fierabras escribió:Como no lo retiren nos retiran a nosotros. A mi por lo menos. Yo no puedo ni quiero tener que comprarme una caja fuerte con nosecuantas homologaciones para guardar un revolver del siglo XIX que se carga con polvora negra ... ni hacer exámenes a estas alturas para sacarse un libro de coleccionista.
Disposición transitoria tercera. Tarjetas y autorizaciones.
1. No obstante lo prevenido en la disposición final segunda, las tarjetas de armas de alarma y
señales reguladas en las disposiciones aprobadas por este real decreto se expedirán a partir del 31 de
diciembre de 2019.
Los poseedores de pistolas y revólveres detonadores de conformidad con la Orden INT/1008/2017,
de 3 de julio, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las pistolas y los revólveres detonadores deberán
obtener la tarjeta de armas de alarma y señales en el plazo de un año a partir del 15 de mayo de 2020.
2. Los titulares de una autorización de coleccionista con anterioridad a la entrada en vigor de este
real decreto, deberán acreditar la posesión de las aptitudes psíquicas y físicas adecuadas de conformidad
con el artículo 107.4, cuando hayan transcurrido cinco o más años desde la obtención de la autorización.
3. Quedarán exentos de la realización de las pruebas de capacitación del artículo 107.6 para la
obtención de la autorización especial de uso de armas de colección, quienes posean o hayan poseído
licencia de armas A, D, E y F, así como la autorización especial de uso de armas para menores, autorización
especial de uso del artículo 107 y autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de
fuego antiguas.
Creo que teniendo la AE no haria falta.