AER licencia

Armas de avancarga: pura pólvora negra. Las grandes clásicas.
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juarez
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Re: AER licencia

Mensajepor juarez » 01 May 2019 05:59

famas1979 escribió:Así me lo hicieron ver a mi pero vamos, que no es tan descabellado. Cuando te sacas la F no te piden el armero, te lo piden cuando compras el arma y quieres guiarla. De esta forma, se supone que el armero ha de comprarse cuando estés en posesión del arma en cuestión por tanto, si es posible la posesión solo con el libro de coleccionista, no es necesario tener la AER para que te obliguen a tener armero.

Para pedir el libro es cierto que no me pidieron los papeles del armero, ni para solicitar la AER pero de todas formas para el tipo armas que ampara la AER el armero es obligatorio si o si, y en cuanto quieras guiar una con la AER o inscribirla en el libro te van a pedir la documentación del armero.


Las armas inscritas en el libro de colecionista no requieren armero y en el reglamento no se exige. Solo se requiere para la armas guiadas en la AER porque puedes comprar munición y dispararlas.
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Mensajepor Vega2017 » 03 May 2019 10:15

Buenas, soy Miguel.
Me gustaría sacarme la licencia AE para armas de avantcarga. Actualmente poseo la D y E.
Para poder solicitar está tengo q volver a iniciar trámites de certificado médico, etc?
Ya lo pasé el año pasado y todo en orden. La verdad es q no le encuentro mucho sentido teniendo armas actualmente y pasando sus revisiones.
Gracias.
Un saludo.

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Re: Licencia AE

Mensajepor Reincidente » 03 May 2019 10:29

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Re: AER licencia

Mensajepor famas1979 » 14 Jun 2019 20:02

Buenas otra vez. Acabo de recibir hoy la "Autorización de coleccionista de reproducciones o armas de fuego antiguas". Es un folio, no la típica tarjeta del permiso de armas. Dice que debe acompañar al libro de coleccionista. Esto es la AER o es solo para coleccionar armas?
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Re: AER licencia

Mensajepor Chinchu » 14 Jun 2019 20:40

famas1979 escribió:Buenas otra vez. Acabo de recibir hoy la "Autorización de coleccionista de reproducciones o armas de fuego antiguas". Es un folio, no la típica tarjeta del permiso de armas. Dice que debe acompañar al libro de coleccionista. Esto es la AER o es solo para coleccionar armas?


Hola,

Pues no puede estar más claro, tal y como lo has descrito, aunque el texto real es:

"Autorización de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas"


Luego, es una Autorización para Coleccionar, y debe ir siempre con el libro.

Yo la tengo grapada dentro.

Si quieres usarlas, tendrás que solicitar la autorización de uso, (sólo con pólvora negra), y es para lo que tendrías que solicitar la AER. Además de requisitos como tener armero homologado, pasar el exámen si no tienes licencia que lo acredite, etc.

CAPÍTULO III
Uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas
Artículo 7. Uso.


De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, el uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas está prohibido. Excepcionalmente, se podrán utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de autorización especial en la forma prevenida en el artículo 101 del Reglamento de Armas.

Artículo 8. Requisitos.

En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación:

a) Certificado de antecedentes penales en vigor.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, de la tarjeta de identidad de extranjero, que será cotejada con su original.

c) Informe de aptitudes psicofísicas.

Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:

a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.

b) Estar en posesión de los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo de dichas armas, mediante la superación de las pruebas teórico-prácticas de capacitación que se determinen por resolución del Director General de la Guardia Civil, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 98.2 del Reglamento de Armas.

c) Disponer de un carné de socio, licencia federativa o cualquier otro documento o medio acreditativo para el uso de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en un campo, galería o polígono de tiro.

Saludos,

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Re: AER licencia

Mensajepor famas1979 » 15 Jun 2019 00:07

Ok, la AER se solicitó a la vez que el libro así que no creo que tarde mucho más en venir. Tengo en una armería un uberti catleman pagado pero tengo entendido que para guiarlo tengo que esperar a que me llegue la AER porque si lo meto en el libro de coleccionista ya no puedo dispararle. Es así?
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Re: AER licencia

Mensajepor famas1979 » 02 Jul 2019 09:58

Bueno, pues actualizo para aquellos interesados:

Ya tengo el libro de coleccionista sellado y con su autorización pertinente dentro. Ahora bien, aunque en su día se solicitó directamente la AER, en mi IA solo me han tramitado el libro de coleccionista, lo cual es curioso porque tuve que firmar un documento donde me obligaba a comprar dos replicas en menos de un año y un armero clase III, lo cual para la obtención del libro no es necesario.

En fin, el caso es que ahora debo empezar de nuevo y entregar otra vez toda la documentación para que me expidan la AER (psicotecnico, tasas, licencias...)

Lo bueno es que ya puedo guiar mi uberti catleman y llevármelo a casa.
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Re: AER licencia

Mensajepor castor » 18 Jul 2019 14:28

Yo he comprado un revolver marca Aldo Uberti en calibre 45 colt, se puede disparar con polvora negra o con nitro, yo recargo con las dos.
Un saludo

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Re: AER licencia

Mensajepor Reincidente » 18 Jul 2019 15:12

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Re: AER licencia

Mensajepor wibols » 19 Jul 2019 10:20

castor escribió:Yo he comprado un revolver marca Aldo Uberti en calibre 45 colt, se puede disparar con polvora negra o con nitro, yo recargo con las dos.
Un saludo

bueno, es que una cosa es que "se pueda" y otra es que "estés autorizado"...
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Re: AER licencia

Mensajepor famas1979 » 23 Jul 2019 10:06

Me ha surgido una duda:

En las condiciones para tener la AER me especifican el adquirir dos réplicas en un año. Ya tengo el revolver de manera que me gustaría pillar un rifle al estilo del sprigfield trapdoor, pero la munición con pólvora negra sale a 120 euros 20 cartuchos así que me viene mejor guiarlo con la D. Con el cambio de legislación las armas detonadores han de ser registradas en el libro de coleccionista. ¿Me valdría una detonadora para cumplir con el cupo de las dos?
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Re: AER licencia

Mensajepor Chinchu » 23 Jul 2019 10:37

famas1979 escribió:Me ha surgido una duda:

En las condiciones para tener la AER me especifican el adquirir dos réplicas en un año. Ya tengo el revolver de manera que me gustaría pillar un rifle al estilo del sprigfield trapdoor, pero la munición con pólvora negra sale a 120 euros 20 cartuchos así que me viene mejor guiarlo con la D. Con el cambio de legislación las armas detonadores han de ser registradas en el libro de coleccionista. ¿Me valdría una detonadora para cumplir con el cupo de las dos?


Clamente no, la AER es una Autorización Especial de Coleccionista de Reproducciones o Réplicas de Armas de Fuego Antiguas, es decir, Armas de fuego que a su vez son Reproducciones o Réplicas de armas cuyo modelo o año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890, y un arma de fogueo no es un arma de fuego que cumpla esas características.

Sección 2. Definiciones

Artículo 2.

A los efectos del presente Reglamento, en relación con las armas y su munición, se entenderá por:

1. Arma de fuego: Toda arma portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible propulsor.


Si quieres tu Trapdoor no te va a quedar otra que recargar o guiarlo en D, como comentas.

Saludos,

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Re: AER licencia

Mensajepor Manueles » 24 Jul 2019 22:33

Muy instructivo.

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Re: AER licencia

Mensajepor famas1979 » 22 Oct 2019 10:38

Buenas de nuevo.

Pues después de tantos cabezazos y vaivenes por fin tengo mi licencia AER en mi tarjeta. Ahora me encuentro en el problema de comprar munición del 45lc con pólvora negra. Ya he localizado una armería que vende las Magtech pero el problema es que me piden la guía del arma para poder vendérmelas, y el revolver lo tengo inscrito en el libro de coleccionista de replicas, por lo que la armería dice que las armas registradas en tal libro no pueden ser disparadas y por tanto no me puede vender la munición.

La cosa es curiosa de co**nes porque para conceder la AER es condición indispensable el tener un arma de las que ampara registrada en el libro de coleccionista...

¿Que pensáis?
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Re: AER licencia

Mensajepor Burgaty » 22 Oct 2019 10:47

Buenas, te falta el tramite de guiar el revolver, se guian como replicas.
Vete a la IA con el libro y el revolver y di que lo quieres guiar. No te olvides de pagar la tasa.
Un saludo



famas1979 escribió:Buenas de nuevo.

Pues después de tantos cabezazos y vaivenes por fin tengo mi licencia AER en mi tarjeta. Ahora me encuentro en el problema de comprar munición del 45lc con pólvora negra. Ya he localizado una armería que vende las Magtech pero el problema es que me piden la guía del arma para poder vendérmelas, y el revolver lo tengo inscrito en el libro de coleccionista de replicas, por lo que la armería dice que las armas registradas en tal libro no pueden ser disparadas y por tanto no me puede vender la munición.

La cosa es curiosa de co**nes porque para conceder la AER es condición indispensable el tener un arma de las que ampara registrada en el libro de coleccionista...

¿Que pensáis?
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Re: AER licencia

Mensajepor famas1979 » 22 Oct 2019 10:52

Muchas gracias, todo claro.

Otro pasito mas...
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Re: AER licencia

Mensajepor fierabras » 22 Oct 2019 11:09

Es que estas armas tienen dos consideraciones:

- Solo tenencia de las mismas: libro de coleccionista y autorización de coleccionista de Réplicas. No se pueden usar.
- Tenencia y uso: hay que sacarlas del libro y guiarlas amparadas en la llamada AER.

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Re: AER licencia

Mensajepor manchego2010 » 22 Oct 2019 11:46

fierabras escribió:Es que estas armas tienen dos consideraciones:

- Solo tenencia de las mismas: libro de coleccionista y autorización de coleccionista de Réplicas. No se pueden usar.
- Tenencia y uso: hay que sacarlas del libro y guiarlas amparadas en la llamada AER.


Bueno, sobre eso hay dos opiniones:
Unos dicen que hay que sacarlas del libro y guiarlas amparadas en la AER.
Otros (entre los que me incluyo) que además de estar en el libro, hay que guiarlas en la AER.

Y digo esto porque la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, dice que:

Artículo 5. Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro de coleccionismo.
Una vez otorgada la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, las armas correspondientes se inscribirán en el libro-registro a que se refiere el artículo 3 por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente.

CAPÍTULO III
Uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas

Artículo 8. Requisitos.
En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación:
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
(...)
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.
(...)

Artículo 10. Revocación.
La vigencia de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarla en caso contrario, previa la instrucción del oportuno procedimiento administrativo.


Si la vigencia de la autorización está condicionada al mantenimiento de los requisitos y uno de ellos es que las armas esten inscritas en el libro, parece evidente que no se pueden sacar del libro, con lo que deberán guiarse, pero además, estar en el libro.


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