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Publicado: 20 Jun 2010 21:32
Aparte de las armas, mi problema es el traslado de los elementos de recarga, máxime cuando ha de ser por avión...
Y digo traslado, porque me planteo para unos meses o pocos años, no trasladar elementos de recarga y adquirir original... pero me encontraré el problema al empadronarse que es obligado llevarte todo detrás, ¿no?.
Aparte de la solución obvia (preguntar en Intervención origen/destino), si alguien lo ha realizado me gustaría me comentara si se puede enviar y como tanto elementos de recarga legalizados (prensa) como los sujetos a restricciones por R. Explosivos (pólvora y vainas con pistón y pistones y ¿MUNICIÓN?), estos por no "tirarlos" o consumirlos innecesariamente.
Entiendo que los "inertes" o no sujetos a documentación/restricción (die's, accesorios, puntas...) se envían como el resto de bártulos de la mudanza, sin más (corregidme en otro caso).
Gracias por la ayuda y un saludo.
Y digo traslado, porque me planteo para unos meses o pocos años, no trasladar elementos de recarga y adquirir original... pero me encontraré el problema al empadronarse que es obligado llevarte todo detrás, ¿no?.
Aparte de la solución obvia (preguntar en Intervención origen/destino), si alguien lo ha realizado me gustaría me comentara si se puede enviar y como tanto elementos de recarga legalizados (prensa) como los sujetos a restricciones por R. Explosivos (pólvora y vainas con pistón y pistones y ¿MUNICIÓN?), estos por no "tirarlos" o consumirlos innecesariamente.
Entiendo que los "inertes" o no sujetos a documentación/restricción (die's, accesorios, puntas...) se envían como el resto de bártulos de la mudanza, sin más (corregidme en otro caso).
Gracias por la ayuda y un saludo.