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PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 15 May 2010 22:27
por CaballeroDiez
Buenas. Mi pregunta es si aquellos militares que posean la licencia A de tiro pueden portar un arma de fuego corta por la calle, no estando de servicio obviamente. Quiero recordar que los guardias civiles también son militares. Gracias por adelantado.

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 16 May 2010 14:51
por marroyol
Y esta es la cuarta vez que lo preguntas

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 16 May 2010 15:28
por Oscar1975
Marroyol parece una famosa paseándose por todos los platos de los programas de corazón jejeje. Si por mucho que lo preguntes como no tengas el empleo de cabo 1º especialista de la Armada o a partir de sargento, no puedes tener ni portar un arma corta. Bueni si tienes la B si y si tienes la F la puedes llevar en su maletín desde tu casa al club de tiro y viceversa. Pero creo que no vas a poder llevar una pistola para defensa personal, preguntes las veces que preguntes.

Oscar.

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 16 May 2010 15:45
por pablo1984
Este post parece que está en fuego automatico, me meta donde me meta del foro veo el dichoso post.

Si, puedes llevar el arma donde quieras.

PD: La guardia civil es un instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministerio del interior y del ministerio de defensa. Y durante el estado de sitio o en tiempo de guerra dependiente solamente del ministerio de defensa, eso solo como apunte!! suerte!!

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 16 May 2010 22:40
por Oscar1975
pablo1984 escribió:PD: La guardia civil es un instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministerio del interior y del ministerio de defensa. Y durante el estado de sitio o en tiempo de guerra dependiente solamente del ministerio de defensa, eso solo como apunte!! suerte!!


Eso me lo sé pablo, que es de la ley org 2/86 jeje, hala a estudiar.

Oscar.

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 16 May 2010 22:43
por pablo1984
Oscar1975 escribió:
pablo1984 escribió:PD: La guardia civil es un instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministerio del interior y del ministerio de defensa. Y durante el estado de sitio o en tiempo de guerra dependiente solamente del ministerio de defensa, eso solo como apunte!! suerte!!


Eso me lo sé pablo, que es de la ley org 2/86 jeje, hala a estudiar.

Oscar.

2/1986 de 13 marzo LOFCS lo he leido y reeleido y releido tantas veces que lo recito como el padre nuestro.

ale ahora el CNP.

El CNP es un instituto armado de naturaleza civil, dependiente unicamente del ministerio del interior.

Venga un poquito mas el CNP nace de la union del cuerpo superior de policia y de la policia nacional. si es que me lanzo me lanzo... :mrgreen: :mrgreen:

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 16 May 2010 22:47
por CaballeroDiez
Pido disculpas a marroyol y a todo el que le moleste que haya puesto este tema varias veces. Mi intención tan sólo era que me respondiera gente distinta que suela acceder con frecuencia a determinadas secciones y por ello esté especializada en este tema. Un saludo y gracias por vuestras respuestas.

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 16 May 2010 22:50
por pablo1984
Aqui casi siempre somos los mismos, como experiencia te diré que si lo pones varias veces te los borraran y la gente no te contestara, pues solemos estar siempre por casi todos los subforos, saludos

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Publicado: 19 May 2010 21:29
por marroyol
CaballeroDiez escribió:Pido disculpas a marroyol y a todo el que le moleste que haya puesto este tema varias veces. Mi intención tan sólo era que me respondiera gente distinta que suela acceder con frecuencia a determinadas secciones y por ello esté especializada en este tema. Un saludo y gracias por vuestras respuestas.

No me molesta, pero da la impresión de que no te fías de lo que te hemos contestado