Yvan5 escribió:Strongresolve escribió:Hernan2 escribió:
Un fusil de asalto M-4, G-36, CETME C, es un fusil de asalto sea usado por un civil o un militar. Podemos debatir si un arma que no tiene capacidad de fuego automático se le puede seguir llamando fusil de asalto, pero sabemos a lo que me refiero.
No, no lo sabemos por que usas una definición "fusil de asalto" que fue inventada por los grupos anti armas y que técnicamente no existe. Existe arma deportiva semiautomática y arma de guerra, y las definiciones son bastante claras. A lo mejor nos quieres aclarar lo que es para ti un "arma de asalto" entiendo que es un arma que sirve para "asaltar" ¿El qué? A ver si nos lo puede explicar.
El término fusil de asalto fue ideado por Hitler cuando le explicaron el resultado que los nuevos "subfusiles" MP44 habían dado en el frente ruso, no por los antiarmas.
Militarmente por fusil de asalto se entiende - al menos como concepto general, que siempre hay excepciones como ya hemos visto - un arma con las siguientes características:
Arma larga
Capacidad de realizar fuego automático o semiautomático
Cargador de gran capacidad, normalmente igual o superior a 20 cartuchos
Usa munición de potencia intermedia, con un alcance eficaz entre 400 y 800 metros. Esto lo pone un escalón por encima de los subfusiles, que con suerte llegan a los 200 metros, y por debajo de los fusiles con cartucho "normal" que pueden ser eficaces por encima de los 800.
Y sobre la foto del Garand M1 de Rafael1270 comentar que en España un "arma de guerra" es, según elñ Reglamento de Armas en vigor:
Artículo 6.
1. Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidos su
adquisición, tenencia y uso por particulares:
a) Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20
milímetros.
b) Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros,
cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra.
c) Armas de fuego automáticas.
d) Las municiones para las armas indicadas en los apartados a) y b).
e) Los conjuntos, subconjuntos y piezas fundamentales de las armas y municiones
indicadas en los apartados a) a d), así como, en su caso, sus sistemas entrenadores o
subcalibres.
f) Bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas, granadas, así como sus
subconjuntos y piezas fundamentales.
g) Las no incluidas en los apartados anteriores y que se consideren como de guerra por
el Ministerio de Defensa.
2. Corresponde al Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Defensa y del
Interior, determinar las armas comprendidas en este artículo que pueden ser utilizadas como
dotación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, el Gobierno, en los supuestos previstos en
el artículo 81.1.c) 9.º del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto
2364/1994, de 9 de diciembre, a propuesta conjunta de los Ministerios de Defensa y de
Interior, fijará por Orden Ministerial los términos y condiciones para la tenencia, control,
utilización y, en su caso, adquisición por parte de las empresas de seguridad privada, de
armas de guerra, así como las características de estas últimas.
El calibre .30-06 se quitó del listado de armas de guerra allá por los años 80, o sea que en M1 es tan arma de guerra en España como el Remington 7400. Pero modificando las armas que mencionas tienes toda la razón, un arma semiautomática se considera de guerra si es de alguno de los calibres que se incluyen en el listado correspondiente (.308, .223, 7.62*39, 5.45*39,...) pero si es un arma de repetición no se cataloga así, siendo que su poder lesivo es el mismo.
Lógica hispánica.