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Armas permitidas acorde al tipo de licencia

Publicado: 03 Dic 2008 22:56
por Aldoloz
Buen día!
Dudas acerca de las licencias (permisos) "F" y "E".
He oído que la diferencia estriba sólo en el número de armas que puedes tener. Es cierto?
Una licencia "F" permite poseer solo una carabina o una pistola? Cierto o falso?
En caso postivo para el arma larga: pueden ser solo de cal .22 o pueden ser de cualquier calibre (.223.,243.,300, .308 )
En el caso positivo para la pistola: puede ser ésta de cualquier calibre?
Puede solicitarse un licencia "E" inmediatamente después de recibir la "F" o se necesita esperar algún tiempo?
Gracias por vuestra atención

RE: Armas permitidas acorde al tipo de licencia

Publicado: 04 Dic 2008 06:43
por cienfu
[citando a: Aldoloz]
Buen día!
Dudas acerca de las licencias (permisos) "F" y "E".
He oído que la diferencia estriba sólo en el número de armas que puedes tener. Es cierto?
Una licencia "F" permite poseer solo una carabina o una pistola? Cierto o falso?
En caso postivo para el arma larga: pueden ser solo de cal .22 o pueden ser de cualquier calibre (.223.,243.,300, .308 )
En el caso positivo para la pistola: puede ser ésta de cualquier calibre?
Puede solicitarse un licencia "E" inmediatamente después de recibir la "F" o se necesita esperar algún tiempo?
Gracias por vuestra atención


Efectivamente con la 3 categoría sólo puedes tener un arma (corta o larga). No tiene por qué ser del 22. Creo recordar que para arma larga el límite son 8 mm. de calibre, o sea que los calibres que pones ahí serían válidos en principio. Otra cosa es que puedas competir con ellos en tu club.

La licencia E la puedes solicitar al mismo tiempo que solicitas la F al adjuntar tu licencia federativa. Está muy bien si quieres tirar (y a veces romper.. jeje) algunos platillos en el campo de tiro al plato de tu ciudad como es mi caso. :-)

RE: Armas permitidas acorde al tipo de licencia

Publicado: 04 Dic 2008 08:13
por Edu60
Cuidado con los calibres mencionados.

El 223 esta prohibido en España para civiles, pues se considera munición de guerra, puedes guiar el 222.

El 308 (7,62 x 51 NATO) esta prohibido en armas semiautomáticas, es guiable en armas de repetición (cerrojo, palanca, trombon, monotiro.....etc). Pudes guiar el 307.

Las licencias F y E son independientes, puedes tener las dos o las cuatro E, D, F y AE solicitandolas en tu IA.

RE: Armas permitidas acorde al tipo de licencia

Publicado: 04 Dic 2008 08:22
por cienfu
[citando a: Edu60]
Cuidado con los calibres mencionados.

El 223 esta prohibido en España para civiles, pues se considera munición de guerra, puedes guiar el 222.

El 308 (7,62 x 51 NATO) esta prohibido en armas semiautomáticas, es guiable en armas de repetición (cerrojo, palanca, trombon, monotiro.....etc). Pudes guiar el 307.

Las licencias F y E son independientes, puedes tener las dos o las cuatro E, D, F y AE solicitandolas en tu IA.


Muchas gracias por tu puntualización Edu. Se me ha pasado poner lo de los calibres militares. A estas horas uno está un poco sopa todavía.

Saludos

RE: Armas permitidas acorde al tipo de licencia

Publicado: 08 Dic 2008 17:12
por Aldoloz
Gracis, Edu60 y Cienfu. Un saludo:)