[citando a: Buen_tirador][citando a: Tony_Montana]
Efectivamente Juanjo, la licencia E es obligatoria para utilizar estas armas:
-Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.
Extraído del artículo "Armas urgentes: cómo conseguir la licencia E en apenas un mes" http://www.armas.es/articulos/articulo.php?COD=63
Un saludo.
Hombre podias haberlo extraido del vigente Reglamento de Armas en su articulo 3, Tercera categoria 3., y no darle tanto rango al articulo en cuestion.
Un saludo
También es verdad, pero es que justo hacía pocos minutos que acababa de leerlo.
Un saludo.