abranchadell escribió:xesus60 escribió:COLECCIONISMO
Me he perdido, lo siento. ¿podría alguien contestarme a etas dos preguntas?
1ª.- ¿Afecta en algo esta nueva normativa a las armas originales anteriores a 1890?
2ª- Lo mismo con respecto a las armas inutilizadas que tenemos en casa de pisapapeles con su correspondiente certificado nominativo.
Muchas gracias.
Jesús Madriñán
En nada Jesús, puedes estar tranquilo, lo que ya tienes sigue igual. Lo único es que puede que tengas que visar tu autorización de coleccionista cada 5 años y guardar las armas bajo llave obligatoriamente, pero aún no está claro si se aplicará sólo a los titulares de nuevas autorizaciones, o a todos. Tiempo por venir...
Las autorizaciones actuales no caducan, luego no hay que renovarlas. A partir de la entrada en vigor en noviembre del texto, las autorizaciones que se concedan nuevas serán con vigencia de 5 años y a renovar como las licencias de tiro. Lo de guardar bajo llave afecta a todos y hay 1 año para cumplirlo. El que tenga armero, resuelto, el que no, imagino grado I o similar, que puede ser una habitación con cerradura, vitrina de seguridad, mientras esté bajo llave y no de acceso directo. Del resto nada, armas en uso pre -1890 y posteriores, de Libro a Libro como hasta ahora. Inutilizadas por lo visto hay que volver a remarcar piezas fundamentales en la transmisión. Cargadores alta capacidad los coleccionistas sin problema.