Armas y Patrimonio
Publicado: 22 Jul 2010 16:09
Voy a hacer una reflexión y espero que me deis vuestra opinión al respecto.
Ante todo decir que yo no soy abogado, por lo que mis conocimiento de derecho son bastante escasos, alcanzan, eso si, a saber que una ley de rango superior prevalece sobre una de rango inferior, creo que eso no tiene discusión, al menos así me lo han explicado personas con más conocimiento legales que yo.
Dando por cierta esta afirmación, me pregunto, ¿Cómo una ley de rango inferior, como puede ser el anunciado nuevo reglamento de armas. Que se completará con una orden ministerial relativa a las armas inutilizadas y de colección,, puede prevalecer sobre una de rango superior, como es la ley de patrimonio histórico artístico.
Y vamos a lo que me ocupa. Está claro que las armas son armas, y por tanto, operadas inadecuadamente, capaces de provocar lesiones incompatibles con la vida, pero también lo es un martillo, una botella de coca cola (vale no las de plástico actuales), o un Ford T (ya sabéis, el primer coche fabricado en cadena de montaje) y otros muchos objetos.
Que tienen en común las armas, con todos esos objetos salidos de las fábricas de finales del siglo XIX y la primera parte del siglo XX, que son las fechas que nos atañen a nosotros:
Si, la respuesta que la mayoría de ellos son objetos industriales, todos ellos con su originalidad y con su belleza intrínseca. La mayoría de los museos y de los anticuarios están llenos de esos objetos industriales, muchos de los cuales son objeto de veneración por los coleccionistas
Volvamos al ejemplo del Ford T, a nadie se le ocurriría que como se trata de un objeto industrial capaz de provocar la muerte de alguien atropellándolo, entonces, para poder tenerlo, hay que ponerle ruedas cuadradas y agujerear sus cilindros para que pierda compresión y no pueda arrancar.
Y en cuanto a su valor artístico, por ejemplo, a nadie se le ocurriría decir que un determinado grabado de Dali, de Picaso o de Miró, solo tiene valor por el hecho de ser el numero 1 de la serie o por haber pertenecido al Zar de todas las Rusias, y que como los demás no han tenido esa suerte hay que destruirlos
Da igual que en el mercado existan 100 o 100.000, no por haber más tienen menor valor artístico, si a caso, el mayor número afecta a que tengan menor valor económico, pero sólo eso.
Bien, pues eso es lo que está sucediendo con las armas de colección, Cuando tienes suerte, algunos modelos y en algunas intervenciones, puedes incluirlos en el libros de coleccionista y así evitar su mutilación, pero en la mayoría de los casos, esta última es inevitable, incluso tratándose de modelos que ya gozan de una protección especial. Me explico
El propio Ministerio de Cultura, tiene una base de datos en las que se recogen los bienes muebles considerados como objeto histórico artístico, y que como tal deben ser objeto de una protección especial
Al margen de las armas de avancarga, ya sean de chispa o percusión, existen un gran número de armas modernas que forman parte de ese patrimonio histórico y que están incluidas en la base de datos de bienes muebles del ministerio de cultura. Sirva de ejemplo los siguientes:
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 400 calibre 9 largo, nº de serie: 67008
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00004
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 300 calibre 9 corto, nº de serie: 518326
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00006
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Star Sindicalista, calibre 9 corto, nº de serie: 92798
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00007
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola Star modelo policía, calibre 9 corto, nº de serie: 01930
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00008
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Llama modelo III, calibre 9 corto, nº de serie: 6943
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00009
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Ruby, calibre 45, nº de serie: 117
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00001
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Llama modelo IIIA, calibre 9 corto, nº de serie: 872569
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00010
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Elizalde (ametralladora), calibre 9 corto, nº de serie: 405
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00011
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Star modolo 1, calibre 9 corto, nº de serie: 174792
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00012
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 400 (re) calibre 9 largo, nº de serie: 3061
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00005
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Bergman-Bayard, calibre 9 largo, nº de serie: 2143
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00002
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Compo-Giro, calibre 9 largo, nº de serie: 5078
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00003
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 300, calibre 7,65, nº de serie: 515518
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00013
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Plus-Ultra, calibre 7,76, nº de serie: 34412
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00014
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Walman, calibre 7,65, nº de serie: 23131
Arizmendi y Goenaga
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00015
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Búfalo, calibre 7,65, nº de serie: 13413
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00016
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra 900, calibre 7, 63, nº de serie: 27896
Unceta y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00017
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Regina, calibre 7,65, nº de serie: sin nº
Tipo Eibar
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00018
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Star Sindicalista, calibre 7,65, nº de serie: 58003
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00019
Comunidad de Madrid
Pistola
Subfusil ametrallador, marca Star, modelo RV 34, calibre 9
Eibar
Código: A-I-M - 08 - 0000005 - 00002
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola, marca Victoria, calibre 765, nº de serie: 74172
Código: A-I-M - 08 - 0000005 - 00001
Comunidad de Madrid
Revólver
Revólver modelo Garate y Anitua, calibre 44, nº de serie: 654648
Fábrica Smith & Wesson (copia de)
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00020
Comunidad de Madrid
Revólver
Revólver modelo Smith y Wesson, calibre 44, nº de serie: sin nº
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00021
Comunidad de Madrid
Revólver
Revólver modelo tipo Colt-Pilice, calibre 38 p, nº de serie: 101222
Cooperativa Alfa
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00022
Comunidad de Madrid
Podéis encontrar esta información en:
http://www.mcu.es/bienes/cargarFiltroBienesMuebles.do?layout=bienesMuebles&cache=init&language=es
Bien, entonces yo me pregunto por qué las autoridades nos ordenan destruir buena parte de ese patrimonio histórico artístico.
¿Están en su derecho a hacerlo yendo así en contra de una ley como la de patrimonio? Y al hacerlo ¿Incurren en algún tipo de delito? Es claro que la destrucción de patrimonio es un delito, y si no subíos a una de las fuentes de Madrid o de cualquier otra ciudad y liaros a martillazos con ella, ya veréis lo que sucede, desde luego la multa va a ser descomunal (y con razón).
Creo que los objetos industriales, objeto de coleccionismo, deben recibir el mismo tratamiento, ya sean armas o no.
Estoy de acuerdo en que cuando se trata de armas, siempre es algo más delicado, pero ello no justifica su mutilación o destrucción, en todo caso, únicamente una reglamentación algo más cuidadosa y tal vez un mayor control de sus poseedores (tal y como sucede con las armas amparadas bajo licencia)
Creo que en lo referente al coleccionismo, es imprescindible una reglamentación clara y que no sea objeto de interpretación por las distintas intervenciones. Si hay que ser restrictivos, seámoslo en cuanto a las personas, no en cuanto a las armas, estableciendo las condiciones que debe cumplir el coleccionista, al igual que se establecen las que debe cumplir todo aquel que aspira a que se le conceda una licencia de armas. Es evidente que no pueden ser las mismas en ambos casos, que es una cuestión delicada y que debe ser ampliamente debatida, en cuyo debate deben intervenir, no solamente profesionales de la seguridad, sino también juristas, expertos en patrimonio, conservadores de museos, etc.
Y no solamente debe establecerse las condiciones a cumplir por el coleccionista, sino también un amplio listado de fabricantes, modelos y características de las armas que deben ser objeto de protección. Durante años, tuvimos la suerte de tener uno de los conjuntos de fabricantes de armas más numeroso de todo el mundo asentados en el norte, sobre todo en Eibar, por desgracia, el afán destructor de las autoridades ha provocado que muchos de ellos sean sólo un recuerdo o una línea que aparece en los libros, sus productos se han perdido para siempre, y de muchos de ellos tan sólo subsiste alguna fotografía o algún dibujo.
Soy consciente, en cuanto el listado de armas a proteger, que es algo muy difícil, y sobre lo que habrá numerosas opiniones: que si anteriores a 1874, que si anteriores a 1900, pero creo que aquí también puede ayudarnos lo que sucede con otro tipo de objetos industriales, y el mercado dicta que suelen apreciarse todos aquellos diseños que cuenten con más de cincuenta años. Las armas no son una excepción y ello puede comprobarse en el listado que ponía antes de armas recogidas en la base de datos de objetos muebles del Ministerio de Cultura.
Bueno creo que me he extendido bastante
¿Y vosotros qué opináis?
Gracias por todo y perdonad el rollo.
Ante todo decir que yo no soy abogado, por lo que mis conocimiento de derecho son bastante escasos, alcanzan, eso si, a saber que una ley de rango superior prevalece sobre una de rango inferior, creo que eso no tiene discusión, al menos así me lo han explicado personas con más conocimiento legales que yo.
Dando por cierta esta afirmación, me pregunto, ¿Cómo una ley de rango inferior, como puede ser el anunciado nuevo reglamento de armas. Que se completará con una orden ministerial relativa a las armas inutilizadas y de colección,, puede prevalecer sobre una de rango superior, como es la ley de patrimonio histórico artístico.
Y vamos a lo que me ocupa. Está claro que las armas son armas, y por tanto, operadas inadecuadamente, capaces de provocar lesiones incompatibles con la vida, pero también lo es un martillo, una botella de coca cola (vale no las de plástico actuales), o un Ford T (ya sabéis, el primer coche fabricado en cadena de montaje) y otros muchos objetos.
Que tienen en común las armas, con todos esos objetos salidos de las fábricas de finales del siglo XIX y la primera parte del siglo XX, que son las fechas que nos atañen a nosotros:
Si, la respuesta que la mayoría de ellos son objetos industriales, todos ellos con su originalidad y con su belleza intrínseca. La mayoría de los museos y de los anticuarios están llenos de esos objetos industriales, muchos de los cuales son objeto de veneración por los coleccionistas
Volvamos al ejemplo del Ford T, a nadie se le ocurriría que como se trata de un objeto industrial capaz de provocar la muerte de alguien atropellándolo, entonces, para poder tenerlo, hay que ponerle ruedas cuadradas y agujerear sus cilindros para que pierda compresión y no pueda arrancar.
Y en cuanto a su valor artístico, por ejemplo, a nadie se le ocurriría decir que un determinado grabado de Dali, de Picaso o de Miró, solo tiene valor por el hecho de ser el numero 1 de la serie o por haber pertenecido al Zar de todas las Rusias, y que como los demás no han tenido esa suerte hay que destruirlos
Da igual que en el mercado existan 100 o 100.000, no por haber más tienen menor valor artístico, si a caso, el mayor número afecta a que tengan menor valor económico, pero sólo eso.
Bien, pues eso es lo que está sucediendo con las armas de colección, Cuando tienes suerte, algunos modelos y en algunas intervenciones, puedes incluirlos en el libros de coleccionista y así evitar su mutilación, pero en la mayoría de los casos, esta última es inevitable, incluso tratándose de modelos que ya gozan de una protección especial. Me explico
El propio Ministerio de Cultura, tiene una base de datos en las que se recogen los bienes muebles considerados como objeto histórico artístico, y que como tal deben ser objeto de una protección especial
Al margen de las armas de avancarga, ya sean de chispa o percusión, existen un gran número de armas modernas que forman parte de ese patrimonio histórico y que están incluidas en la base de datos de bienes muebles del ministerio de cultura. Sirva de ejemplo los siguientes:
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 400 calibre 9 largo, nº de serie: 67008
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00004
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 300 calibre 9 corto, nº de serie: 518326
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00006
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Star Sindicalista, calibre 9 corto, nº de serie: 92798
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00007
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola Star modelo policía, calibre 9 corto, nº de serie: 01930
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00008
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Llama modelo III, calibre 9 corto, nº de serie: 6943
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00009
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Ruby, calibre 45, nº de serie: 117
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00001
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Llama modelo IIIA, calibre 9 corto, nº de serie: 872569
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00010
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Elizalde (ametralladora), calibre 9 corto, nº de serie: 405
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00011
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Star modolo 1, calibre 9 corto, nº de serie: 174792
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00012
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 400 (re) calibre 9 largo, nº de serie: 3061
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00005
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Bergman-Bayard, calibre 9 largo, nº de serie: 2143
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00002
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Compo-Giro, calibre 9 largo, nº de serie: 5078
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00003
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra modelo 300, calibre 7,65, nº de serie: 515518
Esperanza y Unceta
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00013
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Plus-Ultra, calibre 7,76, nº de serie: 34412
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00014
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Walman, calibre 7,65, nº de serie: 23131
Arizmendi y Goenaga
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00015
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Búfalo, calibre 7,65, nº de serie: 13413
Gabilondo y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00016
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Astra 900, calibre 7, 63, nº de serie: 27896
Unceta y Cía.
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00017
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Regina, calibre 7,65, nº de serie: sin nº
Tipo Eibar
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00018
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola modelo Star Sindicalista, calibre 7,65, nº de serie: 58003
Echevarría, Bonifacio
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00019
Comunidad de Madrid
Pistola
Subfusil ametrallador, marca Star, modelo RV 34, calibre 9
Eibar
Código: A-I-M - 08 - 0000005 - 00002
Comunidad de Madrid
Pistola
Pistola, marca Victoria, calibre 765, nº de serie: 74172
Código: A-I-M - 08 - 0000005 - 00001
Comunidad de Madrid
Revólver
Revólver modelo Garate y Anitua, calibre 44, nº de serie: 654648
Fábrica Smith & Wesson (copia de)
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00020
Comunidad de Madrid
Revólver
Revólver modelo Smith y Wesson, calibre 44, nº de serie: sin nº
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00021
Comunidad de Madrid
Revólver
Revólver modelo tipo Colt-Pilice, calibre 38 p, nº de serie: 101222
Cooperativa Alfa
Código: A-I-M - 09 - 0000219 - 00022
Comunidad de Madrid
Podéis encontrar esta información en:
http://www.mcu.es/bienes/cargarFiltroBienesMuebles.do?layout=bienesMuebles&cache=init&language=es
Bien, entonces yo me pregunto por qué las autoridades nos ordenan destruir buena parte de ese patrimonio histórico artístico.
¿Están en su derecho a hacerlo yendo así en contra de una ley como la de patrimonio? Y al hacerlo ¿Incurren en algún tipo de delito? Es claro que la destrucción de patrimonio es un delito, y si no subíos a una de las fuentes de Madrid o de cualquier otra ciudad y liaros a martillazos con ella, ya veréis lo que sucede, desde luego la multa va a ser descomunal (y con razón).
Creo que los objetos industriales, objeto de coleccionismo, deben recibir el mismo tratamiento, ya sean armas o no.
Estoy de acuerdo en que cuando se trata de armas, siempre es algo más delicado, pero ello no justifica su mutilación o destrucción, en todo caso, únicamente una reglamentación algo más cuidadosa y tal vez un mayor control de sus poseedores (tal y como sucede con las armas amparadas bajo licencia)
Creo que en lo referente al coleccionismo, es imprescindible una reglamentación clara y que no sea objeto de interpretación por las distintas intervenciones. Si hay que ser restrictivos, seámoslo en cuanto a las personas, no en cuanto a las armas, estableciendo las condiciones que debe cumplir el coleccionista, al igual que se establecen las que debe cumplir todo aquel que aspira a que se le conceda una licencia de armas. Es evidente que no pueden ser las mismas en ambos casos, que es una cuestión delicada y que debe ser ampliamente debatida, en cuyo debate deben intervenir, no solamente profesionales de la seguridad, sino también juristas, expertos en patrimonio, conservadores de museos, etc.
Y no solamente debe establecerse las condiciones a cumplir por el coleccionista, sino también un amplio listado de fabricantes, modelos y características de las armas que deben ser objeto de protección. Durante años, tuvimos la suerte de tener uno de los conjuntos de fabricantes de armas más numeroso de todo el mundo asentados en el norte, sobre todo en Eibar, por desgracia, el afán destructor de las autoridades ha provocado que muchos de ellos sean sólo un recuerdo o una línea que aparece en los libros, sus productos se han perdido para siempre, y de muchos de ellos tan sólo subsiste alguna fotografía o algún dibujo.
Soy consciente, en cuanto el listado de armas a proteger, que es algo muy difícil, y sobre lo que habrá numerosas opiniones: que si anteriores a 1874, que si anteriores a 1900, pero creo que aquí también puede ayudarnos lo que sucede con otro tipo de objetos industriales, y el mercado dicta que suelen apreciarse todos aquellos diseños que cuenten con más de cincuenta años. Las armas no son una excepción y ello puede comprobarse en el listado que ponía antes de armas recogidas en la base de datos de objetos muebles del Ministerio de Cultura.
Bueno creo que me he extendido bastante
¿Y vosotros qué opináis?
Gracias por todo y perdonad el rollo.