Hola Custo, cosa es muy simple, si vas a cazar D y E escopetas y armas largas rayadas, aqui hay una contradicción ya que los ominidos que redactaron el reglamento de armas te permiten guiar carabinas del 22 LR pero no te permiten cazar con ellas, ósea las puedes comprar las puedes tener en tu casa pero no las puedes usar a no ser que dispongas de F que es la licencia federativa con la que podrás guiar un (1) arma hasta que subas de categoría, el arma que guíes con la F algunos te dirán que puede ser cualquier arma de concurso y no es así, ya que no puedes guiar pistolas 22 lr monotiro(pistola libre) hasta que subas de categoría.
Aqui te transcribo una parte del reglamento refente a las licencias.
Un saludo.
Licencia de armas "D".
Personal: Para Caza mayor.
Autoridad concesión: Director General Guardia Civil (Jefes de Zona por delegación).
Vigencia: 5 años, debiendo ser visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años respectivamente.
Armas que ampara: Hasta 5 armas de la 2ª.2., categoría
Otras consideraciones: Las armas deberán ser guardadas bien en los propios domicilios de los titulares en cajas fuertes o cámaras acorazadas (Resolución de la DGGC, de 26/11/98), o en locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas (artº 100 R.A.).
Licencia de armas "E".
Personal: Para Caza menor.
Autoridad concesión: Delegados/Subdelegados Gobierno (Jefes de Comandancia por delegación).
Vigencia: 5 años. debiendo ser visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años respectivamente.
Armas que ampara: Categoría 3ª.1 máximo de 6, categoría 3ª.2 máximo 6, categoría 3ª.3 máximo 12, categoría 7ª.2 máximo 12 y categoría 7ª.3 máximo 12. Siempre el número total de armas que posea no puede ser superior a 12 armas.
Otras consideraciones: Las licencias de armas de fuego para lanzar cabos serán expedidas por los Gobernadores Civiles, previo informe de los Comandantes de Marina.
Licencia de armas "F".
Personal: Para socios de las Federaciones deportivas.
Autoridad concesión: Director General Guardia Civil. (Subdirector General de Operaciones por delegación).
Vigencia: 3 años.
Armas que ampara: Hasta un máximo de 10 armas de las denominadas de concurso (Orden Ministerial de 2 de marzo de 1995) (Tirador de 3ª un arma, tirador de 2ª máximo 6 y tirador de 1ª máximo 10.
Otras consideraciones: Sólo podrán portarse para ser utilizadas en los campos, polígonos o galerías de tiro autorizados. Las armas deberán guardarse desactivadas en los domicilios de los titulares, (Resolución de la DGGC de 26/11/98), o en los locales de las Federaciones.(Art. 133 R.A.).
custo escribió:Hola amigos. Estoy mirando paginas web de armerías y en ninguna me indica claramente que licencia se necesita para tenerla.
La licencia que me estoy sacando es la F y en cuanto me la entreguen me gustaría comprar algún arma tipo "táctica".
Como puedo averiguarlo? Por ejemplo como puedo saber que licencia hace falta para esta?
https://www.censurado por spam/tienda/es/caz ... alashnikovMe dejarían dispararla con la F? alguna similar que si pueda ser usada con la F?
Gracias y un saludo.
PD: no entiendo como estas cosas no están mejor explicadas. Deberían facilitar un poco mas el acesso a los novatos como yo.