LEY en alguna parte eso de "aplicar el espíritu crítico", y eso de los "mecanismos correctores"?

Otra lástima que yo no hable de requisitos sino de la actividad de valoración de la prueba que debe hacer el jurado. Cuando se enfrentan a versiones contradictorias y a pruebas dirigidas a probar una u otra versión entra en funcionamiento el espíritu crítico discerniendo las versiones que estiman probadas de las que no.

Espero no incrementar su disgusto si le informo que la Ley no lo contempla todo (sería imposible) pero sin duda implícitamente están ahí esos mecanismos correctores ¿o me dice que no hay selección del jurado, ni que se compone de 9 miembros, o que no existe un sistema de recursos? Las leyes ocultan muchos mecanismos y con razón se dicen que no son neutras pues tutelan diversos intereses.

Si busca en la Ley del Jurado verá que no dice donde se tienen que sentar y sin embargo no se quedan de pie y hasta se les insta a que tomen asiento en un determinado lugar.

KeisiMekaigo escribió:Si estuviéramos en USA, aquí ya habría 300 chistes de abogados.

Es bueno hacer chistes¿ No me diga que en los USA tiene mejor sentido del humor que aquí? De hecho en muchas respuestas se ve algo de ironía sin llegar a desvirtuar la conversación.

Por lo demás, es una auténtica lástima que para sus respuestas utilice afirmaciones que no se han hecho o mencione pruebas que no se han aportado al juicio porque le hubiera quedado una contestación estupenda.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 26 Nov 2019 17:54

Para que los ilustrísimos defensores de los jurados populares puedan seguir "discernierdo" "recursivamente", hoy nos acostaremos con los cinco años que le han caido a Rodrigo Lanza, el chileno que mató a un español por la espalda, y le pateo la cabeza mientras estaba en el suelo, por llevar unos tirantes amarillos y rojos, en España, no en Chile, ni en Namibia. Hay que recordar que esta joya "de importación", ya dejó tetrapléjico a un policía, con anterioridad.
Como lleva dos en prisión provisional, lo previsible es que el verano que viene, esté en la calle.
Esperemos que no se cruce con algún "discernidor recursivo", de estos que defienden los jurados populares, dando patadas al diccionario, ni con ningún familiar suyo, no vaya a ser que tengan que prescindir de seguir "discerniendo recursivamente", o peor aún, cambiar de opinión, lo cual sin duda, sería algo novedoso, si no dramático.

Todo mi apoyo a la familia de Víctor Laínez, que a la pérdida de un ser querido se ven obligados a añadir y padecer la humillación y vejación causada por la prostitución y chuleo de la justicia que sufrimos; responsabilidad, no sólo de los políticos que legislan diarreicamente, sino, también, de tanto "discernidor recursivo" que aplaude sus ocurrencias con las orejas.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor Abogado_Penalista » 26 Nov 2019 18:34

KeisiMekaigo escribió:Para que los ilustrísimos defensores de los jurados populares puedan seguir "discernierdo" "recursivamente", hoy nos acostaremos con los cinco años que le han caido a Rodrigo Lanza, el chileno que mató a un español por la espalda, y le pateo la cabeza mientras estaba en el suelo, por llevar unos tirantes amarillos y rojos, en España, no en Chile, ni en Namibia. Hay que recordar que esta joya "de importación", ya dejó tetrapléjico a un policía, con anterioridad.
Como lleva dos en prisión provisional, lo previsible es que el verano que viene, esté en la calle.
Esperemos que no se cruce con algún "discernidor recursivo", de estos que defienden los jurados populares, dando patadas al diccionario, ni con ningún familiar suyo, no vaya a ser que tengan que prescindir de seguir "discerniendo recursivamente", o peor aún, cambiar de opinión, lo cual sin duda, sería algo novedoso, si no dramático.

Todo mi apoyo a la familia de Víctor Laínez, que a la pérdida de un ser querido se ven obligados a añadir y padecer la humillación y vejación causada por la prostitución y chuleo de la justicia que sufrimos; responsabilidad, no sólo de los políticos que legislan diarreicamente, sino, también, de tanto "discernidor recursivo" que aplaude sus ocurrencias con las orejas.


Apreciado amigo:

En efecto. Se consideró probado que con su agresión el acusado no buscaba dar muerte a la víctima, de ahí la calificación como muerte imprudente, que a mi me parece impecable. Por demás, también todo mi apoyo a la familia de la víctima. La recta aplicación del Derecho no me va a impedir darles todo mi apoyo. Y ahora una pregunta que lanzo: ¿se respetará esta opinión o volveremos a asistir a una oleada de ataques contra los juristas?

Aquí mi opinión al respecto donde defiendo que estamos ante la figura del homicidio preterintencional, que no dudo que provocará las iras del amigo "Keisimecaigo": https://www.abogadopenalista.net/blog/e ... -tirantes/

Un saludo.
A.P.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor Rapiegu » 26 Nov 2019 21:07

Lo impecable era la pinta del chileno en el juicio , en cambio su estética y ética anterior no creo que fuera impecable como no lo es toda la presión mediática , ya sabes el de los tirantes un fascista y el chileno un defensor de la democracia . Estamos bien jodidos en este país y la justicia como ente no deja de ser un ámbito importante de esa jodienda

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor RAFAELMIN » 27 Nov 2019 01:40

Buenas noches

Desde luego las dos Sentencias referenciadas en este hilo, serán muy acordes a las normas jurídicas , pero creo que ambas despiertan cierta alarma social.

Solo falta que al violador y asesino de "El Chicle" también le caigan cinco o seis años.......................

Puedo ver en "la bola de cristal" la próxima víctima del asesino de Zaragoza (Rodrigo Lanza), espero sea el hijo de alguien muy importante, a ver si así modifican las leyes o a quien las interpreta.

De igual manera, también puedo ver en la misma "bola de cristal" a una chavalita regresando sola una noche a casa , como es violada y asesinada por el vil Chicle a los pocos meses de ponerle en libertad.

En fin, creo que la Ley está muy lejos de los anhelos de la Sociedad.

Saludos.

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Re: La sentencia del crimen de los Sala

Mensajepor KeisiMekaigo » 27 Nov 2019 10:21

Abogado_Penalista escribió:
Aquí mi opinión al respecto donde defiendo que estamos ante la figura del homicidio preterintencional, que no dudo que provocará las iras del amigo "Keisimecaigo": https://www.abogadopenalista.net/blog/e ... -tirantes/


A.P.


Pues, amigo Abogado_Penalista, no se si la ira o la indignación, pero no por tu defensa de la sentencia, que se agradece la información, sino por la sentencia misma.
Indignación porque me pongo en la piel de sus familiares, a los que debemos JUSTICIA.
Justicia sería un contrato en un juzgado por el que cualquiera que quisiera golpear a Rodrigo Lanza por la espalda y patearle la cabeza hasta la muerte, exáctamente en los mismos términos que él lo hizo con Victor Lainez, tuviera garantizada una condena inferior a cinco años.
Me temo que, entonces, habría colas kilométricas para ello.
También me temo que si la víctima hubiera sido una feminista bollera, o incluso el propio "pobrecita víctima de la sociedad" Rodrigo Lanza, y el agresor un varón heterosexual con familia y trabajo, la sentencia hubiera sido otra muy distinta.
Indignación porque (según he leido), para descartar el ensañamiento, (sería entonces asesinato, ¿no?) el jurado tuvo que contradecir el informe forense.

Si me permites abusar un poco, si fueras tan amable de aclarar estas dudas, te lo agradecería;

1º) Ese dolo homicida o “animus necandi”, que mencionas en tu blog, ¿es distinto del dolo genérico que se recoge en el Artículo 5 del Código penal? Lo digo porque, como sabrás tú mucho mejor que yo, ese dolo genérico, según reiterada jurisprudencia del TS, se refiere, no a la intención de obtener una consecuencia determinada con una acción, sino a la voluntad de cometer el acto delictivo. Es decir, voluntad, por ejemplo, de apretar un gatillo, clavar un puñal, dar un martillazo en la cabeza,... con independencia de cuales sean las consecuencias buscadas que esos actos delictivos puedan tener. En un delito de daños, por ejemplo, voluntad de echar un bidón de gasolina y pegarle fuego, con independencia de que con ello tengas intención de quemar un coche y cinco contenedores, y termines quemando dos edificios de viviendas. Voluntad de cometer la acción, no voluntad de obtener determinada consecuencia con ella.
¿Es de suponer que si disparamos a una persona, voluntariamente, por llevar unos tirantes que no nos gustan, por la espalda, con un .243 estemos cometiendo un homicidio imprudente, porque aleguemos que con ese calibre sólo "teníamos intención" de lesionarla, y si le disparamos con un 416 Rigby estemos cometiendo un asesinato?
¿Es de suponer que si le disparamos, libre y voluntariamente, con un arma por la espalda estamos cometiendo un asesinato, pero si le golpeamos con una barra de acero, un sillín de bicicleta, o el puño desnudo, en una zona vital, estemos cometiendo un homicidio imprudente?
¿Dónde estaría la diferencia entre que la persona muera porque le atravesamos el corazón o porque se desangra como consecuencia del disparo? ¿Dónde estaría la diferencia entre que muera porque le damos un golpe en una zona vital, y que muera porque se golpea cayendo al suelo como consecuencia del golpe que le hemos dado?
¿Y si le pegamos un empujón, voluntariamente, por la espalda, desde el balcón de un cuarto piso y se mata en la caida? ¿Podemos alegar que nuestra intención era romperle dos costillas, pero no matarla? ¿También sería eso un homicidio imprudente?

2º) ¿Dónde están los parecidos y las diferencias entre este "homicidio imprudente" y otros, más "de libro"? Como por ejemplo:
- El enfermero que se equivoca en la medicación y mata al paciente.
- El conductor que se salta un stop y mata a un ciclista.
- El empresario que no vigila a un trabajador, no evita que éste no se ponga un arnés, y el trabajador se mata en una caida.


No se si podrás deslindar todos los supuestos que he planteado, y tampoco sea probablemente el sitio para ello. Si los comentas por tu blog, u otros sitio que mejor te venga y pasas el link también vale.
Gracias de antemano por tus aclaraciones.

Un saludo.


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