Punzonados de Alemania Ayuda
Publicado: 15 Jul 2011 21:50
He solicitado un consentimiento previo para traer de Alemania un mosin nagant 1891/30, y me han contesta todo esto:
1.- Categoría reglamentaria del arma
2.- Declarar el sistema de disparo
3.- Fusil mosin nagant: No consta esta marca de fábrica. Deberá declarar con todo detalle cual es la marca del fabricante que debe aparecer reseñana en el cajón de mecanismos del arma (Art. 29 R.A.)
4.- Deberá declara el modelo comercial del arma, que permita su exacta idenficación.
5.- Deberá declarar si el arma dispone de punzonado reglamentario de un Banco Oficial de Pruebas español o reconocido por España (Convenio C.I.P., 01/07/1969)
6.- Deberá declarar cualquier otra característica que pueda modificar su clasificación reglamentaria (bayoneta adaptada, culata plegable o eliminabel, cargador separable, etc.)
Si alguien le ha pasado lo mismo y me puede echar una mano sobre el tema, estaría muy agradecido. Aún así por los marcajes del arma de la cual adjunto una foto, me parece que fue remarcado en Alemania posteriormente a 1969, por lo que con eso supongo que debería bastar para su entrada en nuestro país sin ningún tipo de problema. De todas formas si alguien tiene información sobre los marcajes correspondientes a este arma (todos), estaría muy agradecido por vuestras respuestas, pues como ya se ha comentado en este foro quieren eliminar que podamos importar armas facilmente de paises de la CEE.
Lo dicho, cualquier información que pudierais aportar sobre este tema para la posible importación de este mosin me sería de mucha ayuda, teniendo en cuenta que he recibido hoy el certificado y solo tengo 10 días para contestar.
Daros las gracias anticipadas por vuestra ayuda y un saludo a todos los foreros.
1.- Categoría reglamentaria del arma
2.- Declarar el sistema de disparo
3.- Fusil mosin nagant: No consta esta marca de fábrica. Deberá declarar con todo detalle cual es la marca del fabricante que debe aparecer reseñana en el cajón de mecanismos del arma (Art. 29 R.A.)
4.- Deberá declara el modelo comercial del arma, que permita su exacta idenficación.
5.- Deberá declarar si el arma dispone de punzonado reglamentario de un Banco Oficial de Pruebas español o reconocido por España (Convenio C.I.P., 01/07/1969)
6.- Deberá declarar cualquier otra característica que pueda modificar su clasificación reglamentaria (bayoneta adaptada, culata plegable o eliminabel, cargador separable, etc.)
Si alguien le ha pasado lo mismo y me puede echar una mano sobre el tema, estaría muy agradecido. Aún así por los marcajes del arma de la cual adjunto una foto, me parece que fue remarcado en Alemania posteriormente a 1969, por lo que con eso supongo que debería bastar para su entrada en nuestro país sin ningún tipo de problema. De todas formas si alguien tiene información sobre los marcajes correspondientes a este arma (todos), estaría muy agradecido por vuestras respuestas, pues como ya se ha comentado en este foro quieren eliminar que podamos importar armas facilmente de paises de la CEE.
Lo dicho, cualquier información que pudierais aportar sobre este tema para la posible importación de este mosin me sería de mucha ayuda, teniendo en cuenta que he recibido hoy el certificado y solo tengo 10 días para contestar.
Daros las gracias anticipadas por vuestra ayuda y un saludo a todos los foreros.