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Licencia tipo A

Publicado: 17 Sep 2008 19:30
por tremendo
Hola compañeros,
tengo una duda y quisiera saber cuantas armas puedes poseer con la licencia tipo A?
Muchas gracias por las respuestas de antemano.

RE: Licencia tipo A

Publicado: 17 Sep 2008 19:35
por aquaesextae
Si hablamos de armas cortas son dos. La reglamentaria y la particular que se puede comprar el funcionario.

Pero el número de armas cortas se puede incrementar cuando se asciende en el escalafón.

La "A" también ampara armas largas, pero ahora no recuerdo cuántas.

Un saludo.

RE: Licencia tipo A

Publicado: 17 Sep 2008 19:36
por Pedernal
[citando a: tremendo]
Hola compañeros,
tengo una duda y quisiera saber cuantas armas puedes poseer con la licencia tipo A?
Muchas gracias por las respuestas de antemano.


Hola, normalmente pones lo quieres saber en el buscador y te salen un montón de respuestas.

Mirate esto:
http://armas.es/foro/foro.php?TEMA=59&MEN=176243

RE: Licencia tipo A

Publicado: 17 Sep 2008 19:40
por aquaesextae
[citando a: Pedernal]
[citando a: tremendo]
Hola compañeros,
tengo una duda y quisiera saber cuantas armas puedes poseer con la licencia tipo A?
Muchas gracias por las respuestas de antemano.


Hola, normalmente pones lo quieres saber en el buscador y te salen un montón de respuestas.

Mirate esto:
http://armas.es/foro/foro.php?TEMA=59&MEN=176243


Gracias por el enlace Pedernal. Queda todo dicho.;)

RE: Licencia tipo A

Publicado: 17 Sep 2008 19:45
por tremendo
Muchas gracias ya he aclarado mis dudas.:plas:plas

RE: Licencia tipo A

Publicado: 17 Sep 2008 21:47
por Ernesto_P_Vera
Depende del cuerpo y empleo que se obstente. En PL y Cuerpos Autonómicos solo se puede tener una particular, tengas el empleo que tengas. Pero reglamentarias podrás tener tantas cuantas te guien. Conozco agentes de PL con tres armas oficiales asignadas, una para cuando está de escolta, otra para servicio uniformado y otra para competir en representación del cuerpo.

El reglamento solo hace referencia al número de armas particulares pero NO de dotación.

En las FYCS del Estado, o sea CNP y GC, pueden tener 3 particulares, creo que entodos los empleos, pero eso no lo puedo confirmar. En las FAS creo que es igual, pero para mandos (se Sgto. hacia arriba) y además en la Marina también ciertos Cabos 1º de una determinada escala.

RE: Licencia tipo A

Publicado: 18 Sep 2008 00:32
por Aceribero
Licencia A: sirve para armas de la 1ª, 2ª y 3ª categorias, B,D y E para particulares, ademas ampara armas de concurso, como la F, e historicas, como la AE.
La 2º y 3º cat son igual para todos los titulares de licencia A, ilimitado de la 2ª (armas largas rayadas dev fuego central y cartucheria metalica, rifles y carabinas), de la 3.1 y 3.2 seis de cada una( seis carabinas 22 lr o 22 mag y seis escopetas).
De la 1º categoria:
3 armas: Oficiales, suboficiales de las FAS y GC así como asimilados, Inspectores y subinspectores del Cuerpo de Policia Nacional.
1 arma. Cabos 1ºs veteranos de la armada, Guardias de la escala de cabos y guardias de la G.C., funcionarios de la policia nacional, policias locales y autonomicos de cualquier empleo y miembros del servicio de vigilancia aduanera.
Esto es lo escueto, luego hay casos particulares.

RE: Licencia tipo A

Publicado: 18 Sep 2008 10:26
por pacopi
Puntualizar que en el caso de la GC, los Guardias con Consideración de Suboficial tambien pueden poseer TRES armas cortas, aparte de la de dotación oficial.
Un saludo