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Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:01
por PanzerSS
He visto un reportajes de los taser y en definitiva decian que en España son ilegales para los civiles,pero mirar esta pagina que me encontrado venden todo tipo de taser a cualquier persona.

www.andorravision.com/index.php?act=viewCat&catId=53

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:11
por fran_cm88
logico esa pagina es de andorra

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:17
por PanzerSS
[citando a: fran_cm88]
logico esa pagina es de andorra

Ya pero tu crees q te lo mandarian pa España sabiendo que aqui son ilegales

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:21
por Cansino
Sigo sin ver ningun Taser, ¿donde estan?

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:31
por PanzerSS
[citando a: Cansino]
Sigo sin ver ningun Taser, ¿donde estan?

Dale a la seccion defensas en el menu de la izquierda,no son de la marca taser,ni son pistolas electricas,son porras electricas y el tipico q da corriente de hasta 1.000.000V.
saludos

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:37
por waltherfer
En España son ilegales para civilies, no le des más vueltas.

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:42
por aquaesextae
[citando a: PanzerSS]
He visto un reportajes de los taser y en definitiva decian que en España son ilegales para los civiles,pero mirar esta pagina que me encontrado venden todo tipo de taser a cualquier persona.

www.andorravision.com/index.php?act=viewCat&catId=53


Como bien dice waltherfer, no le des más vueltas. El uso de estas armas no letales es exclusivo de las FCSE, y aún con eso no está permitido su uso por éstas en el 99% de los casos.

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 15:43
por aquaesextae
Se me olvidaba. Mírate este enlace aténtamente:

http://www.armas.es/guias/leyes_normativa.php?SCAT=6&t=Armas_Prohibidas

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 16:40
por PanzerSS
Ok era solo simple curiosidad

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 18:15
por fran_cm88
[citando a: PanzerSS]
[citando a: fran_cm88]
logico esa pagina es de andorra

Ya pero tu crees q te lo mandarian pa España sabiendo que aqui son ilegales


claro que te lo mandandan igual que si lo compras webs de francia o alemania, ahora el lio en el que te metes como te pillen es chico......

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 19:02
por CHRISTOPHE
lo siento mucho señores pero

aqui esta totalmente prohibido la

venta de taser al publico:-)

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 07 Jul 2008 19:08
por CHRISTOPHE
[citando a: CHRISTOPHE]
lo siento mucho señores pero

aqui esta totalmente prohibido la

venta de taser al publico:-)


vale.. lo que vez en esta pagina

son matracas electricas, esto si que es libre

pero el taser esta prohibido

un saludo

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 03 Ago 2008 22:59
por pacopi
[citando a: CHRISTOPHE]
[citando a: CHRISTOPHE]
lo siento mucho señores pero

aqui esta totalmente prohibido la

venta de taser al publico:-)


vale.. lo que vez en esta pagina

son matracas electricas, esto si que es libre

pero el taser esta prohibido

un saludo




en que parte del reglamento de armas dice que las porras electricas (matracas) son legales en españa?

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 04 Ago 2008 18:25
por Oscar1975
Los artículos 4 y 5 del vigente R.A, para los olvidadizos jejeje:

Artículo 4.

1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:

Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo.

Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.

Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.

Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.

Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.

Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.

Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.

Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.

2. No se considerará prohibida la tenencia de las armas relacionadas en el presente artículo por los museos, coleccionistas u organismos a que se refiere el artículo 107, con los requisitos y condiciones determinados en él.

Artículo 5.

1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:

Las armas semiautomáticas de las categorías 2.2 y 3.2, cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea plegable o eliminable.

Los sprays de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancialmente estupefacientes, tóxicas o corrosivas.

De lo dispuesto en el presente apartado se exceptúan los sprays de defensa personal que, en virtud de la correspondiente aprobación del Ministerio de Sanidad y Consumo, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, se consideren permitidos, en cuyo caso podrán venderse en las armerías a personas que acrediten su mayoría de edad mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte, autorización o tarjeta de residencia.

Las defensas eléctricas, de goma, tonfas o similares.

Los silenciadores aplicables a armas de fuego.

La cartuchería con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los proyectiles correspondientes.

Las municiones para pistolas y revólveres con proyectiles dum-dum o de punta hueca, así como los propios proyectiles.

Las armas de fuego largas de cañones recortados.

2. Queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo, con arreglo a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 107 de este Reglamento, de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego.

Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Dirección General de la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior.

3. Queda prohibido el uso por particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Su venta requerirá la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos.

También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.

No se considerarán comprendidas en las prohibiciones anteriores, la fabricación y comercialización con intervención de la Guardia Civil, en la forma prevenida en los artículos 12.2 y 106 de este Reglamento, la compraventa y la tenencia exclusivamente en el propio domicilio, con fines de ornato y coleccionismo, de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros.



Oscar.

RE: Taser ¿legales o ilegales?para civiles

Publicado: 04 Ago 2008 19:59
por CHRISTOPHE
[citando a: pacopi]
[citando a: CHRISTOPHE]
[citando a: CHRISTOPHE]
lo siento mucho señores pero

aqui esta totalmente prohibido la

venta de taser al publico:-)


vale.. lo que vez en esta pagina

son matracas electricas, esto si que es libre

pero el taser esta prohibido

un saludo




en que parte del reglamento de armas dice que las porras electricas (matracas) son legales en españa?


es que no vivo en españa

vuelve a leer el post desde principio;)