carses escribió:Tambien puede ser, que lo que ha querido decir, es que solo puede comprar 100 cartuchos al dia.
El nuevo reglamento de explosivos y pirotecnia, dice que solo se pueden comprar 100 cartuchos al dia, indepedientemente del cupo que tengas y el tipo de licencia.
Un saludo
Hola, según el nuevo Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, en su artículo núm. 136 dice:
"CAPÍTULO IV
Venta y puesta a disposición del público de cartuchería
Artículo 136. Adquisición de cartuchería.
1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta inmediata de la compra a la Intervención de Armas y Explosivos territorial.
En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.
2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, y efectuando las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150...."
Yo entiendo que con arma larga rayada tope anual 1000 cartuchos, en depósito 200 (siendo este el máximo de cartuchos que puedes comprar de una vez).-
Con arma corta el tope anual 100, en depósito 150). El número máximo de cartuchos que puedes comprar de una vez es de 100.-
Un saludo y corregidme si me equivoco.-