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"Problema con la normativa"
Publicado: 03 Mar 2008 18:18
por Blackheaven
Buenos días,
Después de mirar la normativa vigente, quisiera que se me aclarara una duda que se me a generado. ¿Es posible cazar en España con armas de aire comprimido que superen los 24.2 J en boca con la licencia de armas de "clase E"?. Este apartado de caza menor así lo engloba. ¿Alguien lo a preguntado alguna ves?
RE: "Problema con la normativa"
Publicado: 03 Mar 2008 18:24
por max1440
segun lo que jo tengo entendio esta proibido cazar con aire comprimido...
pero lo que no se es si con la licencia E puedes, jo creo q no.
RE: "Problema con la normativa"
Publicado: 03 Mar 2008 18:26
por enriquemg74
Está prohibido cazar con armas de aire comprimido. Aunque sean de 200 julios y estén guiadas con licencia E. Lo mismo que con .22 lr, que están amparadas por las licencias E y, así mismo, están vetadas para el uso cinegético.
La prohibición se basa en su escasa potencia, que dejaría más piezas heridas que muertas. El calibre más pequeño usado en caza mayor puede ser el .222 Rem y tiene más de 1000 julios. El .357 Mag y el .44 mag también se pueden usar pero ambos pasan de los 600 julios en arma larga.
Es un criterio estúpido teniendo en cuenta que se puede cazar con arco legalmente. Es una caza que requiere proximidad al blanco, pero si estás cerca un .22 lr en la cabeza de un corzo, venado o jabalí es más letal.
Los que legislan no tienen ni idea. Se contradicen.