En Cantabria prohíben expresamente para la caza el calibre 22 de percusión anular y no dicen nada del 17HMR, pero ....
En el Anejo X de las Directrices Regionales de Caza (año 2003) dicen:
Anejo X. Métodos o medios prohibidos
Lazos. Todo tipo de métodos o medios que impliquen el
uso de la liga, como el arbolillo, las varetas, las rametas y el parany. Anzuelos. Reclamos de especies protegidas vivas o naturalizadas, de perdices hembras y de otros reclamos vivos, cegados o mutilados. Todo tipo de reclamos eléctricos
o mecánicos. Aparatos electrocutantes o paralizantes
.Faros, linternas y otros aparatos luminosos y visores que permitan el disparo nocturno, incluyendo los dispositivos para iluminar los blancos y los dispositivos de visor que incluyan un convertidor de imagen o un amplificador de imagen electrónico para tiro nocturno. Explosivos. Todo tipo de redes o de artefactos que requieran en su funcionamiento
el uso de mallas, como las redes abatibles, las
redes niebla o verticales y las redes de cañón. Todo tipo de trampas y cebos, incluyendo costillas, perchas o ballestas, fosos, nasas y alares. Todo tipo de cebos o sustancias venenosas, paralizantes, atrayentes o repelentes.
Proyectiles que inyecten sustancias paralizantes. Armas semiautomáticas cuyo cargador pueda contener más de dos cartuchos. Armas de aire comprimido, rifles del calibre 22 de percusión anular. Proyectiles de peso igual o superior
a 2,5 gramos (postas)
Perdigón para caza mayor (proyectiles de peso inferior a 2,5 gramos). Cañones pateros. Aves de cetrería sin el permiso de tenencia. Aviones o vehículos motorizados. Embarcaciones a motor como lugar desde donde realizar disparos.
03/1495
Por lo que yo no me fiaría mucho en ninguna Autonomía, puede que haya que leer entre líneas. De los 17 que tengo constancia ninguno llega a los 2 gramos.

Saludos.