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Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 09 Feb 2012 11:25
por glockera
Hola a todos!

Que es necesario, sí o sí, tener armero grado III para arma corta, lo tengo bastante claro, pero ¿dónde es necesario tenerlo?, ¿donde estás empadronado o donde resides? Puesto que si resides en un lugar diferente al que estás empadronado, sería más lógico tenerlo donde vives, ¿no?

Es más, rizando un poco más el rizo :mrgreen: y puesto que puede ser una opción, ¿podrías tener tu armero en una casa en la cuál ni residas (de un familiar o de un amigo) ni estés empadronado?

Quizás por poder, entiendo que se puedan hacer muchas cosas siempre dentro de un marco de seguridad, pero si hablamos de que esté dentro del marco de la legalidad, ahí me pierdo :shock:

Y por otro lado, tienes que tener el armero simplemente o hay que anclarlo, empotrarlo, cementarlo.... :? :?

Muchas gracias por la paciencia e interés al leer y contestar estas preguntas quizás básicas y seguro algo enrevesadas :D

Un saludo

Re: Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 09 Feb 2012 12:27
por puzzling
El armero hay que tenerlo anclado o empotrado en una pared interna del domicilio de empadronamiento y residencia. Nunca suelto o apoyado, por razones obvias de seguridad.

Pared interna, significa que ésta no debe de dar al exterior o ser común con otro domicilio vecinal.

Empadronamiento o residencia, se refiere a que debes de guiar el arma a tu nombre y en el domicilio real de residencia: El que indica tu padrón y DNI. Y allí debería estar ubicado el armero.

Si resides en un lugar distinto al indicado en el padrón y el DNI (dónde se debe de inscribir realmente el arma) tenemos un vacio legal que debería resolverte la I.A.

Saludos.

Re: Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 09 Feb 2012 19:05
por glockera
Muchas gracias por la respuesta Puzzling.
Un saludo

Re: Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 09 Feb 2012 21:19
por Charro308
puzzling escribió:El armero hay que tenerlo anclado o empotrado en una pared interna del domicilio de empadronamiento y residencia. Nunca suelto o apoyado, por razones obvias de seguridad.

Saludos.


¿Qué se hace en caso de vivir en una vivienda alquilada en la que te prohiben expresamente no hacer taladros ni en paredes ni suelo? (No vale decir "cambia de casa" :mrgreen: )

Re: Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 10 Feb 2012 01:30
por jrdc1
Buenas!

La semana pasada consulté lo de la residencia/empadronamiento en mi IA, y la respuesta fue de manual:

El RA dice que las armas se guardarán en el domicilio, y este es, a efectos legales, donde estés empadronado.

Que te empadronas donde no vives? Puedes tener problemas, pero al parecer no por las armas.

Charro308, he visto muchos contratos en los que se prohibe agujerear las paredes con baldosas, por la dificultad de reponer piezas si el nuevo inquilino desea hacer cambios, pero no poder taladrar paredes estándar... No te dejan poner un triste cuadro?

La solución es simple, pero cara: un armero de clase IV, de más de 200 kg, y a ver quien es el guapo que se la carga en la espalda.

Saludos

Re: Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 15 Feb 2012 19:23
por Sentencias
jrdc1 escribió:La solución es simple, pero cara: un armero de clase IV, de más de 200 kg, y a ver quien es el guapo que se la carga en la espalda.

Saludos



Si, éste. :mrgreen:

Re: Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 17 Feb 2012 13:41
por puzzling
Charro308 escribió:¿Qué se hace en caso de vivir en una vivienda alquilada en la que te prohiben expresamente no hacer taladros ni en paredes ni suelo? (No vale decir "cambia de casa" :mrgreen: )


¿Vale decir... "pos te hodes" :mrgreen: ?

Re: Ayuda sobre ubicación de armero

Publicado: 17 Feb 2012 17:45
por Wilcow
Sentencias escribió:
jrdc1 escribió:La solución es simple, pero cara: un armero de clase IV, de más de 200 kg, y a ver quien es el guapo que se la carga en la espalda.

Saludos



Si, éste. :mrgreen:



Hombre, guapos lo que se dice guapos.... :roll: :mrgreen: :mrgreen: