REINO DE TAIFAS
Publicado: 20 May 2009 18:41
Parece que al ser la interpretacion del Interventor de Armas la que debe de prevalecer en la interpretacion del Reglamento de Armas y en todo lo relacionado con las armas en este pais, puede que en esta cuestion el Estado se haya convertido en un Reino de Taifas.
Una nueva armeria, se ha sumado al suministro de propelentes para la recarga de cartucheria metalica.
Es normal, que al ser una actividad nueva, el armero se deba de asesorar sobre los procemimientos de venta tanto de polvora como de fulminates.
Yo no llevo mucho tiempo en el tema de la recarga de cartucheria metalica. Otros compañeros llevaran años y años y tal vez esto que voy a exponer les parezca insignificante en relacion con otras controversias que se hayan producido tiempos atras.
La cuestion es la siguiente:
A este armero, o a esta tienda.
El interventor de armas, le dice que para la venta de fulminantes, estos tienen que anotarse en la guia del arma y por lo tanto vender solamente 100 al año, si es arma corta. O mil al año si es arma larga.
Igual que si fueran cartuchos terminados. Y por supuesto, si compras el fulminante, no compras la bala.
O bien, solicitar la AUTORIZACION DE AUMENTO DE CUPO, y como el maximo que te autorizan son 5.000 cartuchos de grueso calibre (que son los que se pueden recargar) te anotan la venta de los fulminantes en dicha autorizacion y lo mismo. Si compras 5.000 fulminantes al año, te olvidas de comprar las 5.000 balas.
Que te parece?
Desde luego, coordinacion. Si que hay.
Si con tu AUTORIZACION DE RECARGA DE CARTUCHERIA METALICA, puedes comprar 1Kg de polvora/dia
1Kg= 1.000 gramos=15.433 grains
15.433 grains / 5 grains = 3.086 cargas de 5 grains
Para recargar con un kilo de polvora, municion de arma corta que lleve una carga de 5 grains (el 32 lleva 1 grains) necesitas 3.086 fulminantes.
Si segun la interpretacion de esta Intervencion de Armas, solamente puedes comprar 5.000 fulminantes, maximo al año.
Porque permitir que puedas comprar al año 365 kilos de polvora (teoricamente) 1 Kg al dia, si no puedes comprar los fulminantes correspondientes para dicha polvora.
La vida, espero que eso suceda solamente en la mente de este Interventor de Armas y no en sus superiores en la Intervencion Central de Armas y Explosivos.
Un saludo al foro.
Una nueva armeria, se ha sumado al suministro de propelentes para la recarga de cartucheria metalica.
Es normal, que al ser una actividad nueva, el armero se deba de asesorar sobre los procemimientos de venta tanto de polvora como de fulminates.
Yo no llevo mucho tiempo en el tema de la recarga de cartucheria metalica. Otros compañeros llevaran años y años y tal vez esto que voy a exponer les parezca insignificante en relacion con otras controversias que se hayan producido tiempos atras.
La cuestion es la siguiente:
A este armero, o a esta tienda.
El interventor de armas, le dice que para la venta de fulminantes, estos tienen que anotarse en la guia del arma y por lo tanto vender solamente 100 al año, si es arma corta. O mil al año si es arma larga.
Igual que si fueran cartuchos terminados. Y por supuesto, si compras el fulminante, no compras la bala.
O bien, solicitar la AUTORIZACION DE AUMENTO DE CUPO, y como el maximo que te autorizan son 5.000 cartuchos de grueso calibre (que son los que se pueden recargar) te anotan la venta de los fulminantes en dicha autorizacion y lo mismo. Si compras 5.000 fulminantes al año, te olvidas de comprar las 5.000 balas.
Que te parece?
Desde luego, coordinacion. Si que hay.
Si con tu AUTORIZACION DE RECARGA DE CARTUCHERIA METALICA, puedes comprar 1Kg de polvora/dia
1Kg= 1.000 gramos=15.433 grains
15.433 grains / 5 grains = 3.086 cargas de 5 grains
Para recargar con un kilo de polvora, municion de arma corta que lleve una carga de 5 grains (el 32 lleva 1 grains) necesitas 3.086 fulminantes.
Si segun la interpretacion de esta Intervencion de Armas, solamente puedes comprar 5.000 fulminantes, maximo al año.
Porque permitir que puedas comprar al año 365 kilos de polvora (teoricamente) 1 Kg al dia, si no puedes comprar los fulminantes correspondientes para dicha polvora.
La vida, espero que eso suceda solamente en la mente de este Interventor de Armas y no en sus superiores en la Intervencion Central de Armas y Explosivos.
Un saludo al foro.