Mad_Joe escribió:Hola. Parece que la gente se confunde con los términos. La licencia AE solamente vale para poseer "ARMAS DE AVANCARGA Y DE SISTEMA FLOBBERT". Es decir, NUNCA EN LA VIDA UNA ARMA DE AVANCARGA POSEERÁ UN CARTUCHO METÁLICO. A partir de ese momento, el arma pasa a ser de RETROCARGA y, por lo tanto, NO ES DE AVANCARGA. Por eso no podreis tener una "Derringer" con la licencia AE, a no ser que verdaderamente sea de avancarga.
Hay "Listos" de las armas que creen que el 45 long colt (que funciona con pólvora negra) es un arma de avancarga por usar el cartucho metálico de esa arma este tipo de pólvora. TODAS LAS ARMAS QUE USEN CARTUCHO METÁLICO NO SON DE AVANCARGA SINO DE RETROCARGA, POR LO TANTO NO SON GUIABLES CON LICENCIA AE.
Un ejemplo: tengo permiso de conducir coche pero éste no me permite conducir un camión. Si quiero conducir un camión necesitaré el permiso de camión ¿verdad? según la fórmula de los "listos" podré conducir un camión PORQUE USA DIESEL COMO MI COCHE!!! ¿A que ahora se aprecia mejor la diferencia entre lo que es un arma de anvancarga y retrocarga? un saludo a todos.
Por suerte está equivocado (lo siento va tocho esplicandolo

):
La AE es la autorización especial del artículo 107.C del reglamento de armas y no solo cubre avancarga y flobert si no tambien
antiguas e históricas. Y menciono a continaucion el texto integro del artículo poniendo en negrita aquello en lo que usted está equivocado.
Artículo 107.
El uso y tenencia de armas de las categorías 6 y 7.4, se acomodará a los siguientes requisitos:
a. ....
b. ....
c. Las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, y las de sistema Flobert, salvo en los casos de festejos tradicionales -en los que, previa autorización del Delegado o Subdelegado del Gobierno, se podrán utilizar en lugares públicos únicamente con pólvora-, se utilizarán exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos, controlados, para prácticas y competiciones, a cuyo efecto las armas largas y cortas de avancarga y las demás de la categoría 6.2, precisarán la posesión de un certificado de banco oficial de pruebas para cada arma y la obtención de autorización especial, que podrá amparar un número ilimitado de estas armas, en la forma prevenida en el artículo 101. Las de sistema Flobert podrán ser utilizadas también en la explotación de puestos de tiro al blanco, especialmente autorizados para estas armas.
Ahora viene la gran duda ¿que son armas antiguas?
El artículo 2 del reglemento de armas establece la siguente definición:
Arma antigua: Arma de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890.
Pro otro lado el artículo 3 del relgamento de armas mete las armas antiguas en la categoria 6.2:
Sexta categoría:
1. .....
2. Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones y réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito de la Guardia Civil.
Como puede comprobar son armas antiguas todas las armas cuyo nodelo sea anterior a 1890 esto incluye originales tanto de epoca como de fabricación actual y las reproducciones y replicas de los originales.
Incluso digo más las armas categoria 6.2 solo se pueden guiar en el libro, la AE o la F (en esta ultima solo las que cumplan los requisitos para armas de concurso). Por ejemplo un winchester 73 (o una reproducción o réplica de este) no se puede guiar en la D ya que no es categoria 2.2 igual que un Colt SAA no se puede guiar en la B (o en la A como B) por que no es categoría 1ª.
Saludos